
Retiran jeringas y el material patológico abandonados en lo que fue el “vacunatorio más grande de la Argentina” en Pilar
Lo ordenó una fiscalía bonaerense a instancias de una denuncia basada en un informe de La Cornisa, el programa que conduce Luis Majul en LN+
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Efectivos de la Policía de la Provincia de Buenos Aires están retirando el importante volumen de vacunas, jeringas y otros materiales de uso médico que había quedado en situación de abandono en el imponente edificio situado en el kilómetro 46 de la ruta 8 que funcionó como vacunatorio durante la pandemia de Covid y que hasta marzo de 2025 estuvo en manos de la municipalidad de Pilar hasta que la Justicia federal porteño ordenó restituir el predio al abogado y empresario Mateo Corvo Dolcet, a quien se lo habían incautado en el contexto de una causa por presunto lavado de dinero en la que se dictó su sobreseimiento provisional.
Aunque el conflicto por el predio prosigue -y es objeto de causas penales en distintas jurisdicciones-, la medida judicial urgente busca resolver la cuestión de la presencia de material patogénico potencialmente riesgoso para quien ingrese en el predio, que oportunamente iba a ser destinado a un megaemprendimiento que comprendería un complejo de locales comerciales, cocheras y un centro de trasbordo de pasajeros combinado con el servicio del ferrocarril Belgrano Norte, que tiene su cabecera en Retiro y una estación frente a la Ciudad Universitaria de la UBA, muy cerca del estadio de River y del Aeroparque Metropolitano.

En el interior del edificio, que ocupa un solar de nueve hectáreas a la vera de la autopista Panamericana y el cruce con Roberto Caamaño, había un sinnúmero de vacunas y certificados de vacunación contra el Covid -en su mayoría, vencidos- y diverso material de uso médico que, según verificaciones de la Anmat, estaban en deficitario estado de conservación, lo que los volvía inutilizables.
El fiscal Raúl Casal, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio (UFIJ) N° 1 de Pilar, tomó a su cargo el procedimiento a partir de la denuncia que el exconcejal de Pilar (Coalición Cívica-ARI) Matías Yoffe realizó luego de que el domingo, en el programa “La Cornisa”, que emite el canal LN+, los periodistas Luis Majul y Luis Gasulla presentaron una nota especial sobre el problema. “Un informe de La Cornisa expuso el abandono del vacunatorio más grande de la Argentina”, revelaba la emisión.
A tal efecto, y en la instrucción penal preparatoria (IPP) PP-14-02-012606-26/00, caratulada como “averiguación de ilícito”, Casal debió pedir autorización al juez federal porteño Marcelo Martínez de Giorgi, que el 25 de abril de 2023 había dispuesto la restitución del inmueble a la sociedad Pilar Bicentenario, que encabeza Corvo Dolcet, medida que se hizo efectiva con una orden de allanamiento y desalojo del 12 de marzo de 2025, ocasión en la que ordenó documentar el estado del inmueble y se autorizó a la Municipalidad de Pilar a “retirar aquellos bienes que acreditara como propios, bajo la supervisión de la fuerza de seguridad interviniente, garantizando que no se afectaran derechos de terceros ni se ocasionara perjuicio alguno a Pilar Bicentenario SA”.
El municipio había tenido en custodia el inmueble, por su pedido, desde 2020, cuando el edificio había quedado interdictado por decisión judicial en el marco de una causa por lavado de dinero. En ese contexto, funcionó como vacunatorio durante la pandemia y, una vez finalizada, la comuna le dio otros usos, como, por ejemplo, la emisión de licencias de conducir. De hecho, entre el material abandonado y desparramado por los pisos del inmueble había cédulas plásticas para registros emitidas y por emitir, además de legajos de personas.

Casal le dio intervención a personal capacitado para hacer el retiro del material peligroso que pudiera haber, habida cuenta de que constaba la existencia de material patológico, que requiere de protocolos específicos y especiales para su manipulación y disposición ulterior. Como se dijo, además del material sanitario había licencias de conducir y los legajos de antecedentes de personas desparramados por el predio que también debían ser retirados para preservar la privacidad de las personas involucradas.
En el operativo, que comenzó este miércoles a la tarde, participan móviles de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, una dotación de la comisaría de La Lonja y, especialmente, personal especializado de la División de Policía Ecológica con el auxilio del Cuartel de Bomberos de Pilar.
El 13 de Marzo de 2025 de manera intempestiva la justicia desalojó el predio del KM 46 de la Panamericana donde funcionaba un vacunatorio y otras dependencias municipales de Pilar, sin dejar retirar los elementos de trabajo, las vacunas y los diferentes insumos que correspondían… pic.twitter.com/oZl0if6g74
— Nicolás Kreplak (@nkreplak) August 24, 2026
La resolución judicial
El juez Martínez de Giorgi sostuvo, respecto de la solicitud del fiscal bonaerense Casal, que “no existe objeción” por parte suya para que, “en el ámbito de la competencia que le fuera asignada con motivo de la denuncia allí radicada, adopte las medidas que considere pertinentes respecto de aquellos efectos existentes en el inmueble que no se encuentran vinculados con el objeto de estas actuaciones -particularmente los relacionados con cuestiones de índole sanitaria y con documentación correspondiente a vecinos del Partido de Pilar-, a fin de asegurar su adecuado resguardo, tratamiento y, en su caso, destino”.
A los efectos de dar contexto a la resolución, el juez federal manifestó que “mediante resolución de fecha 25 de abril de 2023 este tribunal dispuso la restitución del inmueble objeto de este incidente y, posteriormente, el 12 de marzo de 2025 ordenó hacer efectiva esa decisión mediante el allanamiento y desalojo del predio ubicado en Autopista Acceso Norte Ramal Pilar, Km. 46 y vías del Ferrocarril General Belgrano (Circunscripción X, Sección Rural, Parcela 2349 “c”), del partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires".

Agregó que “en esa última oportunidad se dispuso, asimismo, la verificación y documentación del estado actual del inmueble al momento de su recuperación y se autorizó expresamente a la Municipalidad de Pilar a retirar aquellos bienes que acreditara como propios, bajo la supervisión de la fuerza de seguridad interviniente, garantizando que no se afectaran derechos de terceros ni se ocasionara perjuicio alguno a Pilar Bicentenario S.A”, pero que “sin embargo, de las constancias reunidas hasta el momento no se advierte que, con posterioridad a aquella diligencia, se hubiera instado ante esta sede medida adicional alguna tendiente a completar el retiro o resguardo de los elementos que pudieran haber permanecido en el lugar”.

El juez aclaró que aquella resolución “fue parcialmente revocada por la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal el 17 de marzo de 2026, disponiéndose que la restitución del inmueble fuera efectivizada en carácter de depósito judicial, a fin de evitar que se comprometiera el patrimonio de Pilar Bicentenario S.A”.

“Ahora bien, la Municipalidad de Pilar solicita que se arbitren medidas respecto de diversos elementos que permanecerían en el interior del predio, cuyo estado actual manifiesta haber conocido a través de informes periodísticos recientemente difundidos, en los que se exhibirían, entre otros efectos, jeringas, elementos vinculados con la actividad sanitaria desarrollada en el lugar y documentación relacionada con dependencias municipales. Frente a ello, corresponde señalar que la intervención de este tribunal respecto del inmueble estuvo circunscripta al dictado y la ejecución de las medidas cautelares vinculadas con el objeto de estas actuaciones y, finalmente, a hacer efectiva su restitución en las condiciones posteriormente establecidas por el tribunal de alzada”, suscribió Martínez de Giorgi.

El magistrado señaló: “A ello se suma que en marzo de 2026 se dictó el sobreseimiento de, entre otras personas, Mateo Corvo Dolcet, presidente de Pilar Bicentenario S.A., sociedad titular del inmueble, decisión que fue apelada y que, por lo tanto, no se encuentra firme. En tales condiciones, y sin perjuicio del estado procesal de aquel pronunciamiento, lo cierto es que los bienes muebles, documentación, insumos y restantes elementos que pudieran encontrarse actualmente en el interior del predio no se hallan afectados a esta causa ni sujetos a una medida cautelar dispuesta por este tribunal, de modo que no corresponde adoptar, en el marco de estas actuaciones, decisiones acerca de su retiro, guarda, conservación, tratamiento o destino”.
Prosiguió: “Ello resulta particularmente claro respecto de la documentación que pertenecería a la Municipalidad de Pilar o que habría sido generada o expedida por sus propias dependencias, así como de los elementos vinculados con las actividades sanitarias desarrolladas en el lugar, cuya administración, resguardo, tratamiento y eventual disposición corresponden, en su caso, a las autoridades provinciales o municipales con competencia específica en la materia y no constituyen una cuestión sometida a decisión jurisdiccional en estas actuaciones”.

El juez aclaró: “No puede soslayarse, además, que la Municipalidad de Pilar no reviste el carácter de parte en esta causa. En efecto, su solicitud de acceso e intervención en este incidente fue oportunamente rechazada por este Tribunal, decisión confirmada por la Sala I de la Cámara del fuero y, posteriormente, por mayoría, por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, que rechazó el recurso deducido por su representación”.

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