La Justicia revocó una sanción contra una casa de cambio y el Banco Central habla de “fallo escandaloso”
El juez Ernesto Kreplak rechazó una multa contra los dueños de Karuna Group, ligada al Frente Renovador, el partido de Sergio Massa; duras críticas de los abogados del Banco Central
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Un fallo judicial puso en alerta al Banco Central. El juez federal Ernesto Kreplak rechazó el pedido de aplicación de sanciones de multa planteado por el Banco Central contra Karuna Group, una casa de cambio de La Plata muy vinculada a la política platense y al Frente Renovador, el partido cuyo líder es Sergio Massa. Los abogados del BCRA y la Fiscalía apelaron por lo que la disputa podría terminar en la Cámara Federal de La Plata.
Según un extenso informe elaborado por la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco) e incorporado en una de las causas sobre el rulo financiero, esa casa de cambio pertenece a Juan Bautista y Carlos Emilio Melzi, ambos dirigentes del Frente Renovador de La Plata y cercanos a Héctor Rubén Eslaiman, exvicepresidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
La casa de cambio ubicada en la calle 7 de La Plata también está vinculada a Juan Ignacio Agra, uno de los financistas que tenía llegada directa a la política y que es investigado por su cercanía con Megalatina, una de las cuevas que más dólares compró durante el cepo.
El BCRA inició un sumario contra Karuna Group por operaciones de cambio que tuvieron lugar en el verano de 2023. Concretamente, se impugnó la compra de divisas entre el 31 de enero y el 31 de febrero de ese año por un monto total de US$ 1.600.000 a Stema Cambios y la posterior venta a Soy Vos SAS.

Entre otros cargos, el organismo regulador destacó que Karuna Group “no recabó de sus contrapartes elementos que le permitieran constatar que las operaciones guardaran relación con los usos y costumbres, la realidad económica y la lógica del mercado”.
En su defensa, los Melzi plantearon la prescripción de la acción penal cambiaria, la nulidad por violación a la garantía constitucional del debido proceso, la nulidad de la Resolución 112/25, la inconstitucionalidad de la Ley de Régimen Penal Cambiario, y la inconstitucionalidad del decreto 609/2019. Por su parte, Agra opuso las excepciones de falta de acción, “con sustento en su carácter de accionista ajeno al directorio y a la toma de decisiones, y en la prohibición de doble juzgamiento (non bis in idem)”.

Los Melzi son dirigentes del Frente Renovador de La Plata y cercanos a Eslaiman. Ambas familias, los Melzi y los Eslaiman, conocen la política y las finanzas. Natalia Carolina Eslaiman, hija de Héctor, fue contratada por Karuna Group durante ocho meses y en 2015 en la Cámara de Diputados bonaerense.

Al momento de decidir, el juez federal de La Plata sostuvo que la operatoria “se encontraba expresamente autorizada (...) toda vez que el límite cuantitativo objetivo para transacciones entre operadores de cambio recién fue establecido mediante la Comunicación “A” 7901″. Además, destacó que hubo otro sumario del BCRA, en 2024, contra Karuna y sus accionistas.
“Karuna Group obró amparada por la confianza legítima que le otorgaba la matrícula vigente también de la entidad cambiaria de su contraparte y que el organismo sancionador no puede encubrir sus propias deficiencias de supervisión imputando culpabilidad a un privado”, dijo el juez federal en su fallo.
Al momento de apelar, los abogados del Banco Central calificaron la resolución como un “fallo escandaloso”. “El hecho atribuido no consistió en superar un límite cuantitativo para operar entre entidades cambiarias, como pretende el fallo apelado, sino en haber dado curso a aquellas operaciones sin contar previamente con elementos suficientes para constatar su carácter genuino y su correcto encuadramiento, conforme al segundo párrafo del punto 1.2 de la Comunicación “A” 6844″.
Sobre los dos sumarios contra Karuna, el BCRA explicó que en el sumario cambiario 8407 se examina si las cuatro operaciones analizadas fueron cursadas sin satisfacer el deber previo de constatar su genuinidad y correcto encuadramiento. En cambio, en el sumario financiero 1650 se investigan irregularidades disciplinarias vinculadas con el tipo de operatoria que podía desarrollar la entidad y con el cumplimiento de las normas de funcionamiento aplicables a los operadores de cambio.
La Fiscalía, a cargo de Ana Miriam Russo, también apeló el fallo y pidió que la definición quede en manos de la Cámara Federal de La Plata. “En atención a la naturaleza definitiva de la decisión adoptada por el Señor Juez y a la eventual relevancia de los planteos formulados por el Banco Central de la República Argentina, corresponde procurar mediante este remedio procesal, que una interpretación restrictiva de las facultades recursivas de dicho organismo no impida el tratamiento de los agravios introducidos, ni el debido control de la resolución impugnada, por parte del tribunal de alzada”, dice la apelación.

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