Masacre de pingüinos: se conoció la pena que decidió la Justicia para el dueño del campo de Chubut
Ricardo Adolfo La Regina ya había sido declarado culpable de daño ambiental y crueldad animal luego de haber pasado una topadora y arrasado cientos de nidos en la reserva de Punta Tombo, en 2021
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Hace casi dos semanas que el Tribunal de Justicia de Chubut encontró culpable a Ricardo Adolfo La Regina por los delitos de daño agravado y crueldad animal en modalidad de delito continuado. Fueron hechos ocurridos entre agosto y noviembre de 2021, en la estancia La Perla —dentro del área protegida de Punta Tombo—, de la cual es dueño. Aquel año, el propietario pasó con una retroexcavadora por encima de 292 nidos de pingüinos de Magallanes y así, según los datos, mató a 105 ejemplares, aplastó huevos y pichones.
El acto fue denominado como una masacre: La Regina usó la maquinaria sin previa autorización administrativa para destruir, intencionalmente, el hábitat de estos animales, y causó daños irreversibles sobre la fauna y flora autóctonas. De esta manera, buscaba trazar dos caminos en su estancia e instalar más de 900 metros de alambrado. Lo hizo: puso seis hilos de alambrado electrificado, lo que impidió el libre tránsito de las aves desde la costa hasta sus nidos.
Hoy se conoció el monto de la pena: aunque la fiscal Florencia Gómez, que llevó adelante la acusación contra el productor y empresario, pidió oficialmente cuatro años de prisión y una indemnización de U$S 518.000, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de “daño agravado” y crueldad animal, se le impuso una pena de tres años de ejecución condicional. Fue un caso de “ecocidio”, el cual posee una definición jurídica desde aquel mismo año: “Cualquier acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que existen grandes probabilidades de que cause daños graves que sean extensos o duraderos al medioambiente”.
También fijaron reglas de conducta que deberá cumplir, bajo apercibimiento de revocarse el carácter condicional de la sentencia: además de pagar las costas del proceso, no podrá circular por la zona sensible al ecosistema, tanto él como terceros, en vehículos de gran porte; tendrá prohibido realizar obras o mejoras sin autorización provincial y un informe de impacto ambiental, y va a tener que colaborar con las tareas de restauración, preservación y conservación del medioambiente que disponga la autoridad competente. Se estableció, a su vez, una cautelar que ordena la intervención inmediata del estado provincial para garantizar la preservación de toda el área, según se desprende del fallo condenatorio.
La decisión del tribunal, integrado por los jueces María Laura Martini, Carlos Richeri y Eve Ponce, obtuvo el voto mayoritario de Martini y Ponce en cuanto a la pena, mientras que Richieri se posicionó en disidencia en este aspecto. Sí hubo unanimidad en el veredicto de culpabilidad del acusado. La Regina es penalmente responsable de los delitos de daño agravado y delito continuado en los hechos ocurridos entre el 10 y el 14 de agosto de 2021, y entre el 26 de noviembre y el 4 de diciembre del mismo año.
Como se detalla en el escrito, Gómez había señalado, al comienzo del juicio, la importancia del área en la que intervino La Regina: “Corresponde a una colonia de reproducción de la especie pingüino de Magallanes. [...] Sobre el trayecto de la franja instaló un alambrado de 6 hilos, [...] que impidió el libre tránsito de la fauna nativa, encontrándose en varios sectores a una altura que impedía el paso de los pingüinos. Parte de la remoción de vegetación y/o suelo con maquinaria pesada fue realizado en el momento crítico del ciclo reproductivo, donde los pichones están eclosionando o tienen muy pocos días de vida, y deben ser alimentados con frecuencia por los pingüinos adultos”.
La investigación la llevó a cabo el experto y especialista en estos temas, Pablo García Borboroglu, quien realizó el peritaje, y se presentaron fotos que mostraban el desastre ambiental. También se valieron de las denuncias de tres organizaciones ambientales, se barrió el área con drones y se convocó a geógrafos, cartógrafos y especialistas en biología marina, por ejemplo, Sam Guilfort, director de National Geographic.
El fallo, además de establecer la condena, ordenó el decomiso de una máquina retroexcavadora de su propiedad, “en razón que fue un elemento utilizado para cometer el delito”.
Finalmente, también con el voto mayoritario de Martini y Ponce, se dispuso la cautelar que consiste en la intervención al Estado provincial “para que a través de sus organismos competentes determinen, con dictámenes ambientales, estudios y personal a cargo, cuáles son las medidas que deben realizarse de manera inmediata, a fin de lograr una solución que implique la protección de los bienes ambientales compatible con la presencia humana en el lugar”. De esta manera, se establecerán, a través de mecanismos legislativos o administrativos, las áreas que deberán protegerse, la cantidad de hectáreas y la custodia al ecosistema en cuestión.
Desde que en junio se anunció el juicio oral, las expectativas sobre este caso y la sentencia eran grandes, porque podría sentar precedente en el país, al tratarse de la primera condena de este tipo. Por esto, también se espera que, a partir de ahora, se planteen modificaciones en el Código Penal para incorporar aspectos medioambientales en la legislación.
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