
Por cuarta vez consecutiva: los jueces que blindan al Chiqui Tapia frenaron un pedido para revisar sus libros contables
Rolleri, Caia y Converset de la Sala D de la Cámara Civil salen en defensa de la cúpula del fútbol; ahora dicen que el tema “no atañe al interés de la comunidad”
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Los jueces de la Sala D de la Cámara Civil Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y el subrogante Juan Manuel Converset salieron, por cuarta vez consecutiva, en auxilio de la AFA y de su presidente Claudio “Chiqui” Tapia.
Son el tribunal que más se esforzó por blindar a la cúpula de la AFA de las investigaciones judiciales.
En este caso, los jueces rechazaron un recurso de la Inspección General de Justicia (IGJ) contra la decisión del tribunal que le impidió revisar los balances de la AFA.
La cúpula de la AFA insiste en que su sede no está en la ciudad de Buenos Aires, sino en un predio de Pilar, donde está instalada una carpa.
La maniobra buscó llevar la jurisdicción a la provincia de Buenos Aires, en un intento por evitar que la IGJ revise sus libros contables. Si lo consiguen, quien debería controlar los libros de la AFA es la provincia de Buenos Aires, comandada por Axel Kicillof, que designó a Tapia al frente de un organismo público, el Ceamse.

Ya el 18 de junio pasado, los mismos jueces habían avalado el controvertido traslado de la sede social del a AFA a Pilar y dejó a la entidad de Claudio Tapia fuera del control del organismo nacional.
Al Estado nacional solo le queda ahora presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia para que decida.
La decisión, firmada por los jueces Rolleri, Caia y el subrogante Converset, respalda el fallo del 18 de junio pasado, en el que ese mismo bloqueó a la Inspección General de Justicia.
Esa sentencia canceló la inscripción de la AFA en el registro a cargo de la IGJ y declaró que el control de legalidad pasaba a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense.
La IGJ y el Ministerio de Justicia, contra esa decisión, dijeron que la decisión vulneraba “los principios constitucionales de legalidad, debido proceso, razonabilidad y división de poderes”.
La AFA contestó que no había cuestión federal y que el Estado solo mostraba su desacuerdo con el fallo.
Los camaristas les dieron la razón a la AFA y dijeron que no hay arbitrariedad, no hay cuestión federal ni gravedad institucional. “Ninguno de los presupuestos aludidos se presenta en el caso”, escribieron.
Al hablar de la gravedad institucional, los jueces dijeron que este caso “no excede el interés individual de las partes ni atañe de modo directo al de la comunidad”.
Es decir que quien controla los balances de la AFA es un asunto entre las partes y no tiene interés público.
El Estado nacional había sostenido lo contrario. En el escrito firmado por la Procuración del Tesoro, a cargo de Sebastián Amerio, el Ministerio de Justicia y la IGJ dijeron que permitir que grandes asociaciones de alcance nacional cambien su jurisdicción registral para eludir fiscalizaciones implica sacarlas del control estatal y debilitar el poder de policía sobre empresas, asociaciones y fundaciones.
El conflicto arrancó en la asamblea general ordinaria del 17 de octubre de 2024, en el predio de Ezeiza, donde la AFA aprobó por unanimidad la reelección anticipada de Tapia hasta 2028 y la reforma del estatuto para fijar el domicilio en la provincia de Buenos Aires.
Días antes, la IGJ que estaba a cargo de Daniel Vítolo había declarado irregular e ineficaz esa convocatoria y bloqueó el tratamiento de la reelección, la reforma estatutaria y la mudanza.
La AFA desoyó esa resolución, hizo la asamblea y apeló. La Justicia le dio la razón a la AFA, que avanzó con la mudanza y la reelección de Tapia.
La AFA fijó su sede en Mercedes 1366, Pilar, mediante un comodato con el municipio.
La IGJ envió inspectores, constató que allí no funcionaban oficinas de administración y, el 18 de febrero de 2026, rechazó la mudanza y la cancelación de la matrícula nacional.
Pero otra vez los mismos jueces de la Sala D de la Cámara Civil salvaron a Tapia. Anularon las dos medidas.
Sostuvieron que, una vez decidido el cambio de domicilio por una asamblea válida, la competencia pasó a la provincia de Buenos Aires.
El Estado intentó dos caminos, pidió que el Tribunal Superior de Justicia porteño revisara el caso, pero otra vez la Sala D declaró inadmisible ese planteo y dio traslado del recurso extraordinario federal. Ese es el que ahora fue rechazado. Solo queda ahora ir a la Corte.


