El consejo consultivo y el futuro de la Corte Suprema
Cualquier reforma que se proyecte para el Poder Judicial debería ser considerada una cuestión de Estado y ser objeto de un amplio acuerdo nacional
En el marco de la reforma judicial que el oficialismo apura pese a los múltiples y fundados cuestionamientos, el Poder Ejecutivo ha dispuesto la creación de un consejo consultivo que deberá elaborar propuestas y recomendaciones vinculadas al quehacer de la Corte Suprema. A tal fin, informará qué problemas obstan al "correcto funcionamiento" del alto tribunal.
Como surge del decreto que dispuso su conformación, el Poder Ejecutivo parte del supuesto de que la Corte no funciona correctamente, aunque en sus fundamentos no se explica de manera convincente y detallada en qué consistiría ese funcionamiento incorrecto, sino que se lo da por supuesto. La exposición de motivos no ofrece indicio ni argumento alguno que conduzca racionalmente a esa convicción. Aunque los flamantes integrantes del consejo consultivo han anunciado su intención de convocar a los miembros de la Corte para conocer sus opiniones, hubiera correspondido que esa consulta fuese hecha por el Poder Ejecutivo antes de que se emitiera el decreto.
Esta omisión es, por un lado, institucionalmente grave, si se tiene en cuenta que no se está creando un tribunal nuevo, sino que se está actuando sobre un órgano en funcionamiento que es cabeza del Poder Judicial. Razones prácticas y de respeto institucional demandaban requerir su opinión previamente. Por otro lado, esta prescindencia de la opinión de la Corte repite el error cometido por el gobierno de Carlos Saúl Menem cuando, en 1990, entre otras medidas, amplió de la noche a la mañana el número de sus integrantes de cinco a nueve con el argumento de que tal ampliación mejoraría su funcionamiento. El tiempo demostró que ese aumento no redundó en un manejo más ágil ni más independiente. Por el contrario, lo empeoró.
Además de la tarea valorativa descripta, la llamada "comisión Beraldi" –por la presencia entre sus integrantes del abogado defensor de Cristina Kirchner– deberá efectuar "una evaluación integral de las normas que reglamentan la competencia atribuida al alto tribunal por la Constitución nacional, ya sea en materia originaria o bien por apelación ordinaria y extraordinaria; un análisis y una eventual reformulación del sistema de desestimación in limine; de las normas en materia de audiencias orales para el tratamiento de los casos trascendentes; del trámite de recursos y de la fijación de plazos procesales máximos para su resolución, particularmente en materia penal.
Algunas de las tareas encomendadas ya han sido cubiertas por reglamentaciones emanadas de la propia Corte. De nuevo, cabe preguntarse quién mejor que ella para saber cómo mejorar esas reglas o para ofrecer su visión del asunto. Sin embargo, a la Corte no se la escuchó. Del mismo modo, parece inconcebible que no se haya requerido su parecer de antemano en lo relacionado con el plazo que quiere imponerse al máximo tribunal para el dictado de sus sentencias. No hay dudas de que el sistema actual, que no reclama de ella un pronunciamiento dentro de cierto límite, no es bueno. Pero es necesario preguntarse cómo no escuchar a sus miembros previamente acerca del tiempo promedio que juzgan razonable para expedirse.
La comisión creada también debe revisar las reglas relacionadas con la competencia extraordinaria de la Corte. Esas reglas son las que establecen en qué casos y en qué circunstancias puede apelarse ante el alto tribunal. Contrariamente a lo que algunos podrían creer, el sistema constitucional y legal actual no autoriza a los ministros de la Corte a tomar todos los casos que ellos juzguen importantes por el mero hecho de ser tales. Solo les permite conocer de ciertos asuntos tratados en la Constitución –por ejemplo, la violación de garantías individuales– y de conflictos que pueden suscitarse entre actos o leyes nacionales o provinciales, incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De todos esos conflictos, el Congreso puede elegir cuáles sí y cuáles no van a llegar a la Corte, a pesar de ser cuestiones de las que la Constitución también se ocupa. Así, ciertos asuntos finalizarán en la Corte Suprema y otros fenecerán en las jurisdicciones provinciales o en la Justicia porteña. Así lo establecen la Constitución y la ley reglamentaria de la competencia extraordinaria de la Corte.
Es esta un área muy sensible del derecho constitucional y procesal moldeado a lo largo de los años, fundamentalmente, a través de la jurisprudencia del tribunal y de la obra doctrinaria de excelsos autores.
Lamentablemente, la comisión tampoco se ha conformado con los especialistas más destacados en esta materia, y este no es un tema menor.
Hace décadas que el Poder Judicial de la Nación es objeto de embates y manipulaciones de todo tipo por parte de los órganos políticos. Ello ha agravado el deterioro de su imagen pública, lo que ha mellado su credibilidad y su independencia. Ninguna reforma unilateral de la judicatura federal saneará su reputación, sino que la deteriorará aún más.
Está claro que la iniciativa oficial apunta solo a un área muy específica del extenso quehacer judicial. Esta propuesta se encuadra fundamentalmente en lo que se denomina la "justicia para los políticos" por sus alcances. Mientras tanto, el ciudadano de a pie sigue aguardando reformas que le faciliten su vida cotidiana, le devuelvan la seguridad perdida y aceleren los procesos que lo preocupan. Ante esto también se pronunció una vasta porción de la ciudadanía el lunes pasado. La razón la asiste.
A la luz de nuestra historia, las mejoras que se propongan al Poder Judicial deben ser acometidas como cuestión de Estado. Deben partir de un proyecto consensuado entre las principales fuerzas políticas del país, con consulta previa de los tribunales involucrados, de los colegios profesionales y de la academia. No es en medio de una pandemia cuyos dramáticos efectos habremos de sentir por largo tiempo el momento de acometer tamaña tarea. La premura del Gobierno por concretarla a como dé lugar no deja dudas respecto de los oscuros fines perseguidos.