La UE propone veto a productos aromatizados de tabaco calentado
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La Comisión Europea lanzó este miércoles una propuesta para prohibir la venta de productos aromatizados de tabaco calentado, en una tentativa de contener la generalización de esa nueva modalidad, especialmente entre los más jóvenes.
"Con nueve de cada diez casos de cáncer de pulmón causados por el tabaco, queremos hacer que fumar sea lo menos atractivo posible para proteger la salud de nuestros ciudadanos y salvar vidas", dijo la comisaria europea de Salud, Stella Kyriakides.
Para ello, dijo la funcionaria, es fundamental la adopción de "medidas más enérgicas" y "hacer frente al flujo interminable de nuevos productos que ingresan al mercado".
"La prevención siempre será mejor que la cura", expresó Kyriakides.
El paquete propone modificar la normativa adoptada en 2014 sobre la comercialización de productos para fumar, de forma de incluir el tabaco calentado.
El tabaco calentado es un nuevo producto en el mercado que no utiliza la combustión sino el calor, aunque produce nicotina y otros elementos químicos que son inhalados por los usuarios.
La nueva normativa propuesta por la UE también se propone "eliminar la posibilidad" de que los países del bloque "concedan excepciones a estos productos".
La propuesta menciona "un incremento del volumen de ventas de productos de tabaco calentado de como mínimo un 10%" en al menos cinco países del bloque y que el volumen de ventas "de productos de tabaco calentado al por menor superó el 2,5% de las ventas totales de productos del tabaco".
Este fuerte crecimiento en los niveles de ventas constituye un "cambio substancial de circunstancias" que justifica la modificación de la normativa para incluir la prohibición a productos de tabaco calentado y aromatizado.
De acuerdo con la Comisión, la venta de este productos de tabaco calentado se disparó en varios países miembros entre 2018 y 2020 como en Francia (+406%), Portugal (180%) o Países Bajos (153%).
La propuesta ahora será sometida a escrutinio en el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo.
Una vez adoptada esta normativa, los países del bloque tendrán un período de ocho meses para adaptar sus legislaciones nacionales.
Ahg/mis
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