
Las regulaciones eléctricas y otros descubrimientos
El cargador de las pilas ya estaba para el retiro. Un algo desvencijado veterano del 1 a 1, cuando las únicas pilas disponibles eran de níquel-cadmio, tenía los contactos medio vencidos. Y además usaba tensión de 110 V.
En casa, eso no es un problema; si hay algo que sobra son transformadores, cables y adaptadores de enchufes; pero para llevarlo de vacaciones y recargar las pilas de la cámara digital es un engorro.
Así, decidimos invertir en un cargador nuevo, más compacto, que además fuera de 220 V. Hicimos una breve investigación de mercado y encontramos que el precio promedio ronda los 40 pesos para 4 pilas AA de Ni-Cd (níquel cadmio) o NiMH (hidruro de metal de níquel). Hay más baratos y más caros, claro, dependiendo del origen y las prestaciones. Algunos también traen baterías.
Finalmente optamos por uno de marca Energizer, que era suficientemente compacto. Era importado, y en la caja -hecha de ese durísimo plástico transparente con el que se hacen, supongo, los refugios antiatómicos- no indicaba si el voltaje era de 110 o 220.
Si era de 110, la compra no tenía sentido porque dependíamos del transformador, que era lo que queríamos evitar.
Creía recordar que todos los aparatos eléctricos que se venden en el país deben usar corriente de 220 V por ley, así que el cargador tenía que estar adaptado; pero no estaba seguro. Así que postergamos la compra y nos fuimos a casa a investigar el tema.
Un paseo por la Web arrojó como resultado la resolución 618/99 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, que estipula la obligación de vender en el país aparatos eléctricos adaptados para esa tensión. Volvimos a la tienda, compramos el cargador, forcejeamos un buen rato para sacarlo de su prisión plástica y comprobamos, en efecto, que funciona con 220 V, y que tenía un sello circular de seguridad eléctrica.
Pasamos de nuevo por Google, y se me ocurrió visitar el excelente sitio de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, donde me enteré que desde el 7 de julio último todos los artefactos eléctricos vendidos en el país deben llevar un sello que indica que son seguros para uso doméstico.
El sitio (en www.mecon.gov.ar/secdef/basehome/consumidor.htm ) tiene muy buena información. Encontré allí una explicación de la ley de redondeo, que beneficia al cliente cuando un comerciante no puede dar vuelto de menos de 5 centavos, y una planilla de cálculo con la comparación del costo de los abonos de telefonía celular de las tres prestadoras nacionales, actualizada mes a mes en los últimos dos años. Un hallazgo muy recomendable.







