Cómo funcionará: el Gobierno prorrogó hasta noviembre el fondo que financiará las indemnizaciones laborales
El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) debía comenzar a regir este mes, pero el Ejecutivo postergó su puesta en marcha por seis meses
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El Gobierno oficialmente prorrogó la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) hasta comienzos de noviembre. Se trata de uno de los capítulos más ambiciosos de la reforma laboral aprobada en el Congreso, ya que las empresas tendrán que aportar obligatoriamente a este instrumento que estará destinado a financiar las indemnizaciones de los trabajadores.
Originalmente, estaba previsto que estos Fondos empezaran a regir a partir de este 1° de junio, pero a través del Decreto 408/2026 el Poder Ejecutivo decidió aplazar la fecha de inicio otros seis meses. De esta manera, los empleadores, las entidades financieras y las sociedades de bolsa tendrán tiempo para adecuar sus sistemas a este nuevo mecanismo.
En los próximos 45 días hábiles, la Comisión Nacional de Valores, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Secretaría de Finanzas deberán dictar la normativa complementaria.
Estos fondos serán inembargables y los deberán conformar los empleadores con un aporte obligatorio y mensual, que será del 1% para las grandes compañías y del 2,5% para las pequeñas y medianas empresas (pymes), calculado sobre las cargas sociales. Los fondos serán administrados por un banco o una ALyC a elección del empleador, pero los recursos acumulados no podrán usarse para otra cosa que cubrir obligaciones en caso de despido.

En la letra chica del decreto, se detalló que el funcionamiento del FAL se hará a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la CNV, señalando específicamente a los fondos comunes de inversión y a los fideicomisos financieros como los únicos instrumentos válidos para garantizar la separación de los patrimonios. De esta manera, los recursos destinados a futuras indemnizaciones quedarán separados del patrimonio de las empresas y administrados bajo reglas específicas.
Entre sus características, los Fondos de Asistencia Laboral podrán invertir únicamente en activos con riesgo argentino, con el objetivo de “promover la inversión productiva local”. Sin embargo, todavía falta por definirse sus proporciones, y si estarán conformados por inversiones en colocaciones a plazo, bonos soberanos, corporativos locales u otras alternativas, detalles que dará a conocer la CNV con el correr de las semanas.
“Estos Fondos de Asistencia Laboral generarían más de US$2000 millones de nuevo ahorro por año, destinados a afrontar indemnizaciones por despido, mediante una reducción de contribuciones patronales", dimensionaron desde Max Capital.
Además, el decreto establece que las cuentas utilizadas exclusivamente para estos fondos estarán exentas del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios, más conocido como impuesto al cheque. También gozarán de ese beneficio las operaciones vinculadas con la suscripción y rescate de cuotapartes de los fondos comunes de inversión y de los fideicomisos financieros utilizados para instrumentar el sistema. En cuanto a comisiones, se estableció un tope del 1% que será de carácter global e integral.

El objetivo del Gobierno es dar previsibilidad tanto a las empresas como a los trabajadores. A diferencia del esquema tradicional, donde el empleador tenía que hacer frente a un pago directo y muchas veces abultado en el momento en que se desvinculaba un empleado, ahora contarán con una suerte de “ahorro” previamente constituido. No se tratará de un costo laboral adicional, porque el aporte se compensará directamente con una reducción equivalente en las contribuciones patronales destinadas a la Anses. En cambio, el costo fiscal sí lo sentirá el Estado.
En ese engranaje de recaudación y distribución, ARCA tendrá el control y será la encargada de integrar ese aporte mensual directo dentro del esquema de Contribución Unificada de la Seguridad Social (CUSS). Para eso, las empresas deberán tramitar un identificador único denominado “ID FAL” ante la entidad financiera elegida y declararlo ante el fisco, para que este derive las contribuciones correspondientes.
En caso de que una empresa no informe un código válido al momento de liquidar sus cargas sociales, el organismo recaudador retendrá los fondos de manera transitoria. Si la situación se prolonga durante más de un mes, la CNV podrá asignar de oficio un fondo de inversión para evitar que queden fondos sin destino.
“Por primera vez, los recursos destinados a futuras indemnizaciones pueden transformarse en capital invertido, permitiendo una administración más eficiente del pasivo laboral y, al mismo tiempo, impulsando el desarrollo del mercado de capitales local. Es una herramienta que aporta previsibilidad, mejora la planificación financiera y genera nuevas oportunidades de inversión productiva”, afirmó Alexis Billone, CEO de IEB Fondos.
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