Una buena noticia para la libertad de expresión
El fallo de la Corte Suprema para el caso Belén Rodríguez c/ Google y Yahoo es una buena noticia para las garantías de libertad de expresión. La Argentina tiene los más altos estándares de protección en la materia y el fallo de la Corte hace honor a esa tradición.
En primer lugar, la Corte establece con claridad que los buscadores no son sujetos de responsabilidad objetiva sobre lo que terceros vuelcan en la Red, lo que implicaría un peligro demasiado alto para el derecho a buscar y recibir información en Internet. También establecen que los buscadores no tienen obligación de monitorear ni vigilar los contenidos que indexan. Sólo serían responsables ante casos de negligencia una vez tomada notificación efectiva de la ilicitud de un contenido. Otra sección importante del fallo, que fue el objeto de la disidencia en la Corte, es la interpretación que hacen los magistrados del Art. 31 de la ley de propiedad intelectual, al establecer que no constituye violación del derecho a la imagen la reproducción con fines de enlace de las imágenes de la modelo.
El fallo resuelve temas controversiales y demuestra que el sistema de garantías vigente sirve para regular las conductas en Internet desde los principios constitucionales. Quedan por resolver algunos puntos que la Corte no aclara debidamente: ¿cómo se constituye una notificación eficiente para la eliminación de un enlace o un contenido? Habrá que ver si los legisladores toman nota del fallo y dan un debate serio sobre los aspectos que falta dirimir en materia de responsabilidad de los intermediarios de Internet.
La autora integra la Fundación Vía Libre
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