Con habilitación judicial, la Unidad de Información Financiera seguirá siendo querellante contra Cristina Kirchner en el caso de los cuadernos
La Cámara de Casación rechazó recursos de las defensas para apartar a la UIF; en la causa se juzgará a la expresidenta y a exfuncionarios y empresarios acusados de asociación ilícita y cohecho
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Tras la habilitación que recibió de la Justicia, la Unidad de Información Financiera (UIF) seguirá siendo querellante en la causa de los cuadernos de las coimas, donde la expresidenta Cristina Kirchner está acusada de liderar una asociación ilícita y de que sus funcionarios cobraran sobornos pagados por empresarios -también acusados- para conseguir y mantener contratos de obras públicas. Fuentes oficiales afirmaron que el organismo antilavado seguirá participando del caso.
La Cámara de Casación decidió ayer rechazar los recursos de empresarios acusados en ese expediente, quienes reclamaban que se apartara a la UIF del caso porque el delito que se juzga no es lavado de dinero, sino asociación ilícita y cohecho.
Más allá de estos fallos judiciales, en un cambio de su posición inicial, el Gobierno ya había anunciado que la Oficina Anticorrupción iba a ser querellante en los causas de corrupción y ahora ratificó que la UIF seguirá siendo querellante. “La decisión del organismo es continuar querellando en las causas de lavado, pero estamos analizando algunas modificaciones en la normativa interna dictadas por la anterior gestión que nos limitan sensiblemente el ejercicio de ese rol”, dijo a LA NACION una fuente oficial.
En rigor, en esta causa de los cuadernos de las coimas lo que sucedió es que los empresarios acusados Hugo Alberto Dragonetti, Benjamín Gabriel Romero y Rodolfo Armando Poblete, además del ex secretario privado de Julio De Vido, José María Olasagasti, plantearon que la UIF debía dejar de ser querellante, por que en este caso no se está investigando el delito de lavado de dinero, su competencia específica, sino que se averigua sobre el posible pago y cobro de sobornos.
Los jueces del tribunal oral federal N° 7 Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero ya rechazaron esa pretensión planteada como un recurso de excepción por falta de acción. Contra esa decisión, los abogados de los acusados plantearon un recurso de casación, que fue rechazado, y ahora plantearon un recurso de queja.
Los jueces de la Sala I de la Cámara de Casación Diego Barroetaveña y Daniel Petrone decidieron rechazar los recursos de las defensas en estos incidentes. Alejandro Slokar, de la Sala I, no firmó por estar en uso de licencia. Dijeron que la decisión contra la cual se dedujo la impugnación -cuya denegatoria dio lugar a la queja- “no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella por sus efectos” y por eso debe ser rechazada.
Los camaristas sostuvieron que la Corte Suprema de Justicia tiene dicho que “las decisiones que rechazan la excepción de falta de acción y aceptan el rol de querellante, por regla no constituyen ni se asimilan a una sentencia final”. Y señalaron que las discrepancias que expusieron los letrados, “más allá de demostrar que no se comparten los fundamentos brindados por el tribunal”, no alcanzan para ser “agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad o en alguna cuestión federal”.
Así las cosas, ahora la UIF estará habilitada para ser querellante y podrá pedir medidas de prueba. Además, cuando el tribunal oral federal N°7 le ponga fecha al juicio oral y público, podrán acusar en ese proceso. Aún resta saber si la administración libertaria efectivamente lo van a hacer.
Antecedentes
En el Gobierno anterior la Oficina Anticorrupción y la UIF se retiraron de las querellas o hicieron un magro papel en las causas en que las que intervinieron, por ejemplo, sin acusar a Cristina Kirchner en el caso de Vialidad donde la expresidenta fue condenada a 6 años de prisión.
El actual gobierno comenzó diciendo que no iba a ser querellante, pero hace un mes cambió de posición y el titular de la Oficina Anticorrupción, Alejandro Melik, reveló que hacían en relevamiento de las causas de corrupción para determinar en que casos se iban a presentar como parte, de acuerdo con la gravedad institucional, el impacto económico y el alcance del caso. Ahora se confirmó que la UIF hará lo propio.
La otra novedad en esta causa fue la decisión del Tribunal oral Federal N° 7 de rechazar un pedido de nulidad del exsecretario Roberto Baratta que cuestionó que la fiscalía accedió al contenido de su teléfono celular. Dijo su defensa que ese contenido estaba resguardado por el juez y que permitió el acceso solo a partes, pero que el fiscal Carlos Stornelli obtuvo de “de manera subrepticia, sin registro alguno en el trámite y sin orden judicial” copia de todo el contenido del teléfono con “información privada, que no se vinculaba con el objeto de investigación, y que luego se la difundió masivamente”.
Los jueces del tribunal oral rechazaron la nulidad, dijeron que la denuncia por este hecho ya fue cerrada por inexistencia de delito y sostuvieron que el criterio en materia de nulidades es restrictivo y que para disponerlas es necesario que se verifique “un perjuicio cierto capaz de producir la limitación de algún derecho” al acusado. Además, los magistrados afirmaron que Baratta hace “meras conjeturas” en cuanto a responsabilizar a Stornelli por la difusión del contenido de su celular y señala que la denuncia por esa supuesta intromisión “fue desestimada y archivada por falta de delito”.
“En definitiva, se estima que la defensa no ha podido acreditar el perjuicio”, dijeron los jueces y rechazaron la nulidad. En esta causa hay 159 imputados -están todos en libertad- y los testigos ofrecidos son 899, lo que convierte a este expediente en la investigación de hechos de corrupción más extensa que se ha realizado en la historia judicial argentina.
La causa por los cuadernos de las coimas es producto de una investigación de LA NACION. Ya está elevada a juicio oral. El tribunal oral les permitió a todos los imputados, a los querellantes y a la fiscalía que hagan el ofrecimiento de la prueba que usarán en el proceso. Esto es, definir a testigos que quieran convocar, qué documentación quieren incorporar, o si entienden que hay que hacer medidas previas al comienzo de la audiencia, como nuevos peritajes. Ahora los jueces están analizando qué pruebas admiten y cuáles no.
La principal acusada en esta causa es Cristina Kirchner como jefa de una asociación ilícita. Las acusaciones surgieron de Oscar Centeno, un chofer del Ministerio de Planificación que anotó en cuadernos los viajes que hacía con funcionarios de la cartera para retirar sobornos pagados por empresarios. Funcionarios “arrepentidos” admitieron los cobros y los empresarios reconocieron los pagos ante la Justicia.
La causa no es un solo expediente, sino que son 10 expedientes que se encuentran conectados y por eso tramitan como un conjunto. El tribunal oral federal N° 7 es el encargado de determinar qué pruebas se admiten en el juicio o cuáles no. Los acusados vienen interponiendo diversos recursos de nulidad para frustrar la realización del juicio o excluir sus declaraciones como “arrepentidos”, en la cuales admitieron haber efectuado pagos a los empresarios. La fiscalía se opuso en todos los casos y lo propio resolvió el tribunal oral federal.
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