
La defensa utópica del imputado en juicios de lesa humanidad: derechos humanos y el sabor amargo de la injusticia
El autor plantea la necesidad de construir una mirada madura, pacificadora y superadora para juzgar la violencia política de los años 70

Es un juicio más o es un juicio menos, pensaba luego de oír el veredicto, y otra vez surgía en mi interior ese torbellino de emociones disputadas entre alegría por los defendidos que se iban en libertad y profunda tristeza por los que quedaban presos. Dicen que nuestro presente es fruto en gran medida de nuestro pasado. Entonces de inmediato me cuestiono: cuando ya no se puede reconstruir con precisión esos sórdidos momentos de nuestra historia que, producto del caos y el terror instaurado produjo víctimas de ambos lados impidiendo actualmente determinar con precisión relaciones causales concretas, ¿se ha traído correctamente ese “pasado” al presente a fin de poder ser debidamente escrutado jurídicamente?
Pero el sabor amargo afinca en su origen al saber que, en definitiva, había finalizado otra cruel semblanza de una injusticia, que a nadie le importa. Injusticia para las víctimas que siguen buscando una respuesta en las personas vivas hoy condenadas que jamás obtendrán, reclamando legítimamente saber dónde están las desaparecidas/desaparecidos (situación que en lo personal tanto me aflige), injusticia en las personas juzgadas que quedaron arrasadas por una ciega y obsesiva actitud de vindicta, que como tal, presa de sus más profundas contradicciones, termina haciendo una vez más mucho daño y nada de justicia.
Entonces vuelvo a cuestionarme qué es la justicia, cuál es la dirección que tiene que tener la justicia, hacia dónde debe ir. Les confieso que me encuentro en un túnel donde mientras avanzo más oscuridad percibo; siento que a nadie que tenga poder legítimo le interesa cambiar un poco estas situaciones.
Creo en lo personal, que con la muerte de las personas que conformaban una estructura institucional que fueron juzgadas por ejercer mandos superiores en todas las fuerzas armadas y de seguridad específica, como las policiales (altos mandos y altos mandos operacionales), debía finalizar casi naturalmente la realización de este tipo de juicios. Pero de un tiempo a esta parte, en vez de ponerse fin a este sub-sistema, se decidió avanzar contra las personas que quedan vivas, sometiéndolos a reproches penales basados en criterios de intervención y/o participación criminal donde la orfandad probatoria es absoluta. Queda sólo como prueba fundante en sus kafkianas requisitorias el ejercicio de la función o el cargo histórico (tomado de sus legajos personales), adicionada a la pretensa aplicación cuasi automática de complejas teorías de participación criminal alemanas que resultan absolutamente improcedentes cuando se las pretende aplicar al caso concreto, por una cuestión más que obvia, porque esencialmente fueron concebidas para juzgar en un comienzo a mandos superiores, intermedios e inferiores respecto a una estructura orgánico-institucional “mala in se” o “malum in se”, como el nazismo o el régimen de la ex Yugoslavia de Slobodan Milosevic.
Fueron y son sistemas dogmáticos jurídicos aplicados por ejemplo, con el objeto de juzgar lo que aconteció en un campo de concentración y a cada una de las personas-funcionarios que prestaron servicio en él, desde sus autoridades hasta la totalidad de mandos y servidores. Aquello fue y puede ser “el juicio al mal absoluto” desarrollado en toda dimensión. Por ello una persona que ha sido divisada como integrante del perverso sistema que aún este viva pudo y puede ser juzgada hasta en la actualidad legítimamente.
En nuestros casos, el nuevo paradigma jurídico implica o comprende llegar a juzgar a la mayor cantidad de exfuncionarios de las fuerzas de seguridad que quedan vivos, con la dificultad de que no existe ni existió ni existirá la más minúscula indicación de prueba objetiva que pretenda al menos constituirse legítimamente como indicio de sospecha real de intervención o participación de los acusados en cada caso.
Enfatizo que la pretensa equivalencia de condiciones fácticas relacionada con el fenómeno de la “Alemania genocida” en la que se ha venido apoyando en gran parte la legitimidad de estos juicios en Argentina es nula en el presente, no sólo porque los marcos históricos se encuentran a años luz de distancia unos respecto de los otros, sino por que a los sujetos que estas teorías podían alcanzar han fallecido.
Nada tuvieron ni tienen que ver las estructuras castrenses que por acción o por omisión permitieron, conformaron u ordenaron el despliegue de un sub-sistema paralelo ilegal que permitió la comisión de delitos aberrantes en la década del 70 con las de un campo de concentración nazi que he traído como ejemplo. Sólo el lector tiene que tener la buena fe necesaria para reconocer estas absolutas diferencias y a partir de ello, en adelante permitirse replantear todo el proceso de análisis crítico de la sangrienta historia setentista argentina.
Resulta insoslayable recorrer algunos de lo párrafos introductorios contenidos en los primeros considerandos de la histórica sentencia popularmente conocida como “causa 13” (de la que se hizo una reciente película donde los argentinos perdimos otra oportunidad para representar con una mirada crítica, total y superadora nuestro pasado), para recordar que esos jueces advirtieron que lo que aconteció en los 70 fue un estado de guerra revolucionaria irregular no convencional que encarnaron y declararon los sectores militarizados de casi la totalidad de los partidos políticos de izquierda -ERP y Montoneros principalmente- contra el orden institucional del Estado Argentino.
Tanto debe replantearse como que las cruentas y aberrantes conductas desplegadas por los grupos paramilitares que conformaban parte de las agrupaciones políticas de aquella época contribuyeron en gran medida a crear un conmocionaste estado de caos y terror que también impide divisar en la actualidad relaciones causales de responsabilidad nítidas sobre las personas que quedan vivas, sean de las izquierdas o de las derechas. Hoy todo es tarde y puede ocasionar otra injusticia.
Allí es cuando la impotencia se hace más grande, cuando todo lo que un hombre de derecho ha podido aprender y comprender a lo largo de su formación en la profesión de la abogacía comienza a irse de bruces al confrontarlo con la espantosa realidad que impone intervenir en la celebración de un juicio en la actualidad de lesa humanidad, donde el respeto al derecho de defensa es una cuestión utópica, claramente postergada o de imposible materialización real.
Allí los cuestionamientos son profundos, por que en su más íntima dimensión impactan sobre valores que en mayor o menor medida hemos abrazado fervientemente en el ejercicio de esta noble profesión, y ya nada resulta lógico, nada de lo vivido, nada de lo idealizado. Hablo de la experiencia bien recogida y reflejada al mirar las suelas de mis zapatos gastadas de haber caminado en los pasillos de tribunales de Mendoza tantos años; allí todo resulta incomprensible, inadmisible.
La circunstancia de tener que defender a personas que en la actualidad no se pueden defender técnicamente encierra una trama de una crueldad sin límites ni dimensiones.
Volcar nuestro análisis profesional en sus casos, y advertir que si se los hubiera juzgado en el tiempo y la forma debida, es decir, en forma conjunta con las personas que ejercieron mandos superiores y/o aquellas que por la producción de prueba objetiva histórica fueron identificadas por las víctimas como autores directos (en función de que de esta forma se construyeron los primeros juicios), se les hubiera por lo menos acercado la chance de defenderse realmente, o al menos la alternativa de ofrecer y producir prueba en sus descargos, y todo ello hubiera acrecentado ostensiblemente las posibilidades de obtención de un pronunciamiento absolutorio.
Desde la perspectiva teórica del derecho de defensa en juicio y/o la garantía a ser jugado en un plazo razonable, causa una frustración infinita advertir que por el paso del tiempo (van a transcurrir 50 años) todo acusado de cometer delitos de lesa humanidad se encuentra privado absolutamente de poder ofrecer y en consecuencia producir prueba objetiva a fin de defenderse adecuada y razonablemente.
Todo este injustificado retraso es atribuido en forma exclusiva y excluyente al accionar del Estado, que habiendo tenido la potestad y posibilidad absoluta de someterlos a juicio mucho tiempo antes, irracionalmente no lo hizo, causándoles en la actualidad un daño de consecuencias irreparables, pretendiendo colocar la lupa donde debe poner un espejo que le permita verse a si mismo.
Como si esto fuera poco, dentro de este dantesco escenario nada relacionado con la profundidad, excepcionalidad, y particularidad de la verdad interesa a la llamada “opinión pública”, que de otra parte ya no sé que es lo que en definitiva es. Es decir, la verdad del drama que en la actualidad encierran los juicios de lesa humanidad a nadie le interesa que sea difundido, compartido, debatido o revisado, por lo menos desde esta novel, respetuosa y actual perspectiva.
El marco general de cobertura de noticias pone sistemáticamente de resalto el inicio de cada juicio, la aberración de los antecedentes históricos signados por injustos sufrimientos que nadie discute, transmitiendo información sesgada proveniente de los organismos de derechos humanos o de miembros del Ministerio Público Fiscal de Derechos Humanos o de los organismos querellantes, donde jamás la prensa muestra interés por recoger la voz de las defensas al objeto de ofrendar la debida cobertura que permita conocer las dos caras de la moneda.
Generalmente es un hecho terrible que nuclea a una o más víctimas, donde ya se realizó un juicio oral y condena a los funcionarios que encarnaban el ejercicio de un alto mando, que no puede volver a ser juzgado en la actualidad por la imposibilidad de atribuirlo legítimamente a las personas que están vivas, donde nada de esto se dice.
No existe interés por detenerse, y explicar periodísticamente que las pruebas históricas colectadas no pueden ser direccionadas automáticamente con criterios de objetividad y certeza sobre los sujetos vivos, porque no hay ni hubo prueba directa divisada con anterioridad, de lo contrario el juicio se lo hubieran realizado antes.
A la distancia observo que este tratamiento mediático-sensacionalista instaurado también es otro de los dramáticos rostros que denota la problemática, porque se ha instalado un sistema de propaganda de cada juicio de Lesa Humanidad que funciona a la perfección, donde lo que se le exhibe a la sociedad desde una rápida mirada carente de objetividad, profundidad y seriedad necesaria es la realización del mismo juicio hasta el presente. Esta es la peligrosa falacia instalada.
Es decir, el metamensaje contenido en las noticias es siempre el mismo en su conformación o construcción esencial. Se inicia otro juicio de lesa humanidad, donde son juzgados genocidas, las personas acusadas deben responder por las desapariciones acontecidas en la última dictadura militar, informando finalmente los nombres y la o las fuerzas a las que pertenecieron los sujetos que serán juzgados, destacando especialmente que semejante aberración será castigada con prisión perpetua.
A nadie le importa difundir que ya las autoridades están fallecidas, que dentro de cada estructura de las fuerzas armadas y policiales ya se juzgaron esos hechos, que en general terminaron con personas condenadas, a las que -lo aceptemos o no- se les aplicó una teoría de responsabilidad penal específica en función del ejercicio del cargo y pruebas objetivas habidas en su contra, por lo que el reproche penal resultaba más admisible.
Repito, nos guste o no, nada de esto importa, nada de esto debe hacerse conocer, y es lo que tendría que recobrar verdadero sentido para quien en el ejercicio de la digna función periodística tenga como objetivo comunicar estos acontecimientos lo más aproximados al concepto de verdad, vean en internet la editorial de Nelson Castro en su programa “El Corresponsal”, con motivo del día del periodista, el 7 de junio de 2023, para comprender lo que pretendo significar.
Y así las cosas, llego siempre al final de estas batallas con el sabor amargo que me provoca otra astrosa derrota absolutamente inmerecida que en medio dejó imputados muertos, parientes cercanos enfermos, hablo de esposas, hijas, hijos, madres o padres, hermanas/hermanos, amigos, la mayoría devorados por el maldito cáncer que también los termina arrasando. Entonces, una vez más me pregunto: ¿la justicia donde está? Y como si esto fuera poco, aparece la difusión y propaganda bajo bombos y platillos de la noticia que anuncia que una vez más finalizó un juicio de lesa humanidad donde fueron condenados a perpetuidad “genocidas”, sin haberse jamás nadie detenido por lo menos a analizar si el término es jurídica y convencionalmente utilizado correctamente.
Sistemáticamente, se exhibe la aparente solución de tamaño conflicto acontecido en nuestra sociedad de la década del setenta, donde hubo personas que sufrieron tremendas injusticias (que ya nadie discute), con la construcción de otra de idénticas o de mayores dimensiones (que nadie conoce), ya que ésta última se configura en un estado democrático de derecho, que asigna “derechos humanos” con distinta vara, no en base a lo que las personas hicieron, sino dependiendo de lo que ellas fueron, donde las garantías procesales, constitucionales y convencionales quedan reducidas a su mínima expresión, y donde esta peligrosa forma de juzgar a nadie parece en definitiva importar.
La construcción verdadera de la memoria, verdad y justicia de una república a nadie le parece importar; sin embargo creo que sólo una nueva mirada madura, pacificadora y superadora, sostenida desde el planteo de una solución política, pondrá fin al drama de estos juicios.
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El autor es abogado, Defensor Oficial coadyuvante en la justicia federal de la ciudad de Mendoza



