Convalidó la Justicia las leyes secretas
Dijo que no violan la Constitución
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La Justicia declaró constitucionales las cuestionadas “leyes secretas” que avalaron actos de gobierno tales como el pago de sobresueldos a funcionarios, con el argumento de que hay razones de seguridad nacional.
“Son normas propias de todo régimen republicano”, sostuvo la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Agregó que esas disposiciones representan “algo no querido pero necesario” y que “deben ser aceptadas como tales”.
Con este fallo –firmado el 14 de junio pasado, pero que sólo se dio a conocer ayer–, la Cámara revocó una sentencia de primera instancia que había sostenido que las normas secretas eran, por regla general, violatorias de la Carta Magna, y había establecido, como única excepción para justificar que permanecieran ocultas, que su público conocimiento "pusiera en riesgo la subsistencia de la República o la seguridad de la comunidad".
La Cámara no compartió este criterio y fue terminante. "No le corresponde al juez resolver en forma genérica qué leyes podrán ser secretas", advirtió en su fallo, que lleva las firmas de los camaristas Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Morán.
Así, la Justicia le dio la razón al Gobierno, que en el marco de esta causa se había opuesto a que se publicaran las leyes secretas vigentes. Su difusión implica un peligro para el Estado, había argumentado la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia.
No obstante, en sentido contrario se manifestó públicamente la primera dama, Cristina Kirchner. En 2005, mientras era candidata a senadora, encabezó una ofensiva contra las leyes secretas, que terminó con la aprobación del Senado de una iniciativa para publicar algunas normas y derogar otras.
Estas disposiciones existen en la Argentina desde 1891, cuando la ley S 2802 permitió la compra de un lote de fusiles Mauser. Desde entonces, fueron aprobadas 124 leyes que nunca se publicaron. La última, en 1981, durante la dictadura militar.
La causa que ayer consagró la constitucionalidad de estas directrices se inició con una denuncia del penalista Ricardo Monner Sans. En su carácter de abogado, presentó un amparo para conocer qué leyes "clandestinas" permitieron el cobro de sobresueldos.
En su presentación hacía referencia a la ley secreta 18.302, a la que la ex funcionaria María Julia Alsogaray había recurrido para justificar su enriquecimiento cuando era investigada por la Justicia. Alsogaray dijo entonces que percibía un suplemento salarial proveniente de fondos reservados y que había aceptado cobrarlo porque el entonces ministro de Economía, Domingo Cavallo, le había explicado que era lícito según esa normativa.
Otros ex funcionarios confirmaron estas declaraciones. Entonces, Monner Sans denunció el pago de sobresueldos durante el gobierno de Carlos Menem y promovió, además, el amparo ante el fuero contencioso administrativo contra las leyes secretas.
Hoy, la causa que investiga los sobresueldos está a punto de prescribir y las únicas dos personas que habían sido procesadas por el juez federal Jorge Ballestero -el ex ministro de Defensa Oscar Camilión y el ex funcionario de la Jefatura de Gabinete Rodolfo Aiello- cuentan con una falta de mérito.
Contramarcha
La denuncia contra las leyes secretas tuvo, en primera instancia, mejor suerte. La jueza Clara Do Pico (la misma que debe resolver si es inconstitucional la reforma del Consejo de la Magistratura) ordenó, en mayo de 2005, que la ley S 18.302 fuera publicada en el Boletín Oficial, igual que todas las normas que no pusieran en riesgo la seguridad pública.
La sentencia de la Sala V que revocó ese fallo reconoce que es "verdaderamente contradictorio" hablar de leyes secretas, pero advirtió: "La contradicción desaparece cuando se reconoce que el secreto en determinadas cuestiones hace a la preservación misma del Estado, como lo han sido desde siempre las cuestiones de seguridad externa e interna". Sostuvo, además, que si las leyes secretas son utilizadas para justificar hechos de corrupción no es responsabilidad de esas normas, sino de los funcionarios que abusan de ellas.
El criterio esgrimido en este fallo generó críticas de destacados constitucionalistas. En diálogo con LA NACION, Daniel Sabsay, Néstor Sagues, Alejandro Carrió y Gregorio Badeni afirmaron que las leyes secretas van en contra de la Constitución.
Badeni, incluso, ni siquiera las consideró verdaderas leyes. "Son leyes en embrión, porque si bien han sido sancionadas por el Congreso, no han sido publicadas, con lo cual nunca han entrado en vigor", sostuvo.
Monner Sans y el Colegio Público de Abogados de la Capital prometen llevar el debate hasta la Corte.
Los juristas, en contra
Daniel Sabsay
- "El fallo de la doctora Clara Do Pico era muy sólido. Las leyes secretas son abiertamente inconstitucionales. La esencia de todo acto republicano es su publicidad."
Néstor Sagüés
- "En términos generales, las leyes secretas son absolutamente inconstitucionales, porque violan el artículo primero de la Constitución, que adopta el sistema republicano de gobierno."
Alejandro Carrió
- "En cualquier caso en que el Congreso requiera una ley, esa ley debe ser pública. Lo que puede ser secreto son los medios de implementación de una política, pero no la política en sí."
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