
Confirman el procesamiento y la prisión preventiva del extitular de la Arsat por narcotráfico
Se trata de Facundo Leal, a quien le hallaron drogas en cantidad cuando lo allanaron en una causa por corrupción
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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el planteo de la defensa del extitular de Arsat Facundo Leal y dejó firme su procesamiento con prisión preventiva por el delito de tráfico de estupefacientes, en la figura de tenencia con fines de comercialización.
Así lo decidió en la causa que se habría por las drogas halladas en su casa cuando fue detenido por otra causa, por presunta corrupción.
Leal cumple prisión domiciliaria porque un tribunal entendió que por su adicción a la drogas no puede estar en un penal.
La Sala I del tribunal, integrada por los jueces Daniel Antonio Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar, resolvió por unanimidad desestimar la queja que el abogado particular de Leal había presentado en forma directa, después de que el tribunal de apelaciones le denegara el recurso de casación por extemporáneo.

El 16 de julio pasado, la Sala II de la Cámara de Apelaciones había confirmado la decisión del juez de instrucción, que dispuso el procesamiento de Leal como autor del delito de tenencia de estupefacientes para su comercialización, el embargo sobre sus bienes por 30 millones de pesos y su prisión preventiva.
El juez Petrone dijo que la resolución impugnada no es una sentencia definitiva y la ley no habilita a recurrir ante ese tribunal.
Para sostenerlo, el juez recordó la jurisprudencia de la Corte Suprema y señaló que hubo decisiones coincidentes del juez de instrucción y de la cámara, sin que la defensa lograra demostrar una cuestión federal o un supuesto de arbitrariedad que justificara la intervención de Casación.
Sobre la prisión preventiva, Petrone reiteró que como existe una vía específica para discutir el encierro, como es el pedido de excarcelación, este planteo no es una resolución equiparable a sentencia definitiva. Por eso lo rechazó.
Barroetaveña adhirió a esos fundamentos y Slokar acompañó la solución con cita de precedentes de la Sala II. El tribunal impuso las costas a la defensa y tuvo presente la reserva del caso federal, el paso previo a un eventual recurso extraordinario ante la Corte Suprema. El expediente vuelve ahora al tribunal de origen.
El hallanamiento
El miércoles 28 de mayo, efectivos de la División Operaciones Federales de la Superintendencia de Investigaciones contra el Narcotráfico entraron a un departamento de la calle Ortiz de Ocampo al 2600, en Palermo.
Ejecutaban una orden del juez federal de San Isidro Lino Mirabelli en la causa que investiga contrataciones irregulares en Arsat, por la que se realizaron más de una decena de allanamientos simultáneos.
Pero lo que hallaron no estaba vinculado con el robo de equipos de fibra óptica que había originado el caso: encontraron 128 gramos de ketamina, 164 gramos de cristal MDMA, 72 pastillas de MDMA y 14 gramos de clorhidrato de cocaína.
También hallaron un vapeador con aceite de cannabis, quince cucharas, bolsitas tipo ziploc y una balanza. En las fotos que tomó la Policía Federal se ven cuatro bolsas medianas con tusi, la cocaína rosa, y las pastillas dispuestas de a una.
Además, encontraron 803.754 dólares en efectivo, 2.486.200 pesos argentinos y billetes de Uruguay, Brasil, México, Colombia, la Unión Europea y Tanzania.
Al mismo tiempo, en su casa de Mendoza aparecieron fajos por más de 1,7 millones de dólares. En total, en los dos domicilios se secuestraron 2.591.354 dólares sin declarar.
También se incautaron diecinueve dispositivos de inteligencia y espionaje, entre ellos micrófonos ocultos en anteojos y lapiceras.
Consultado por los efectivos durante el procedimiento, Leal se presentó como empresario agropecuario, pese a que había presidido Arsat durante el gobierno de Alberto Fernández y luego fue designado por la gestión de Javier Milei en el Orsna.
Como la droga había aparecido en un domicilio porteño, Mirabelli, se declaró incompetente en ese tramo de la investigación, que quedó en manos del juez Daniel Rafecas.
Rafecas lo procesó con prisión preventiva por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y le trabó un embargo de 30 millones de pesos. Es la decisión que la Cámara Federal porteña confirmó el 16 de julio y que Casación dejó firme.
Leal sostuvo desde el primer día que las sustancias eran para consumo personal y acompañó certificados médicos.
Pidió la prisión domiciliaria y Rafecas se la negó. Pero el Cuerpo Médico Forense constató un cuadro de dependencia y recomendó un tratamiento interdisciplinario en salud y adicciones.
El juzgado entonces le pidió al Servicio Penitenciario Federal un cupo en un Centro de Rehabilitación para Drogadependientes.
El Servicio Penitenciario contestó que Leal no podía ser incorporado al programa por las restricciones que rigen para internos procesados por determinados delitos de la Ley de Estupefacientes.
El 23 de julio, durante una licencia de Rafecas, el juez subrogante Sebastián Ramos le concedió la prisión domiciliaria.
Argumentó que el encierro carcelario era inadecuado y contraproducente frente a una adicción, que la agrava en lugar de atenderla; en el penal ya se le habían constatado cuadros de insomnio y ansiedad por la abstinencia, tratados con medicación psiquiátrica.
Volvió al mismo departamento de Ortiz de Ocampo, con tobillera electrónica, bajo control de su novia y monitoreo electrónico.
El aval del fiscal Guillermo Marijuan fue determinante, pues sostuvo que la imputación por tenencia con fines de comercialización luce endeble, que se trata de una persona con una adicción y que la investigación no logró acreditar una hipótesis de tráfico ni una cantidad de sustancias que permita sostener esa figura.
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