
Argucias reeleccionistas
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Nuevamente, y ahora con redoblada intensidad, ha tomado cuerpo en círculos del justicialismo el propósito de promover una segunda reelección del Presidente mediante alguna argucia que permitiría soslayar las expresas definiciones de los artículos 30 y 89 y la novena cláusula transitoria de la Constitución. Declaraciones y actitudes públicas al respecto no serían más que expresiones de deseos propias de un año electoral y merecedoras de reducida atención, si no fuera porque el propio Carlos Menem -a pesar de haber negado en diversas oportunidades sus aspiraciones en tal sentido- ha asumido una participación protagónica en actos proselitistas de su partido, cuyo signo más notorio fueron los estribillos y leyendas apuntados a una nueva reelección.
A esto se agregó la iniciativa del senador justicialista por La Rioja Jorge Yoma, que se suma a otros proyectos de reglamentación de la consulta popular estatuida por el artículo 40 de la Constitución; difundidas interpretaciones le asignan el propósito de abrir una puerta lateral a la reforma constitucional.
Estas y otras actividades y expresiones que agitan el propósito de hacer posible un tercer gobierno de Menem pretenden pasar por el costado la valla que la misma Constitución impone a todo intento reformador: el artículo 30 establece taxativamente que la necesidad de la reforma "debe ser declarada por el Congreso con el voto de dos terceras partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto". Consecuentemente, pretender o sugerir la posibilidad de una consulta popular para eludir la participación del Congreso sería tanto como tratar de obtener una reforma apriorística del artículo 30, lo que sería en sí mismo un disparate jurídico.
Por otra parte, cualquier propósito de innovar en el artículo 90, sobre los mandatos del Presidente y el Vicepresidente, así como en la novena cláusula transitoria, está ineludiblemente condicionado por el artículo 30.
Pero además de esa clara línea constitucional que cierra otras vías a la reforma, la realidad política está negando ahora toda probabilidad de repetir un acuerdo reservado como el pacto de Olivos entre Menem y el ex presidente Alfonsín, para hacerla posible. En las condiciones actuales, cuando los sectores políticos enfrentan un difícil año electoral y la oposición se esfuerza en hallar el camino democrático que le permita acceder al Gobierno en tres años más, resulta un tanto fantasioso especular con que una reforma constitucional permita habilitar una segunda reelección presidencial.
Algunas interpretaciones sostienen que la agitación en torno del tema tiene el propósito de satisfacer la necesidad del Gobierno de preservar plenamente el poder político del Presidente hasta el final de su gestión, para completar sus objetivos. Esa necesidad es comprensible, pero no es admisible, en cambio, promover reelecciones imposibles forzando el sentido de la ley, relativizando desaprensivamente los valores éticos y generando expectativas e incertidumbres acerca del futuro institucional: de un intento de reforma constitucional se sabe cómo empieza, pero no -es lo que enseña la experiencia- cómo termina. El Presidente debe poner punto final, de una vez por todas, a esa ambigüedad con la cual se autoriza una promoción desconcertante para la ciudadanía que cree en los genuinos mecanismos de la democracia, y congelar, como jefe de su partido, las manifestaciones que, como la realizada días atrás en Mar del Plata, no hacen ningún bien a su investidura.
Es poco serio, por otra parte, andar manoseando cada tres o cuatro años una Constitución para acomodar su texto a circunstanciales conveniencias partidarias u objetivos personales del momento; sería una manifestación de inseguridad jurídica que generaría desconfianza en las instituciones, descrédito en el sistema político y abriría la puerta a tendencias arbitrarias y aventuras absolutistas.





