Condenan a un portero por acosar a una adolescente que vive en el edificio donde trabajaba
Además, el imputado deberá realizar un taller sobre violencia de género y cumplir otras pautas de conducta tales como prohibición de acercamiento y contacto con la menor y su familia
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El encargado de un edificio fue condenado luego de que la justicia determinara que eran reales las denuncias efectuadas por la madre de una adolescente que demandó al empleado por acosar a la menor de edad cada vez que se la cruzaba.
El caso se inició a partir de la denuncia de la madre de la menor, quien manifestó que el hombre, que se desempeñaba como encargado del edificio donde vivía, la miraba lascivamente, se le acercaba demasiado invadiendo su espacio personal y le murmuraba comentarios de índole sexual, cada vez que se la cruzaba en las zonas comunes del edificio, así como en las inmediaciones.
Luego de la investigación y recolección de testimonios y pruebas, José Sylvié, titular de la Fiscalía penal juvenil, contravencional y de faltas Nº 10, entendió que el hecho encuadraba en la contravención de acoso sexual e intimidación, ambas agravadas por haber sido cometidas contra una persona menor de 18 años y por haberse basado en la desigualdad de género.
Durante el juicio se tuvo en cuenta el testimonio de la menor que declaró en cámara gesell, así como el de su madre y otros testigos. Allí se pudo saber que el estado de angustia y nerviosismo que atravesaba la víctima producto de esta situación. La misma, incluso, tuvo que cambiar sus rutinas y su forma de vestirse debido al miedo que le generaba cruzarse con el imputado.
El caso también contó con la intervención del Área de Asistencia de Niños, Niñas y Adolescentes del Ministerio Público Fiscal que asistieron a la menor durante el proceso, y con la asesoría de profesionales del Ministerio Público Tutelar, que hicieron hincapié en el impacto en la salud física, psicológica, escolar y social de la menor víctima y, en la triple vulnerabilidad de la adolescente, por ser víctima, de género mujer y menor de edad.
Finalmente, el Juez Pablo Casas, del Juzgado PCyF 10, hizo lugar a los planteos de la fiscalía y condenó al hombre por la contravención de acoso sexual agravada por haber sido cometida contra una persona menor de 18 años y por haberse basado en la desigualdad de género, en un contexto de violencia de género de tipo sexual, psicológica y simbólica bajo la modalidad de violencia pública a la pena de 3 días de arresto en suspenso.
Además, el imputado deberá realizar un taller sobre violencia de género y cumplir otras pautas de conducta tales como prohibición de acercamiento y contacto con la menor y su familia, entre otras.
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