
Condena de 18 años por matar a la hija
La muerte de Ludmila, de cinco meses
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CORDOBA.- Los padres de la beba Ludmila, de sólo cinco meses, que murió víctima de maltrato familiar en septiembre de 2005, fueron condenados a 18 años de cárcel como culpables de homicidio calificado por el vínculo.
El fiscal Diego Albornoz había pedido prisión perpetua, pero el tribunal constituido con jurados populares declaró inconstitucional esa pena para este tipo de crímenes por entender que no fija un mínimo para que los jueces puedan graduar la condena.
Este pronunciamiento del tribunal, primero en Córdoba, puede allanar el camino hacia una jurisprudencia en la materia en caso de llegar el caso a la Corte Suprema de Justicia. La Cámara 11» del Crimen declaró a Estefanía Santa Cruz como culpable de la muerte de su hija y al padre, Sebastián Bachetti, como partícipe necesario.
Ludmila murió por un golpe en la cabeza que le provocó fracturas en el cráneo y hemorragias cerebrales. Fueron los propios padres los que la llevaron al hospital en estado de inconsciencia. Los médicos sospecharon de las lesiones y comunicaron el caso a la Justicia, que ordenó la detención e imputación de la pareja.
El fiscal Albornoz no dudó de la autoría de la madre y cuestionó el papel del padre de la beba, por considerar que su actitud pasiva había sido determinante para la muerte. "Si hubiera hablado a tiempo, hoy Ludmila no estaría muerta", afirmó.
Luego del fallo, el fiscal se mostró conforme, a pesar de que no se dictó la prisión perpetua. "Todo lo que yo pedí en cuanto a la responsabilidad de tipo penal lo han dado. Ahora, lo que los jueces han dicho es otra cosa: que ese artículo es inconstitucional", dijo, y agregó: "Han firmado hoy lo que va a revolucionar el aspecto jurídico en el país", en referencia al cuestionamiento de la legalidad de la prisión perpetua en caso de homicidio calificado por el vínculo.
"Interpretación humanitaria"
En ese sentido, el abogado Carlos Hairabedian, defensor de la mujer, también destacó el pronunciamiento judicial. "Es una interpretación humanitaria para evitar que las penas entren en contradicción con lo que dice la Constitución".
Explicó que la Carta Magna dice que "la pena no será para castigo de las personas" y sostuvo que hoy la perpetua, que contempla 50 años de prisión, "es solamente una pena cruel destinada a castigar a la persona y no a recuperarla, no a resocializarla".
Hairabedian se declaró "ampliamente satisfecho" con el fallo porque ello permitirá a su clienta recuperar la libertad dentro de diez años, dado que ya lleva algo más de dos años de encierro. "O sea, le espera una década que le va a servir para reflexionar profundamente y para recuperarse y volver plenamente a la sociedad", opinó.
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