
Cartas de lectores: Una prioridad, reforma laboral, escrituras
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Carta de la semana
Una prioridad
El cuidado y resguardo de los bosques patagónicos depende del Estado y de las provincias. Si tomamos en cuenta los hechos producidos de manera intencional, los fuertes vientos y las altas sequías, es probable que los actuales sucesos climáticos se repitan con mayor frecuencia. Por esa razón es necesario que la Argentina evalúe la posibilidad de adquirir aeronaves que transporten grandes volúmenes de agua (Boeing 737 FireLiner o similares) con el fin de extinguir los siniestros forestales que han venido sucediéndose durante los últimos años. La provincia de Santiago del Estero adquirió dicha aeronave a un valor de US$15 millones y es la nave que actualmente se está utilizando para combatir los incendios. La Nación no posee un avión de esas características, ni siquiera una flota propia de aviones hidrantes de gran porte, por lo cual es de suma prioridad la compra de este tipo de aeronaves.
Hugo Modesto Izurdiaga
DNI 11.604.534
Reforma laboral
En una clara demostración de las dificultades que enfrenta este gobierno para promulgar las leyes de cambios estructurales necesarias para generar inversiones genuinas y empleo, entre otros frentes (CGT, Justicia Laboral y los “derechos adquiridos”), los gobernadores son una piedra más. Se resisten a que el país implemente una reforma laboral que termine con el empleo informal y facilite la creación de nuevos trabajos, por una cuestión de fondos, argumentando que los artículos que promueven una reducción del impuesto a las ganancias significan una reducción en los fondos coparticipables. Acompañarían la ley de reforma laboral “en tanto y en cuanto no se afecten los intereses de las provincias, que no pueden reasignar fondos” (sic). Me pregunto: ¿qué han hecho las provincias (y municipios), salvo contadas excepciones, para acompañar el esfuerzo del gobierno nacional con respecto a recortes del gasto en sus respectivas gestiones? La queja por la falta de fondos debería empezar por la reducción de sus pesadas burocracias y la consecuente reducción de gastos. Pero ello significaría reducción del clientelismo y el temor a perder privilegios, a lo que no están dispuestos, para mantener un statu quo que solo beneficia a la política mal entendida.
Guillermo Bronenberg
wbronenberg@gmail.com
Escrituras
Esta semana leí que Kicillof regaló 700 escrituras en la provincia de Buenos Aires. Supongo que todo lo que regala el gobernador no hará subir los impuestos, VTV, etc.; si no, simplemente lo pagaremos entre todos… y el año que viene seguramente habrá muchos más regalitos si se presenta a un nuevo cargo político en 2027.
Felipe Heyde
DNI 11.880.084
Estado entrometido
Resulta por demás confusa la intromisión de integrantes del gobierno libertario en la batalla entre dos grupos privados. El grupo Techint, 100% privado, libra una batalla comercial contra otra empresa también 100% privada, Southern Energy. Es obvio que lo que dejará de ganar la primera será beneficio para la segunda. Salvo la regulación aplicable del régimen RIGI, si correspondiera, el Estado no debería tener ninguna atribución para inmiscuirse como de modo explícito lo hace a través de expresiones de sus más altos funcionarios.
Nicolás V. Gallo
ngallo@fibertel.com.ar
Investigación pendiente
El delito de cohecho es una forma de corrupción pública que consiste en dar, ofrecer o recibir dinero para que un funcionario público realice, omita o retarde un acto propio de su cargo. En otras palabras, el cohecho –art. 256 del C. Penal– es el soborno en el ámbito público. Esta figura viene al caso cuando analizamos el dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) –del 30/6/23– relativo a la presunta “cartelización de la obra pública”. El 1/8/18 LA NACION publicó los contenidos de los cuadernos del chofer del exsubsecretario Baratta y ese mismo día el juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli ordenaron allanamientos y detenciones masivas de empresarios y exfuncionarios. En septiembre de 2018, la Secretaría de Comercio (dependiente del Ministerio de Producción) instruyó a la CNDC para que iniciara una investigación relacionada con presuntas conductas anticompetitivas de empresas en licitaciones de obra pública, conforme a los arts. 1° y 2° de la ley 27.442 (ley de defensa de la competencia). En mayo de 2019, la CNDC emitió la disposición 41/19 que contenía una “relación de hechos” (anexo I) con indicios de posibles prácticas colusorias (coordinación de ofertas o abstención) por parte de 52 empresas y dos cámaras empresarias (Cámara Argentina de la Construcción y Cámara Argentina de Empresas Viales) en procesos de contratación de obra pública (vialidad, energía, transporte, infraestructura). Dos años más tarde, la CNDC dispuso la apertura formal de sumario (disposición 57/21) para avanzar con el procedimiento sancionatorio. El análisis abarcó el período 2003 a 2015 y apuntó a determinar si algunas de las empresas incluidas coordinaron ofertas en licitaciones para repartirse obras públicas (especialmente en infraestructura vial) y si las cámaras facilitaron esa coordinación. Esta investigación administrativa quedó vinculada mediáticamente con causas penales de gran visibilidad –como la causa Cuadernos y la de Vialidad– en las que se denunciaron sobornos y corrupción en la contratación de obras públicas. En esas causas, varios empresarios declararon como “arrepentidos” ante los fiscales y aportaron planillas, testimonios o datos que implicaban supuestos mecanismos de coordinación. Con fecha 30/6/23, luego de 5 años de investigación, la CNDC aprobó el dictamen IF-2023-74864048-APN-CNDC (#MEC), que fue suscripto por los vocales Guillermo Pérez Vacchini, Balbina Griffa Díaz y Pablo Lepere. Ese dictamen fue aprobado 46 días más tarde por resolución N° 1287 del secretario de Comercio Matías Tombolini, disponiendo el archivo del expediente (16/08/23). Había en ese expediente más de 5000 fojas con pruebas de todo tipo que acreditaban claramente no solo la existencia de maniobras de cartelización, sino métodos y procedimientos arraigados, desde hace muchos años, en donde los mecanismos de reparto de obras públicas funcionaban aceitadamente en salitas reservadas de las cámaras gremiales empresarias. En cada cámara había una “Subcomisión de Obras Públicas” donde se repartían el naipe y definían cuánto tenía que cotizar el ganador y con qué cifras convalidaban los demás la “mejor oferta”. El mismo sistema se aplicaba para la adjudicación de obras provinciales. La evaluación final del caso estuvo contenida en el dictamen referido de la CNDC (la sentencia en tribunal administrativo), que consta de 569 páginas con 2342 “considerandos”, fundamentación que quedó sintetizada en el considerando final, el N° 2343, donde se definen las conclusiones asumidas para determinar que “... los indicios aislados no alcanzan para reconstruir un cartel sustentable”. El N° 2343 concluye sosteniendo “… que, en consecuencia, esta Comisión Nacional entiende que los elementos colectados a lo largo de la investigación no constituyen prueba suficiente para acreditar la existencia de un acuerdo colusorio en los términos previstos por la ley N° 27.442”.
Resulta inexplicable que después del enorme trabajo periodístico de Diego Cabot en torno a los cuadernos, de la profunda investigación del fiscal Stornelli y de las actuaciones en el caso Vialidad, la CNDC no haya encontrado forma de acreditar el esquema de coordinación. Pero resulta todavía más inexplicable que, después del lapidario editorial de LA NACION del 9/9/23 –titulado “Cartelización de la obra pública. Ganó la impunidad”– ningún fiscal se haya preocupado por iniciar una investigación. La contundencia del referido editorial expone elementos determinantes para sospechar potenciales maniobras de cohecho y –dada la repercusión que históricamente ha tenido esa columna– traslada estas sospechas al ámbito de lo “público y notorio”. Esa notoriedad es más que suficiente para que un fiscal federal se vea interpelado, ya que está obligado a actuar de oficio cuando toma conocimiento por cualquier medio de la posible comisión de un delito de acción pública (art. 180 del C. Proc. Penal de la Nación). Resultaría aventurado precisar montos, pero no es inverosímil imaginar que las multas por cartelización que no se aplicaron podrían haber superado los US$100.000.000. Matías Tombolini, Guillermo Pérez Vacchini, Balbina Griffa Díaz y Pablo Lepere deberían explicar mejor qué fue lo que no vieron.
Gonzalo Novillo Saravia
DNI 8.276.632
Sana medida
El sable del General San Martín ya fue robado antes en el Museo Histórico Nacional. Reponerlo en el regimiento que fundó parece lo correcto.
Patricio Avellaneda
patoave48@gmail.com
Basural en Caballito
Hace quince años que vivo en Caballito, Vila al 500. Desde entonces perdura un basural junto a las vías del ferrocarril Sarmiento, de 100 metros de extensión, aproximadamente. Gracias a que mis reclamos nunca fueron escuchados hoy tenemos muestras abundantes de cómo eran los desechos en la antigüedad. El ferrocarril podría poner un museo donde exponerla y llevar allí tan rico patrimonio cultural. Hay para todos los gustos.
Eduardo Faroppa
DNI 4.975.238






