Dan vuelta un fallo y condenan a un empresario por la desaparición de una mujer
SANTA FE.- Vuelco total en el caso de Paula Perassi, una mujer radicada en la localidad de San Lorenzo, en el norte del Gran Rosario, que se convirtió en un ícono de la lucha de las mujeres del colectivo "#Ni una menos" desde su desaparición, en septiembre de 2011. La Cámara de Apelaciones de los Tribunales de Rosario revocó las absoluciones del juicio realizado en mayo pasado y resolvió condenar a 17 años de prisión al empresario Gabriel Strumia y a 7 años a su esposa, Roxana Michl, como culpables del homicidio, a pesar de que nunca apareció el cuerpo de la víctima. En el mismo acto la Justicia provincial confirmó la absolución de otros siete civiles y policías.
Los jueces Gustavo Salvador, Javier Beltramone y Carolina Hernández, desestimaron el fallo de primera instancia dictado por sus colegas Griselda Strologo, Mariel Minetti y Álvaro Campos, que hace seis meses habían resuelto dejar libres de cargos a los nueve imputados por el beneficio de la duda.
A Strumia y a Michl los magistrados les impusieron medidas de conducta, ya que permanecerán en libertad en tanto pueden apelar el nuevo fallo. Deberán comparecer semanalmente, no podrán salir del país y no podrán modificar sus domicilios.
Tras el veredicto, el padre de la mujer desaparecida, Alberto Perassi, reclamó: "Denme los huesos de Paula y no hablo más". Su esposa, Alicia Ostria, reclamó: "Que digan lo que hicieron con el cuerpo de nuestra hija".
El caso
Paula Perassi fue vista por última vez la noche del domingo 18 de septiembre de 2011 luego de recibir un llamado a las 20.46 horas que motivó que saliera de su casa. La persona que realizó el llamado fue Gabriel Strumia; su teléfono fue identificado en las cercanías de la casa de Paula.
Paula cursaba un embarazo de seis semanas, aparentemente producto de la relación extramatrimonial que mantenía con el empresario. Según opinaron oportunamente los responsables de la pesquisa, que su esposa se enterara de aquella relación suponía para Strumia sincerarse acerca de su infidelidad y asumir una paternidad, lo que tendría muchos costos para su matrimonio.
Para la fiscalía este sería el móvil del crimen y lo que obligó a Strumia a llevar adelante acciones para impedir que el embarazo avanzara, ya que Paula estaba dispuesta a continuar con él.
El jueves 2 de mayo pasado se conoció la sentencia en el juicio que investigaba la desaparición y muerte de Paula, y que terminó con todos los acusados absueltos por insuficiencia de pruebas de cargo.
El proceso había comenzado el 21 de marzo en el Centro de Justicia Penal (CJP) de Rosario. Se llevaron a cabo 18 audiencias y prestaron declaración 186 testigos en una de las causas penales más importantes de Santa Fe, por la presencia de empresarios y policías entre los acusados.
Familiares, amigos y organizaciones sociales y políticas acompañaron a sus padres durante más de un mes en las inmediaciones del CJP. El 2 de mayo coparon desde muy temprano las inmediaciones del lugar a la espera del veredicto. La respuesta fue la absolución de cuatro civiles y cinco policías y la argumentación de una "deficiente investigación". "No se puede condenar a personas que no se puede probar que cometieron los delitos por los que se los acusó", expresó la jueza Strologo.
Los acusados del juicio se dividen en dos grupos. Por un lado, aquellos a quienes se les atribuían los delitos de privación ilegítima de la libertad y aborto no consentido seguido de muerte de Paula Perassi: Mirta Rusñisky, señalada como la autora de la interrupción del embarazo de Paula; Antonio Díaz, empleado de Strumia; el exjefe de Cuerpos de San Lorenzo, Daniel Puyol, acusado del delito de encubrimiento por favorecimiento personal y real y por no denunciar la perpetración de un delito; y para el resto de los uniformados, Jorge Krenz, Gabriel Godoy, María José Galtelli y Aldo Gómez, quienes habían sido imputados por los delitos de encubrimiento por favorecimiento personal, por no haber denunciado la perpetración de un delito cuando estaban obligados a promover la persecución penal, agravado por su condición de funcionario público, e incumplimiento de los deberes de funcionario público, por sustracción y destrucción de objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente y falsedad ideológica de instrumento público en concurso real, en calidad de autor.
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