Resolución. El Banco Central levantó el cepo para empresas de asistencia al viajero
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El Banco Central (BCRA) modificó la norma original que estableció el cepo cambiario el 1 de septiembre pasado y levantó ayer las restricciones para que las empresas dedicadas a la asistencia de viajeros en el exterior puedan transferir los dólares necesarios para afrontar los eventuales problemas que tengan sus clientes.
Mediante la comunicación "A" 6829, el BCRA señaló que "lo establecido en el punto 14 de la Comunicación "A" 6770 y complementarias no resulta de aplicación a las transferencias que realicen las empresas de asistencia al viajero por los pagos de siniestros de cobertura de salud originados en servicios prestados en el exterior por terceros a sus clientes residentes".
Se trata de una adecuación de lo establecido en el punto 14 del texto con el que el Banco Central estableció el cepo cambiario el 1 de septiembre pasado, tras la corrida cambiara y bancaria generada el 12 de agosto, luego de las elecciones primarias.

En ese punto, la resolución establecía "el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios para el pago de servicios con empresas vinculadas del exterior, excepto para las emisoras de tarjetas por los giros por turismo y viajes".
Ahora el Banco Central comunicó a las entidades financieras y operadoras de cambio que las restricciones establecidas no resultan de aplicación a las transferencias que realicen las empresas de asistencia al viajero. Pero, según detalla la norma, la entidad interviniente deberá contar con la documentación que le permita verificar la genuinidad del monto transferido.
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