Casación anuló un procesamiento confirmado de Jorge “Corcho” Rodríguez por un presunto lavado de más de un millón de dólares
Los camaristas Mahiques y Petrone dejaron sin efecto un fallo de la Cámara Federal que sostenía que el empresario buscó blanquear dinero vinculado al pago de sobornos; ahora, ese tribunal deberá dictar un nuevo fallo
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La Cámara Federal de Casación, máximo tribunal penal, anuló el procesamiento dictado contra Jorge “Corcho” Rodríguez y confirmado por la Cámara Federal en la causa que lo investigó por un supuesto lavado de dinero en la compra de un helicóptero de casi un millón y medio de dólares, en 2016.
Según la acusación, ahora derribada por el máximo tribunal penal, la operatoria se habría realizado para blanquear dinero proveniente del pago de sobornos a funcionarios que debían aprobar los contratos de la empresa brasileña Odebrecht, acusada de haber pagado coimas en toda la región.

La decisión la tomó la Sala III del tribunal a comienzos de abril, por mayoría, luego de que la defensa del empresario apelara el procesamiento. El juez Carlos Mahiques consideró que no se alcanzaban a vislumbrar irregularidades en la operatoria, que se prolongó por cuatro años e involucró préstamos y empresas varias. Daniel Petrone también falló en favor de Rodríguez, pero no fue tan lejos como Mahiques: Petrone pidió que la Cámara valorara una prueba en particular, que en su análisis, había sido omitida. Esta omisión había sido uno de los argumentos de la defensa contra el procesamiento confirmado.

Su colega Javier Carbajo, en disidencia, propuso declarar inadmisible el recurso, entre otras cuestiones, porque no era contra una sentencia definitiva, ni había logrado demostrar una cuestión federal.
La maniobra
Según el fiscal Carlos Rívolo, quien pidió elevar la causa a juicio, las maniobras tuvieron su inicio el 30 de marzo de 2012, “cuando se empezaron a registrar movimientos bancarios en el entramado de sociedades controladas por Jorge Rodríguez, a partir de transferencias de dinero provenientes de la constructora Odebrecht”.

Las sociedades implicados era Sabrimol Trading SA, radicada en Uruguay, y Capital Investment y Latin Financial, radicadas en Edimburgo, Reino Unido.
La maniobra consistió, de acuerdo con los investigadores, en realizar operaciones para que Helicopter Corporation SA -cuyas acciones pertenecían a Jorge Ernesto Rodríguez y a Carlos Alberto Rodríguez- comprara el helicóptero matrícula LV-CFO EUROCOPTER EC 130 B4. La fiscalía señaló que la operación se financió contra préstamos por US$1.415.000, obtenidos de la empresa Latin Financial LP, que supuestamente pertenecería a Rodríguez, quien negó las acusaciones y sostuvo que el origen del dinero usado para la compra era lícito.
El procesamiento había sido dictado por el juez Sebastián Casanello y confirmado en marzo del año pasado por la Cámara Federal, con los votos de Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi. En disidencia había votado Mariano Llorens, en cuyo voto se apoyaron ahora los jueces de la Casación para revocar el procesamiento.
“Los jueces que conformaron la mayoría de la Cámara a quo segmentaron improcedentemente las pruebas consideradas sin explicar los estándares de evaluación aplicados", afirmó Mahiques, quien lideró el voto.

El razonamiento de los camaristas, agregó Mahiques, “presenta una fisura lógica” y no logra explicar “el motivo por el cual considera que la reventa, de momento no simulada, del bien adquirido [el helicóptero] con fondos presumiblemente de origen ilícito se corresponde a la fase de integración del lavado de activos y tiene mérito suficiente para ratificar un procesamiento que, para dictarlo, partió de la base que dicha venta de 2016 había tenido tal carácter”.
Concluyó que no existen elementos para inferir que la maniobra que comenzó en 2012 se iba a perfeccionar cuatro años después, en 2016, y esos motivos “impiden confirmar la resolución puesta en crisis por presentar una ausencia de fundamentación por arbitraria e imponen su absolución”.
El juez Petrone, que tuvo que dirimir la cuestión entre sus colegas y no se definió sobre el fondo, sostuvo que la Cámara no atendió un pedido de la defensa para revisar una prueba en particular, un informe de la Dajudeco. “No explican con suficiencia porqué omitió considerar las referidas alegaciones de la defensa” sobre este punto.

Las razones para procesarlo
En marzo del año pasado, al confirmar el procesamiento, los camaristas Bruglia y Bertuzzi dieron por probado “un acuerdo espurio entre funcionarios públicos y particulares, para direccionar -en perjuicio de los intereses del Estado- los procesos licitatorios” de dos proyectos de AySA y “las dádivas que como contrapartida habrían pagado las empresas ganadoras a las autoridades estatales, a fin de asegurarse tales adjudicaciones”.
“Se logró acreditar que Jorge Ernesto Rodríguez habría intermediado entre la firma Odebrecht, junto a sus socias locales, y funcionarios del entonces Ministerio de Planificación Federal, canalizando los pagos indebidos de esas empresas, a través de la sociedad uruguaya Sabrimol Trading. Firma esta que, al igual que Latin Financial y Capital Investment Enterprises, eran controladas por el primero a través de sus personas de confianza, Carlos Dentone Loinaz, Martín Molinolo Menafra y Osvaldo Gandini”, dice el fallo.
También dijeron que la maniobra se completó cuando el helicóptero fue transferido a la empresa Fusion Blue, de Fabián Carballo, a cambio de los derechos de cobro de los mutuos.
La Casación anuló la decisión, y envió las actuaciones a la Cámara para que se dicte una nueva resolución.
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