La telefonía celular dejará de pagar impuestos internos desde abril
Las empresas del sector confirmaron que el recargo desaparecerá en las facturas tras la promulgación de la ley de modernización laboral y su capítulo tributario
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Promulgada la ley de Modernización Laboral, a partir del próximo 1° de abril, comenzarán a regir ciertos cambios impositivos que aliviarán la carga fiscal de las empresas y las personas. Entre otras modificaciones, el texto establece que distintos bienes y servicios dejarán de estar alcanzados por impuestos internos, entre ellos, los servicios de telefonía celular.
Consultadas por LA NACION, las empresas del sector confirmaron que el recargo desaparecerá de las facturas que abonan los usuarios a partir del mes que viene.
“La ley de Modernización Laboral, en su artículo 195, Título XXV (‘Reducción de la carga tributaria’), Capítulo I (‘Impuestos selectivos al consumo’), deja sin efecto, a partir del próximo 1° de abril, el impuesto interno previsto en la Ley 24.674 aplicable a los servicios de telefonía celular. En virtud de esta disposición, el tributo dejará de aplicarse a los servicios de telefonía móvil alcanzados”, señalaron fuentes de Claro.
En Personal indicaron que, conforme a lo dispuesto por la Ley 27.802, la compañía está implementando las adecuaciones necesarias para dejar sin efecto el impuesto interno. En Movistar —que fue adquirida por Telecom, aunque continúa siendo administrada de forma separada de la marca Personal— señalaron en el mismo sentido que realizarán las adecuaciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido por la Ley.
Sin embargo, desde el sector advirtieron que el impacto en las facturas será acotado, ya que el tributo solo se aplicaba sobre llamadas y mensajes de texto (SMS) y no sobre el consumo de internet. Por ejemplo, en una factura por $90.000, los impuestos internos representan apenas $6.
Durante 2025, el rubro comunicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) -que incluye los gastos de los hogares en servicios de telefonía fija y móvil, así como los servicios de conexión a internet- registró una variación del 35%, frente al 31,5% del nivel general. En 2024, la diferencia fue mayor: comunicación subió 186,4% contra un 117,8% del índice general.
Cabe recordar que los valores de la telefonía celular, al igual que otros servicios TIC, sufrieron atrasos durante la gestión del expresidente Alberto Fernández, cuando el DNU 690/2020 estableció un esquema de control de precios para el sector por parte del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom). Ese decreto fue derogado en abril de 2024 mediante el DNU 302/2024.
Otras modificaciones impositivas
Uno de los cambios más relevantes figura en el artículo 190 de la norma. Allí se establece que los quebrantos generados en los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025 podrán actualizarse según la variación del IPC nivel general.
Además, la ley dispone que, para los ejercicios fiscales que se inicien desde el 1° de enero de 2026, quedarán exentos del impuesto a las ganancias los plazos fijos en moneda extranjera constituidos por personas humanas. Hasta ahora, el beneficio alcanzaba a los depósitos a plazo fijo en pesos.
También se prevé que, desde esa misma fecha, las ganancias derivadas del alquiler de inmuebles destinados a casa-habitación quedarán exentas.

Asimismo, se eximirá del impuesto a las ganancias el resultado proveniente de la enajenación de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre ellos cuando la operación se concrete a partir del 1° de enero de 2026.
Por último, otra modificación establece que, para los ejercicios iniciados desde 2026, los establecimientos de invernada podrán optar por el mismo criterio de valuación de existencias que actualmente rige para los de cría, que hasta ahora contaban con un tratamiento más favorable.
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