La Anmat prohibió la elaboración y venta de un aceite de oliva
La medida, publicada en el Boletín Oficial, impide así la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en las plataformas de venta online de una marca de aceite de oliva que “carece de registros de establecimiento y de producto, está falsamente rotulado” y es, en consecuencia, ilegal.
La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial a partir de la disposición 680/2024 tras una investigación llevada a cabo por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) que realizó a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA) en relación a la autenticidad del producto rotulado como “Aceite de oliva, Blend Extra Virgen, marca Finca La Anita” en su presentación de 5000 cc”.
En este sentido, ya que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalúe las medidas a adoptar.
“El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registro sanitario de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros dados de baja y pertenecientes a otra empresa, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”, aclara el texto.
En ese sentido, agrega que al tratarse de un preparado que “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”.
“En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”.
LA NACIONTemas
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