
Seguridad y orden público
Por Fátima Sleiman (para La Nación )
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EL derecho a la seguridad y al orden público, temas que suscitan el interés y la preocupación del Gobierno y de la ciudadanía, son cuestiones complejas que se resisten a un análisis simple. El derecho a la seguridad ha sido contemplado en la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada en 1948, al establecer que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. El orden público, en sentido amplio, puede tomarse como sinónimo del orden establecido por el derecho.
Al hacer estas distinciones conceptuales entre orden público (protección libre del ejercicio de los derechos fundamentales) y seguridad ciudadana (protección de personas y bienes frente a situaciones de peligro), vemos que la seguridad incluye el orden público.
Estos conceptos son útiles para analizar los sucesos violentos que vienen acaeciendo en nuestro medio. En relación con ellos, es dable preguntarse, además de qué nos está pasando como sociedad, cómo podemos incentivar las acciones conducentes a que la interrelación comunidad-policía permita a los ciudadanos examinar las operaciones de los funcionarios policiales y someterlas, si es necesario, a un juicio crítico.
El papel de la sociedad
Hay que favorecer la organización de la comunidad para enfrentar la problemática de la seguridad pública asumiéndola como propia de toda la sociedad y no exclusivamente de la policía. Se trata de compartir la responsabilidad por la seguridad pública entre la sociedad y su órgano especializado: la policía. Es una forma de coproducir la seguridad.
Si se tiene en cuenta que el primer factor de prevención del delito es la propia sociedad cuando ésta cumple adecuadamente su papel, la necesidad de la acción policial se puede reducir drásticamente. Tal vez la mejor manera de consensuar el orden y reducir el crimen es lograr que la comunidad tenga la capacidad de hacer cosas a favor de sí misma, con la policía desempeñando una función de apoyo.
Si todo esto empieza a funcionar adecuadamente, producirá sin duda, en cada barrio o zona, que las tareas respondan particularizadamente a las necesidades específicas, a través de la información y opinión suministradas por los vecinos, y no conforme a pautas generales que pueden no ser válidas para ese lugar determinado.
La policía comunitaria puede llegar a sustituir el enfoque reactivo por uno proactivo frente al delito, con énfasis en la prevención. Incluso ante un hecho producido, actuaría sobre las causas y no sobre los efectos.
La policía comunitaria
El concepto de policía comunitaria abarca varios aspectos. Entre ellos:
- Un acercamiento recíproco entre la policía y la comunidad cercana a la que sirve (vecindario).
- La policía rinde cuentas de su labor y expone sus necesidades de cooperación a la comunidad. Por su parte, ésta evalúa lo realizado por la policía y dice a su vez cuáles son sus necesidades de seguridad.
- Adopción por parte de la policía de decisiones sobre aspectos que hacen a la seguridad de ese vecindario y a la relación con éste.
La falta de seguridad es uno de los grandes problemas de la ciudad de Buenos Aires. Si bien es cierto que la cantidad de agentes en la vía pública debe aumentar, esto no alcanza, porque la sola presencia de la policía no disuade a los delincuentes. Es aquí donde la participación activa del ciudadano es fundamental para la prevención.
¿Qué le hace falta a Buenos Aires para tener una policía comunitaria? En primer lugar, como el sistema funciona con los habitantes, fomentar la cooperación y la solidaridad. En los Consejos Barriales de Prevención del Delito y la Violencia (en el marco del Programa de Seguridad Ciudadana del Gobierno de la Ciudad), pueden participar ciudadanos y entidades intermedias interesados. En segundo lugar, una firme decisión política y la asignación de recursos económicos por parte del gobierno nacional, para que se concrete de una vez por todas el traspaso de la Policía Federal a la ciudad de Buenos Aires.
Porteños y porteñas exigimos nuestra propia policía comunitaria. Es nuestro derecho, y los derechos no se reclaman, se ejercen.




