Las pasantías son una buena opción
Juan carlos Cerutti y Gustavo Unamuno Para LA NACION
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Muchas veces escuchamos que en nuestro país no existen formas para tener empleados en blanco, no se puede trabajar, los costos son altísimos, no hay personal calificado, etcétera.
En general estimamos que esto se debe a que no hay un buen asesoramiento integral en Derecho del Trabajo, ya que existen muchas formas de contratación que se adecuan a cada necesidad, pudiendo usar formas como el contrato a tiempo parcial, por temporada, eventual, de jornada reducida, etcétera.
Asimismo, y algo que es fundamental para formar profesionales y técnicos especializados es el uso correcto de las pasantías, siendo una excelente herramienta, pero que ha sido desdibujada por su mal uso, poniéndose en duda su funcionamiento.
Actualmente, la ley 26.427 es la que rige los contratos de pasantías educativas y marca ciertos objetivos primordiales, como la valoración del trabajo dignificador para la vida, realizar prácticas complementarias a su formación académica, incorporar saberes, habilidades y actitudes, que los pasantes adquieran conocimientos que contribuyan a mejorar sus posibilidades de inserción en el ámbito laboral y el manejo de tecnologías vigentes, entre otros.
Como vemos, los objetivos son más que loables y ciertamente se puede llegar a ellos, adecuando correctamente los contratos de los pasantes.
Hay que tener en cuenta que estos contratos pueden ser efectuados con personas mayores de 18 años que se encuentren cursando desde la secundaria hasta la universidad.
Las pasantías no generan relación de empleo alguna, pero no pueden ser usadas para cubrir vacantes o crear nuevos empleos ni para reemplazar a personal de las empresas ya que esto desnaturaliza la pretensión del legislador y los derechos de los trabajadores en relación de dependencia.
Derechos y obligaciones
El plazo de contratación no puede ser menor a dos meses y tiene un máximo de 12 meses, renovables por seis meses más como máximo. La carga horaria no puede ser mayor de 20 horas semanales, no pudiendo el pasante hacer horas extra de ninguna naturaleza.
El pago debe ser proporcional al salario del convenio colectivo aplicable y para el caso de que no lo hubiera, se tomará como base el salario mínimo vital y móvil en su parte proporcional (20 horas semanales).
Los pasantes gozan de ART y obra social. Para finalizar, creemos que las pasantías son un elemento fundamental del entrenamiento de nuevos profesionales y técnicos. En términos futbolísticos son el "semillero" de la creación de nuevos empleados calificados.
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