Servicio doméstico: este es el sueldo de los supervisores en julio 2025
A la espera de nuevas negociaciones paritarias, los salarios de junio sirven como base para el cálculo de los sueldos de julio; los montos por hora y mensuales para la categoría de supervisores
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El sector del servicio doméstico aguarda novedades con respecto a las negociaciones paritarias. Mientras tanto, los salarios de junio sirven como referencia para calcular los ingresos de julio. Dentro de este esquema, la categoría de supervisores reviste particular interés, dado que implica la mayor responsabilidad dentro del ámbito del servicio doméstico.
¿Cuál es el sueldo de un supervisor en julio de 2025?
De acuerdo con la resolución 1/2025 del Gobierno, que establece los montos mínimos para cada categoría, los supervisores, encargados de coordinar y controlar las tareas en hogares particulares y con personal a su cargo, perciben los siguientes montos:
- Por hora con retiro: $3454.
- Por hora sin retiro: $3783.
- Mensual con retiro: $430.878.
- Mensual sin retiro: $479.950.
Es importante destacar que estos valores son los mínimos establecidos y corresponden al mes de junio, como base hasta que se acuerde una nueva actualización salarial.
¿Cómo se calcula el salario de los supervisores?
Los valores por hora ($3454 con retiro y $3783 sin retiro) se aplican a aquellos supervisores que trabajan menos de 24 horas semanales para un mismo empleador.
Los montos mensuales ($430.878 con retiro y $479.950 sin retiro) corresponden a empleados que trabajan 24 horas o más por semana para el mismo empleador, bajo el régimen de la ley N.º 26.844. El pago debe ser proporcional a las horas trabajadas.
Además del salario, el empleador debe abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

¿Cómo se calculan las vacaciones en el servicio doméstico?
El período de descanso se otorga entre el 1° de noviembre y el 30 de marzo de cada año, y su duración depende de la antigüedad del trabajador:
- Menos de 6 meses: 1 día de descanso por cada 20 días trabajados.
- De 6 meses a 5 años: 14 días.
- De 5 a 10 años: 21 días.
- De 10 a 20 años: 28 días.
- Más de 20 años: 35 días.
Para empleados con reciente incorporación, existe un esquema proporcional de días de descanso según las horas trabajadas.
- Entre 4 y 7 semanas de trabajo: 1 día de vacaciones
- Entre 8 y 11 semanas: 2 días de vacaciones
- Entre 12 y 15 semanas: 3 días de vacaciones
- Entre 16 y 19 semanas: 4 días de vacaciones
- Más de 20 semanas: 5 días de vacaciones
¿Qué son las zonas desfavorables y cómo impactan en el salario?
La ley contempla un pago adicional del 30% sobre los salarios mínimos para aquellos empleados que trabajen en “zonas desfavorables”. Estas zonas incluyen:
- La Pampa
- Río Negro
- Chubut
- Neuquén
- Santa Cruz
- Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires
¿Cómo registrar a un empleado de casas particulares en ARCA?

Todos los empleadores, sin importar la cantidad de horas trabajadas o la modalidad de contratación, deben inscribir a sus empleados en el registro de ARCA. El trámite se realiza de forma virtual de la siguiente forma:
- Ingresar en la web de ARCA con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
- Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente los datos asociados a esa persona que tiene ARCA.
- La pantalla siguiente mostrará los datos de la persona y el empleador deberá completar los campos que figuran debajo.
- Ingresar el domicilio del trabajador. Si este ya está declarado en la base de datos de ARCA, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
- Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo, la fecha de ingreso, y precisar si el trabajo es temporal o fijo.
- Señalar el domicilio laboral, es decir, en donde se realizarán las tareas. Cabe aclarar que se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
- Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador y confirmarla o modificarla si hiciera falta.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.
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