Reducen el plazo de cobro de los pequeños comercios por sus ventas con tarjetas de crédito
El BCRA dispuso que, desde julio, deberán percibir lo facturado por esas ventas a los ocho días hábiles de concretadas, contra los 18 días de la actualidad
El Banco Central (BCRA) segmentó los plazos de cobro que los bancos aplican a los comercios por las ventas concretadas con tarjetas de crédito para asegurar que a los micro y pequeños comercios se les acrediten antes. Es decir, pasarán a tener un “privilegio” de cobro de las ventas que realicen con este tipo de tarjetas.
La decisión, adoptada hoy por el directorio de la entidad y que entrará en vigencia al iniciarse el próximo mes, reduce a ocho días hábiles el tiempo que debe transcurrir entre el gasto en los comercio y el cobro por parte del vendedor en el caso de una transacción facturada por un comercio “micro o pequeños”, según la definición de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, es decir que facturen en el año hasta $57 o 352 millones, respectivamente.
El pago por parte de los usuarios de tarjetas de crédito se hace en promedio a los 18 días hábiles en la actualidad. Por esa razón, ese fue el plazo en que se hacía efectivo la cancelación de los bancos a los comercios por dichos consumos.
“Es un esquema neutral respecto al descalce de plazos entre el momento de pago del usuario y la recepción por el comercio. Con la nueva disposición, los micro y pequeños comercios percibirán el cobro de las ventas efectuadas con tarjeta de crédito a los ocho días hábiles de concretadas, plazo que se extiende a 10 días hábiles en el caso de las empresas catalogadas como medianas y se oficializa en 18 días hábiles para las grandes”, explica el comunicado mediante el que el BCRA difundió su decisión.
La medida beneficia también a las empresas de salud, gastronómicas y hoteleras que, por sus volúmenes, se encuadren dentro de lo que la normativa define como micro o pequeña empresa. Y estipula que el plazo es de 10 días hábiles para el resto.
Según los topes de facturación que definió en abril la Secretaría Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, que depende del Ministerio de Desarrollo Productivo, al realizar la última actualización, se considera pyme comercial mediana a los comercios que facturen hasta $2588 millones al año, y “mediana 2″ a los que lo superen pero sin llegar a rebasar los $3698,27 millones.
El BCRA explicó que la medida apunta a dar “mayor fluidez al sistema de pagos” y se complementa con el límite de la tasa de interés que los bancos pueden aplicar a los usuarios que optan por financiar el pago se sus consumos.