
Massera fue trasladado a una prisión en Campo de Mayo
Lo dispusieron dos jueces, que consideraron que violó su arresto domiciliario
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El ex dictador Emilio Massera volvió ayer a prisión, casi diez años después de haber sido indultado por el ex presidente Carlos Menem.
El ex comandante entre 1976 y 1978 quedó detenido en una cárcel VIP de la Gendarmería Nacional, en Campo de Mayo, por haber violado el arresto domiciliario que cumplía en su quinta de El Talar de Pacheco.
El agravamiento de la detención fue dispuesta, en forma separada pero coincidentemente, por los jueces federales María Servini de Cubría y Claudio Bonadío, que revocaron el beneficio del que Massera disfrutaba por tener 75 años.
Para los magistrados está probado que vulneró las condiciones del arresto domiciliario -previsto en la ley 24.660- al salir a pasear por las calles linderas a su quinta situada en Figueroa Alcorta 680, sin justificación valedera (ver recuadro).
Temprano por la mañana, el ex almirante fue trasladado desde su departamento de Avenida del Libertador y San Martín de Tours hasta los tribunales de Retiro. Lo hizo para declarar ante Bonadío, que escuchó sus explicaciones antes de disponer su traslado a prisión.
Justificación
Massera admitió que atravesó el perímetro de su quinta, pero trató de justificarse diciendo que se sentía mal, que tocaron el timbre y que atendió pensando que era el médico al que habría llamado, dijeron fuentes judiciales.
Según esos informantes, Massera reconoció haber salido de su vivienda, pero aclaró que fue "la única vez" que lo hizo y que "no se alejó más de 5 o 10 metros" de la puerta.
El magistrado no consideró válidas sus explicaciones y revocó el arresto domiciliario, en una decisión similar a la que pocas horas antes había adoptado Servini de Cubría.
Ambas resoluciones fueron tomadas después de escuchar anteayer los testimonios de los dos periodistas de la revista Veintitrés, Martín Sivak y Daniel Davobe, que sorprendieron al ex marino el miércoles último a las 6.49.
Massera, que durante el juicio a las Juntas Militares realizado en 1985 fue condenado a reclusión perpetua, está actualmente a disposición de dos jueces: Servini de Cubría y Adolfo Bagnasco, que está de licencia y es subrogado por Bonadío.
Servini de Cubría ordenó la detención de Massera el 24 de noviembre de 1998 y lo procesó con prisión preventiva por la apropiación ilegal y sustitución de identidad de Javier Penino Viñas, que nació en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA).
Seis meses después, Bagnasco lo procesó con prisión preventiva por su supuesta responsabilidad en un plan sistemático de robo de bebes.
En diálogo con La Nación , el abogado de Massera, Miguel Arce Aggeo, criticó la resolución de la jueza "porque ni siquiera escuchó a mi defendido".
El letrado presentó un recurso de nulidad y revocatoria ante la magistrada para que revea su medida porque -dijo- "se violó el derecho de defensa en juicio" del ex militar y adelantó que también apelará la resolución dictada por Bonadío.
Massera fue descubierto en violación a las condiciones del arresto domiciliario por miembros de la organización Hijos, que agrupa a descendientes de secuestrados durante la dictadura. Los jóvenes alertaron sobre la irregularidad a los periodistas de la revista Veintitrés, que el miércoles último registraron in fraganti al ex almirante.
En el Casino de Oficiales de la Región I de Campo de Mayo, donde esperará los dos juicios orales que deberá enfrentar por el secuestro de al menos 10 bebes, Massera se reencontró ayer con su ex subordinado, el capitán retirado Jorge "Tigre" Acosta -también procesados por el robo de niños- y con el coronel retirado Edberto González de la Vega, procesado por la venta ilegal de armas.
Estaba sin custodia
¿Nadie custodiaba a Massera en su quinta? La respuesta es "no". Así lo dispone la ley 24.660, de Ejecución de la Pena, que prevé las condiciones de la prisión domiciliaria.
La norma señala que "el condenado mayor de 70 años (...) podrá cumplir la pena impuesta en detención domiciliaria, por resolución del juez", cuando media el pedido de un familiar que asuma su cuidado. Ese era el caso del ex almirante, que tiene 75 años y cuyo hijo debía encargarse de que no burlara a la Justicia.
"La supervisión de la detención domiciliaria en ningún caso estará a cargo de organismos policiales o de seguridad", indica la ley, que estipula la revocatoria del beneficio cuando el condenado quiebra injustificadamente su obligación de permanecer en el domicilio acordado.
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