Jesica Cirio pidió no usar como prueba los videos donde se la ve en un vestidor con fajos de dólares
La exmujer de Martín Insaurralde argumentó que un peritaje estableció que no es posible garantizar la autenticidad de las filmaciones
3 minutos de lectura'

Jesica Cirio pidió a la Justicia que no use como prueba de cargo en su contra y de su exesposo Martín Insaurralde los videos publicados por el diario LA NACION donde se la ve rodeada de fajos de dólares en un amplio vestidor. Ambos están siendo investigados por supuesto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
Cirio argumentó ante el juez federal Luis Armella, interinamente a cargo del juzgado federal de Lomas de Zamora, que un peritaje determinó que no se pudo establecer la trazabilidad de los videos y que no hayan sido manipulados.
La presentación de Cirio la efectuaron sus abogados Claudio Caffarello y Nicolás Urrutia, que expresaron que los videos “no merecen ni justifican, en un proceso que se precie de calidad en cuanto a la prueba de cargo, que forme parte del universo de evidencias de cargo, lo cual se deja así expresamente solicitado”.
El planteo de la defensa se apoya en las conclusiones de la pericia realizada por la DATIP, el área técnica del Ministerio Público Fiscal, sobre las imágenes publicadas el 20 de junio pasado.

Según la defensa, el dictamen pericial siembra dudas sobre la autenticidad del material. El primer cuestionamiento apunta a los metadatos: los peritos hallaron que las marcas temporales internas de captura de cada archivo estaban “completamente en cero”, lo que indicaría que los videos fueron reenviados por un servicio de mensajería o sometidos a algún proceso de edición, transcodificación o transferencia por aplicaciones como WhatsApp, Telegram o Signal, que remueven los datos de origen.
Para los abogados, eso impide afirmar que se trate de un documento fidedigno. El escrito remarca que ninguno de los siete videos llegó acompañado de un código hash previo a su extracción en la DATIP, la huella digital que permite garantizar que un archivo no fue alterado.
Ese código, sostienen, recién se calculó durante el procesamiento pericial, casi dos meses después de que el material ingresara al expediente. Dijeron que no se puede establecer su trazabilidad.
Los peritos advirtieron que el registro interno describía un pendrive en el sobre de la evidencia, pero que en su interior había en realidad una tarjeta micro SD marca Kingston de 32 GB dentro de su adaptador. Esa discordancia, afirma la defensa, “afecta la autenticidad y trazabilidad de los elementos aportados”.
Con esos argumentos, Caffarello y Urrutia concluyen que, al no contar con el sistema de archivos original, no puede determinarse el origen, el contexto de producción ni la identidad de quien generó las imágenes, y pidieron que el material quede fuera del universo probatorio de cargo. La decisión sobre la validez de la prueba quedará ahora en manos del juez de Lomas de Zamora.



