Migraciones: cuál es el gran cambio que tendrán los residentes temporarios en el país
Es para los extranjeros denominados “rentistas” y “pensionados”; ahora el Gobierno, por la inflación y las restricciones al dólar, actualizo el monto de dinero que se necesita para ingresar a la Argentina con esas categorías

Para que una persona extranjera pueda ingresar al país bajo dos subcategorías de la figura de “residente temporario”, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), a cargo de Florencia Carignano, estipuló, a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial esta semana, que deberá acreditar una suma equivalente a cinco sueldos mínimos.
El monto requerido para ser considerado “rentista” –quien solvente su estadía en el país con recursos propios traídos desde el exterior– o “pensionado” –aquel que perciba una pensión de un gobierno, de organismos internacionales o de empresas particulares por servicios prestados en el exterior– pasará de $30.000 a $439.935.
La disposición 1732 modificó una regulación de 2016 de la DNM que, a su vez, cambiaba la suma estipulada en el decreto reglamentario de la ley N°25.871, que define la política migratoria del país. “Que en el considerando del acto referenciado se señalaba la necesidad de mantener actualizado, y en concordancia con el costo de vida, los requisitos documentarios para la acreditación de ese criterio de radicación. Corresponderá no solo fijar un nuevo monto, sino establecerlo de manera tal que el mismo no se vea afectado por el paso del tiempo”, se precisó en los fundamentos del nuevo trámite administrativo.
“En la disposición de 2016 se fijaba una suma de $30.000. En ese momento, ese monto era equivalente a un aproximado de US$2000. Con la nueva actualización, el dinero a acreditar para ingresar bajo estas dos subcategorías de residentes temporarios es incluso menor, da un total de US$1700, a dólar oficial”, señalaron a LA NACIÓN voceros de la DNM, y destacaron que la virtud de utilizar el piso que define el Salario Mínimo Vital y Móvil –de $87.987 desde este mes– es “no tener que actualizarlo constantemente”.
Según detallaron desde el organismo que regula la política migratoria, los residentes temporarios que ingresen al país bajo estas dos subcategorías podrán prorrogar cada año, hasta un máximo de tres, su estancia en el país. Por ello, la acreditación del monto equivalente a cinco sueldos mínimos deberá demostrarse al momento de solicitar la prórroga.
Respecto a la cantidad de personas que podría a llegar a afectar esta disposición, la DNM indicó a LA NACIÓN que es un porcentaje muy bajo en relación con el total de personas migrantes, que en un 94% ingresan bajo la subcategoría de “ciudadanos nativos de Estados Parte del Mercosur, Chile y Bolivia”, como residentes temporarios. El restante 4% corresponde principalmente a trabajadores migrantes, estudiantes, científicos y personal especializado.
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