Violencia de género: procesan al empresario al que su novia modelo denunció a través de las redes sociales
El empresario Esteban Mallorca Tebaldi fue procesado y quedó a las puertas de un juicio oral acusado de los delitos de "daño simple", "privación ilegítima de la libertad", "lesiones leves" y "tentativa de homicidio" cometidos durante una relación signada por la violencia de género con la denunciante, la modelo Camila Serra, que era su pareja hasta el último de una larga sucesión de hechos, en junio pasado.
Fuentes judiciales informaron a la agencia de noticias Télam que la resolución fue dictada por el juez en lo Criminal y Correccional Diego Javier Slupski, que además de procesar sin prisión preventiva al empresario de 33 años, ordenó trabarle un embargo de 500.000 pesos. El magistrado confirmó que Mallorca Tebaldi deberá cumplir de manera irrestricta la restricción de acercamiento hacia Serra y el uso de una tobillera electrónica para el monitoreo de sus movimientos hasta que se realice el juicio.
El expediente se inició en julio pasado a raíz de la denuncia presentada por Serra, quien primero contó a través de las redes sociales el calvario que había vivido con Mallorca Tebaldi y luego llevó su acusación a los tribunales.
Según una resolución dictada en las últimas horas, el empresario fue procesado por los presuntos delitos de "daño simple" en concurso con "privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida mediante violencia" y por "lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra una persona con la que mantenía una relación de pareja y por haber mediado violencia de género".
A esos delitos se sumó también el de "tentativa de homicidio agravado por haber sido cometido contra una persona con la que mantenía una relación de pareja y por haber mediado violencia de género", según reza la resolución judicial a la que tuvo acceso Télam.
"La presencia de lesiones contusas en el cuello de Camila Ailén Serra, calificadas por los profesionales médicos como de ahorcamiento, exhiben sin dudas que el propósito del imputado era el de provocar la asfixia de la damnificada y causarle su muerte, como lo había anunciado", señaló en sus fundamentos el magistrado, en relación con el delito de "tentativa de homicidio" por el que procesó al empresario.
En este sentido, el juez entendió que "pese a no haber podido lograr la consumación" del homicidio, "resulta evidente que el accionar del imputado estuvo dirigido por la voluntad de causar la muerte de quien era su pareja y con el pleno conocimiento de que, con el medio empleado, bien pudiera haberlo logrado".
"Además de haberse valido de su fuerza física para lastimar a su pareja, el imputado también se encontraba provisto de un arma de fuego cargada y con aptitud para el disparo, elemento que utilizó en varias ocasiones de la noche para amenazar a la damnificada y dar a conocer su intención homicida", agregó el magistrado.
Al mismo tiempo, el magistrado puso el acento en "la robustez" del empresario y en el "entrenamiento físico ampliamente demostrado", que demandó la intervención simultánea de "ocho prefectos para lograr reducirlo y contenerlo" el 22 de junio pasado en su lujoso departamento de Puerto Madero.
En este sentido, la Justicia determinó que, si bien "el resultado fatal" en relación con su entonces pareja "no pudo ser alcanzado, no lo fue porque no lo hubiera pretendido en su plan original sino por las circunstancias casuales y ajenas a su voluntad que le impidieron que continuara ahorcándola y golpeándola".
"Tanto en el caso de las lesiones causadas en el marco del hecho 2 como en la tentativa de homicidio conformada en el hecho 3, resultan aplicables las agravantes previstas en el artículo 80, inciso 1° y 11° (en función del art. 92 en el caso de las lesiones), por verificarse en la especie los requisitos relativos al género entre agresor y agredido, la violencia de género y la relación de pareja que existía entre ambos", describió el fallo.
Sobre la base de pruebas, testimonios e informes de peritos, la Justicia concluyó que los hechos denunciados por Serra se enmarcan en un caso de "violencia de género en relación de pareja, con altísimo riesgo para la víctima, con la presencia de violencia verbal, psicológica y física".
Además, según consta en el expediente, la información contenida en el teléfono celular de la modelo permitió probar la existencia de "violencia de diferentes tipos (física, psicológica, aislamiento, económica) en forma sistemática, a lo largo de la relación", ejercida por Mallorca Tebaldi.
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