
Cómo impacta en las jubilaciones la decisión que se tome sobre el salario mínimo
Por el retraso que sufre el ingreso laboral de referencia, desde mayo de 2024 no se activa la garantía de un ingreso previsional no menor al 82% del SMVM para quienes no tuvieron moratoria; qué pasaría en diferentes escenarios con la cláusula aprobada por la ley “de las 14 toneladas de piedras”
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El retraso que, frente al costo de vida, tiene el monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) provoca que se mantenga dormida una cláusula legal que, en caso de activarse, mejoraría en algo los ingresos de un grupo no menor de jubilados y pensionados del régimen previsional de la Anses. Es un elemento no menor que observa el Gobierno de Javier Milei, que quiere mantener el equilibrio fiscal.
Por la vigencia de la ley 27.426, aprobada en 2017, quienes obtuvieron su prestación sin haber recurrido a una moratoria (es decir, habiendo acumulado durante la vida laboral los aportes exigidos por el sistema) acceden a una garantía que indica que su haber mensual no puede ser inferior al 82% del salario mínimo del período.
La última vez que se pagó un suplemento para cumplir con esa garantía fue por los haberes correspondientes a mayo de 2024. Es decir, la cláusula está inactiva desde hace 27 meses. Y la razón es que el importe del haber básico -que se actualiza cada mes por inflación- es mayor a la cifra equivalente al 82% del sueldo mínimo. Este mes, de hecho, el ingreso básico jubilatorio, de $419.775,93 sin contar el bono de $70.000, equivale al 111% del SMVM, establecido en solo $376.600.
La cláusula del 82% se activaría en septiembre si el salario mínimo superara, aproximadamente, los $525.00O; con esa cifra, el piso de las jubilaciones sería de $430.500. En ese mes, los haberes pagados por la Anses tendrán un reajuste de 2,11% y el mínimo será de $428.633,20. Concretamente, son alrededor de medio millón de prestaciones las de hasta $430.000 que se obtuvieron sin moratoria, según estimaciones basadas en los datos de junio, publicados por la Subsecretaría de Seguridad Social. El número de personas es inferior al de las prestaciones, porque hay quienes cobran dos beneficios.
El efecto, claro, sería muy significativo si se accediera al pedido de las centrales sindicales, que en la reunión que, sin resultados, mantuvo hoy el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil, pidieron ubicar el ingreso de referencia en un monto superior a los $900.000. Si en septiembre el importe fuera de esa cifra, la garantía para las jubilaciones sería de $738.000, y habría alrededor de 1,4 millones de jubilaciones y pensiones alcanzadas por el suplemento.

El adicional que el Estado debe pagar cada vez que se activa la cláusula no es de igual monto para todos los alcanzados. La cifra sí es la misma para las prestaciones equivalentes al haber mínimo. En los demás casos, equivale a lo que haga falta para completar el monto garantizado.
Con la propuesta que llevó al Consejo la representación empresaria, de 1,8% para septiembre y de 1,7% para octubre, la garantía seguiría sin activarse, porque el SMVM seguiría por debajo, no solo del 82%, sino también del 100% de ese ingreso laboral de referencia.
Resolución
Ante la falta de un acuerdo entre las partes, ahora la Secretaría de Trabajo resolverá con un laudo y dispondrá los montos y sus meses de vigencia mediante una resolución. La última norma que hubo fue en diciembre de 2025 y estableció los valores hasta el mes actual, también por un laudo.
Aquella decisión, formalizada por la resolución 9 del citado Consejo, provocó un retraso en el valor del SMVM. La norma dispuso los valores para el período extendido entre noviembre de 2025 y agosto de 2026. Previamente, en agosto, septiembre y octubre de 2025, el SMVM había sido de $322.000. Y en el mes actual, según lo dispuesto por la citada norma, es de $376.600. Así, la suba nominal en todo el período fue de 17%. En ese lapso, la inflación fue de alrededor de 33,5% (31,4% hasta julio, según el Indec, índice al que se le acumula el dato de agosto, estimado por economistas en alrededor de 1,6%).
Siguiendo la inflación del período, el SMVM debería estar este mes en alrededor de $430.000, un 14% más alto que el vigente. Una cifra, de todas maneras, demasiado escasa frente a los indicadores de precios. Según el Indec, en julio pasado el valor de una canasta básica total para un hogar con dos adultos y dos niños fue de $1.564.716 (es el dato que marca el umbral para ser considerado estadísticamente en la pobreza); en tanto, la canasta básica alimentaria se ubicó en $708.016 en igual período y para un hogar así conformado (el monto indica el umbral para ser considerado en situación de indigencia).
Última activación
La última vez que estuvo activa la garantía del 82% para las jubilaciones, se hicieron dos pagos de manera retroactiva. Con los haberes de junio de 2024, se liquidaron los suplementos correspondientes a los ingresos de abril y mayo. Eso fue así porque el aumento del salario mínimo para el cuarto y el quinto mes de aquel año había sido dispuesto de manera tardía.
El plus por la garantía de la ley 27.426 es independiente del correspondiente al pago del bono de hasta $70.000 y, a diferencia de lo que ocurre con ese refuerzo, para definir en qué casos corresponde, se considera el monto de cada haber en particular, y no el importe total cobrado por persona. Es decir, si alguien tiene jubilación y pensión y alguna de esas prestaciones o las dos cumplen con las condiciones para recibir el suplemento, el Estado lo debe abonar.
Como existe la condición de no haber accedido a la prestación mediante una moratoria por aportes no hechos en su momento, la enorme mayoría de quienes cobran el haber mínimo está excluida.
La ley que estableció la garantía del 82% respecto del SMVM fue impulsada por el gobierno de Mauricio Macri. Y es la que se debatió bajo una lluvia de “14 toneladas de piedras” y violentas protestas en la Plaza de los Dos Congresos.
En 2010, el Poder Legislativo había aprobado una norma similar, para garantizar que los haberes no fueran inferiores al 82% del salario mínimo. Pero la entonces presidenta Cristina Kirchner la vetó inmediatamente y la llamó “ley de quiebra”. “Está claro que lo que se intenta es desfinanciar al Estado”, había sentenciado.
Ahora, durante la gestión mileísta, el retraso del valor del salario mínimo frente a la inflación y también al reajuste mensual de las jubilaciones -que, sin contar el bono, fue superior, hace que la cláusula permanezca dormida.


