Oil Combustibles | Avanza en la Corte un recurso para revisar las absoluciones de López y De Sousa
El máximo tribunal le envió el caso al procurador para que dictamine; es la segunda vez que la fiscalía llega a la Corte para pedir que se reviertan fallos que favorecieron a los empresarios
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La Corte Suprema de Justicia activó con velocidad la causa en la que debe revisar las absoluciones del empresario Cristóbal López y de su socio Fabián de Sousa en el caso Oil Combustibles, donde ambos fueron investigados porque retuvieron impuestos a los combustibles con los que capitalizaron empresas de su grupo económico.
La Corte envió al procurador Eduardo Casal al recurso de queja del fiscal Mario Villar, que reclama que ambos empresarios sean condenados porque entiende que fueron absueltos en base a una evaluación irregular de la prueba. Casal dictaminará en las próximas semanas y la Corte estará entonces en condiciones de decidir.
En esta causa ya intervino la Corte en 2024: cuestionó los fallos que convalidaron las absoluciones y las anuló, pero los tribunales que debían volver a fallar insistieron en desvincular a López y a De Sousa.

En ese expediente el extitular de la AFIP Ricardo Echegaray fue condenado a cuatro años de prisión por fraude, por haber permitido que la empresa obtuviera un plan de pago. Sin embargo, los empresarios beneficiados por esa medida fueron absueltos.
López y de Sousa, dueños de C5N, fueron absueltos en 2021 por el Tribunal Oral Federal N° 3 con los votos de los jueces Fernando Machado Pelloni y Javier Ríos. El juez Andrés Basso votó en disidencia.
Tras ello, la fiscalía apeló por lo que el caso fue revisado por la Cámara Federal de Casación, que confirmó el sobreseimiento con las firmas de Diego Barroetaveña y Daniel Petrone. Los magistrados concluyeron que la petrolera de López y De Sousa se había beneficiado de una autorización ilegítimamente otorgada por Echegaray que provocó un perjuicio al Estado Nacional. Sin embargo, confirmaron la absolución de los empresarios por aplicación del beneficio de la duda. Es decir, entendieron que los indicios y las pruebas eran incriminatorios, pero no suficientes para condenarlos.
No obstante, por el recurso de apelación del fiscal Villar, el caso llegó hasta la Corte Suprema.
El 28 de mayo del 2024, por unanimidad, la Corte anuló las absoluciones de López y de Fabián de Sousa y mandó a dictar un nuevo fallo. En esa intervención, la Corte fue muy dura con la sentencia de Casación absolutoria: consideró que resultaba “arbitraria”, tanto por “dogmática” como por “fragmentaria”.
Intervinieron entonces otros jueces de Casación para revisar las absoluciones, pero ellos volvieron a absolver a López y a De Sousa pesar de lo que había dicho la Corte.
Alejandro Slokar y Mariano Borinsky, con la disidencia -con duros argumentos- del juez Guillermo Yacobucci, volvieron a desvincularlos.
Slokar, que fue funcionario del gobierno de Néstor Kirchner, dijo que la acusación “no logró demostrar que existió un entramado delictivo entre privados y funcionarios públicos para obtener recursos del Estado en beneficio propio”. Argumentó que no se probó un tratamiento preferencial a Oil Combustibles SA por parte de la AFIP.
Borinsky, en tanto, argumentó que el caso estaba prescripto por el paso del tiempo, a pesar del carácter de Echegaray de funcionario. Dijo que si bien Echegaray es funcionario, no ocupa en la AFIP un rol tan relevante como para influir en la causa o en las evidencias.
El Código Penal establece, en su artículo 67, que la prescripción se suspende en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública cuando uno de los imputados es funcionario, como es el caso de Echegaray.
La disidencia
Por el contrario, Yacobucci, en disidencia, postuló que la acción penal contra López y De Sousa mantiene su vigencia. Dijo que ambos resultaron beneficiarios directos de algo que ya ha sido considerado ilícito por la Corte Suprema. Argumentó que la causa no está prescripta porque Echegaray sigue siendo funcionario público del ARCA, ex AFIP, y que desde su posición puede seguir entorpeciendo la investigación.
Dijo Yacobucci que los argumentos para absolverlos fueron “arbitrarios” y que López y De Sousa actuaron “en connivencia” con el titular por aquel entonces del ente estatal, Echegaray.
“Los empresarios López y De Sousa recibieron, a través de su empresa, un tratamiento privilegiado, irregular y, por sobre todo, ilegítimo por parte de AFIP y de su titular de aquel momento, que les permitió beneficiarse de un modo indebido en desmedro del erario público, lo que da sustento a su condena en los términos en los que la acusación postuló”, afirmó el camarista que votó en disidencia.
El fiscal Villar volvió entonces a llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia mediante un recurso de queja.

El miércoles pasado, antes del fin de semana largo, la Corte apuró el expediente y envió el recurso de Villar al procurador Casal -jefe de los fiscales y fiscal ante la Corte- para que decida si sostiene o no los argumentos de Villar.
Lo mas probable es que sostenga estos argumentos y eleve su dictamen a la Corte para que el máximo tribunal vuelva a fallar contra las absoluciones de los empresarios.
Esta causa corre paralela a la de Vialidad, donde está condenada Cristina Kirchner, y ambas están en la misma instancia: con una vista a Casal para que dictamine. La diferencia es que en un caso la acusada llega condenada y en el otro los empresarios llegan absueltos.
Puede que la respuesta de Casal sea simultánea en ambos casos.
La relación con Hotesur
Esta causa está relacionada con el caso de lavado de activos Hotesur-Los Sauces contra Cristina Kirchner y su hijo Máximo.
En ese causa se investiga si el beneficio que obtuvieron López y De Sousa con el caso Oil fue compensado con transferencias de dinero realizadas a empresas de los Kirchner, como pagos por contratos de alquiler.
LA NACION reveló en septiembre de 2013 y marzo de 2016 que López y De Sousa habían apalancado la expansión del Grupo Indalo en los miles de millones de pesos que debieron haber girado a la AFIP en concepto del impuesto a la transferencia del combustible (ITC), pero que utilizaron para comprar empresas y financiar sus operaciones.
Aquella revelación periodística provocó la apertura de la investigación penal que meses después llevó a la detención de los dueños del Grupo Indalo y a la condena, años después, de Echegaray.

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