Media sanción para el proyecto que aumenta las penas a los conductores que maten o causen lesiones graves
El castigo será de tres a seis años de prisión; también se aplicará a quienes se den a la fuga y no socorran a las víctimas del accidente o se encuentran bajo efectos de estupefacientes o alcohol
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La Cámara de Diputados aprobó hoy y giró al Senado para su tratamiento un proyecto de ley que aumenta las penas de los delitos viales en los casos de muerte y lesiones graves provocadas por automovilistas, quienes serán castigados con hasta 6 años de prisión si se fugan del lugar del hecho.
El texto, aprobado en la madrugada por 202 votos afirmativos y tres abstenciones, introduce modificaciones al artículo 84 del actual Código Penal y establece un agravante de la pena, que será de tres a seis años de prisión para los conductores que provoquen muerte o lesiones graves en una serie de casos que enumera.
El castigo está previsto para los conductores que se den a la fuga y no socorran a las víctimas del accidente o se encuentran bajo efectos de estupefacientes o alcohol.
La pena también corresponderá a los automovilistas que provoquen muerte o lesiones graves, que hayan conducido con exceso de velocidad o hayan violado las señales que establecen los semáforos.
La presidenta de la comisión de Legislación Penal, Patricia Bullrich, defendió la propuesta, que en comisiones contó con el respaldo unánime de los bloques, y dijo que el proyecto "incorpora el concepto de conducción temeraria" como agravante de la pena.
"Queremos que este proyecto salga porque va a ser un avance importante para que las calles y rutas argentinas no sean un lugar de muerte, sino de esparcimiento", destacó la diputada macrista.
El proyecto tipifica el concepto de "culpa temeraria" a partir de conductas "imprudentes o negligentes" mediante las que el conductor, además de cometer el hecho, lo haga a sabiendas de que puede causar daño.
En la reunión de la comisión en la que se aprobó el dictamen organizaciones de familiares de víctimas de accidentes de tránsito, como Madres del Dolor, cuestionaron que se mantenga un mínimo de tres años para la pena, aunque el máximo se amplíe a seis años de prisión, porque permite la excarcelación. Pero los legisladores coincidieron en dejar en manos de los jueces la posibilidad de definir el tipo de pena correspondiente de acuerdo a cada caso.
El proyecto fue aprobado horas después del Día Nacional de la Seguridad Vial, en el que organizaciones no gubernamentales advirtieron que Argentina no logró disminuir el número de muertos en accidentes de tránsito "ni siquiera un 1%" entre 2011 y 2014.
El dato corresponde la asociación civil Luchemos por la Vida, que reportó en la Argentina 7.613 muertos en accidentes de tránsito en 2014, con un promedio de 21 decesos por día.
Un estudio del Centro de Experimentación y Seguridad Vial (Cesvi) sobre accidentes de tránsito en rutas, realizado en base a más de 4.000 reconstrucciones de siniestros graves ocurridos entre 2004 y 2014, mostró la falla humana como principal causa de los choques.
Ese relevamiento afirmó que los que más colisionan son los automóviles (42,5% de los casos relevados), camiones (29,8%), pick ups (11,5%), motocicletas (5,8%), utilitarios (4,1%), colectivos (2,2%), y de maquinaria especial (0,4%).
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