
El Gobierno prohibió la venta de los juguetes blandos denominados “squishy” por posibles riesgos para la salud
La medida alcanza a figuras de plástico con forma de gyoza, dumpling o similares; el stock de estos productos deberá ser destruido o desechado de manera “segura e inmediata”
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El Gobierno prohibió en todo el país la importación, fabricación, comercialización y almacenamiento de los juguetes infantiles blandos denominados “squishy” ante el riesgo de que contengan sustancias químicas perjudiciales para la salud. La medida fue establecida mediante la Disposición 690/2026 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La prohibición alcanza a figuras de polímero plástico blando con forma de gyoza, dumpling o similares, comercializadas bajo las denominaciones “Squeezy Duplings”, “Dumpling Squishy”, “Dumpling Squishy Viral con Glitter y Orbis” y “Dumpling Squishy con Steamer Box”. También incluye versiones genéricas de características semejantes y sin marca declarada.

Según explicó el organismo, recientemente se recibieron denuncias y antecedentes vinculados con la comercialización de juguetes importados que podrían contener benceno, ftalatos u otros químicos tóxicos en proporciones superiores a las permitidas por las normas técnicas de seguridad. Además, señaló que esas sustancias podrían ser cancerígenas y mutagénicas y resultar peligrosas por contacto con la piel o por inhalación.
La autoridad también mencionó una denuncia presentada por la Cámara Argentina de la Industria del Juguete (CAIJ) y una alerta emitida en el Reino Unido sobre productos de este tipo debido a los riesgos químicos que implicarían para los consumidores.

Ante esos antecedentes, la autoridad de aplicación ya había adoptado medidas preventivas, requerido información y dispuesto medidas para frenar la comercialización de estos productos a través de plataformas de intermediación. También envió notas de alerta a la Dirección General de Aduanas.
En la normativa, el Gobierno ordenó que el stock de estos productos en poder de importadores, fabricantes y comercios mayoristas o minoristas deberá ser destruido o desechado de manera segura e inmediata. A su vez, quienes los vendan mediante sitios web tendrán un plazo de 72 horas hábiles desde la entrada en vigencia de la disposición para informar de manera destacada los alcances de la medida.
Sin embargo, quedaron exceptuados de la prohibición los fabricantes, importadores y comerciantes que cuenten con una declaración jurada de conformidad y las certificaciones que garanticen la inocuidad de los juguetes y el cumplimiento de las normas técnicas de seguridad. En esos casos, Aduana podrá liberar su importación después de verificar la documentación correspondiente.
El incumplimiento de la disposición podrá ser sancionado de acuerdo con el régimen de penalidades previsto por las normas de defensa del consumidor y lealtad comercial.
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