¿Madre o abuela?
Distintos medios periodísticos se han ocupado en estos días de la decisión de la actriz española Ana Obregón, de 68 años, de convertirse en madre legal de su nieta biológica. La niña fue fruto de la inseminación de un vientre alquilado con el esperma congelado de su hijo Aless Lequio, fallecido hace tres años de cáncer, quien había optado por congelar semen en Estados Unidos para asegurarse su descendencia.
Con dicho material genético, la actriz recurrió a un vientre de alquiler en ese país norteamericano, mediante el pago de 170.000 euros, de los cuales se sabe que la mujer cubana que gestó a la niña percibió solo 35.000. Madre de dos hijos propios, la donante no tenía pretensión alguna sobre la niña. Al nacer, la actriz –abuela de la beba– la inscribió como su hija bajo el nombre de Ana Sandra Lequio Obregón.
La polémica que desató el tema responde a que en España rige una norma similar a la de la Argentina, donde se considera que la madre es quien da a luz al bebe; en este caso, la gestante cubana. Pero, aparentemente, Ana Obregón pudo inscribir sin problemas a la niña en Estados Unidos como hija suya, cuando en realidad es su nieta.
Difícilmente España aceptaría esta pretendida maternidad, que sí pudo tramitarse en el extranjero, por ser contraria a la legislación española. De haberlo intentado, seguramente habría sido calificada de fraudulenta. La ley española establece que un hombre puede prestar consentimiento para que su mujer, aun en parejas no casadas, use su esperma en los 12 meses siguientes al fallecimiento, pero prohíbe recurrir a vientres de alquiler.
En España el debate entre dos de los principales partidos políticos es intenso. El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) considera que “el cuerpo de la mujer no se alquila ni se vende” y juzga ilegal la subrogación o el alquiler de vientres. En cambio, la agrupación Ciudadanos entiende que la práctica es posible y que debe ser regulada; de hecho, existen tres proyectos de dicha fuerza política en tal sentido. La ministra de Justicia, Pilar Llop, dice que existen 3400 niños nacidos en el extranjero con estas prácticas e inscriptos en los consulados entre 2010 y 2022.
Más allá de la validez que la ley norteamericana confiere a la inscripción de la beba, está claro que en España no habría sido posible. Por otro carril corren consideraciones respecto de que la decisión de Ana Obregón perjudica a la menor, quien a los 12 años tendrá una “mamá” de 80, que en rigor es su abuela y que la podría condenar a una orfandad temprana. Mientras algunos destacan que se cumplió la “voluntad procreacional” del padre, hay quienes, con realismo, critican a quienes no pueden aceptar un no y pagan por un deseo, haciéndolo pasar por un derecho.
Ana Obregón no podía por sí misma concretar una maternidad en la etapa de la vida que transita: ni los óvulos ni –obviamente– los espermatozoides eran suyos. Tampoco había optado hasta ese momento por la adopción. Frente al hecho irreversible del nacimiento de la pequeña, debió haber evitado el antinatural salto de generación y aceptado con orgullo su condición de abuela de la niña.