Por qué el Vaticano ratificó que los divorciados no pueden comulgar
Diversas interpretaciones de teólogos alemanes obligaron al pronunciamiento
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¿Endureció el Vaticano su actitud con los divorciados que vuelven a casarse? Si es una ratificación de la tradicional doctrina católica sobre los sacramentos de la Eucaristía y el matrimonio y de los contenidos del Catecismo de la Iglesia y del Derecho Canónico ¿por qué era necesaria otra declaración oficial de un organismo romano?
El texto divulgado anteayer pertenece al Consejo Pontificio para la Interpretación de los Textos Legislativos, que de ese modo respondió a numerosas consultas de obispos y estudiosos, muchas de las cuales también fueron dirigidas a las congregaciones pontificias para la Doctrina de la Fe y para el Culto Divino y los Sacramentos.
Las dudas surgen en la práctica pastoral en muchas partes. Se alimentan de la dificultad de muchos fieles para admitir la razonabilidad del planteo moral y también de las conocidas resistencias y críticas que han levantado muchos obispos e incluso alguna conferencia episcopal, como la alemana.
La propia declaración firmada por monseñor Julián Herranz, presidente del citado consejo, revela el origen del pronunciamiento.
Reconoce que algunos hacen interpretaciones según las cuales en una época en la que el divorcio se ha convertido en una costumbre, se habría perdido la conciencia de su gravedad y ya no sería motivo de escándalo para la gente. Por lo tanto, podría pensarse en aceptar la comunión para los divorciados que han vuelto a casarse.
La comunión eclesial
Por oposición a ese criterio, el texto sostiene que esa prohibición "deriva de la ley divina y trasciende el ámbito de las leyes eclesiásticas positivas: éstas no pueden introducir cambios legislativos que se opongan a la doctrina de la Iglesia".
Se explica entonces que "recibir el cuerpo de Cristo siendo públicamente indigno constituye un daño objetivo a la comunión eclesial; es un comportamiento que atenta contra los derechos de la Iglesia y de todos los fieles a vivir en coherencia con las exigencias de esa comunión". Y considera que el escándalo sigue existiendo "aun cuando ese comportamiento, desgraciadamente, ya no cause sorpresa". Así, ante lo que llama la "deformación de las conciencias" es cuando resulta más necesaria la acción de los pastores, tan paciente como firme.
Se trata, pues, del alcance de la prohibición prevista en el Canon 915, según el cual no deben ser admitidos a la comunión los excomulgados (es decir, el bautizado que por algún motivo grave quedó separado de la Iglesia), los que están en entredicho y los que obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave.
Los divorciados vueltos a casar no están excomulgados, todo lo contrario: hay toda una pastoral de la Iglesia que atiende a esa nueva realidad y alienta a quienes viven esa situación a participar de la misa aun como guías o lectores de la Palabra, a oficiar de padrinos de bautismo y confirmación y a participar en instituciones o movimientos.
Pero los divorciados vueltos a casar sí son incluidos entre los que "obstinadamente persisten en un manifiesto pecado grave".
Las interpretaciones que permitirían excluir de esa categoría a los divorciados que se vuelven a casar son declaradas erróneas por la declaración vaticana, en consonancia con la doctrina férreamente defendida durante el actual pontificado.
Sólo se admite, como está escrito en otros documentos de Juan Pablo II, que no se encuentran en situación de pecado grave habitual aquellos que no pudiendo por serias razones _por ejemplo, la educación de los hijos_ satisfacer la obligación de la separación "asumen el empeño de vivir en perfecta continencia".
La declaración también aconseja vivamente "que se evite el tener que llegar a casos de pública denegación de la sagrada Comunión", por lo que se invita a los sacerdotes a explicar a los fieles el verdadero sentido eclesial de la norma.
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