Macri firmó el veto a la ley local de abortos
Tal como había anticipado, argumentó que la norma excedía el fallo de la Corte
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Tal como había anticipado, el jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri, firmó el veto a la ley de regulación de abortos no punibles aprobada por la Legislatura porteña, al considerar que la norma "contiene prescripciones que exceden los lineamientos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación" en su fallo del 13 de marzo último.
Si bien el texto aún no fue publicado en el Boletín Oficial, Macri ya rubricó el freno a la ley aprobada por la Legislatura con 30 votos a favor y 29 en contra, a través de un decreto que también lleva las firmas de los ministros de Salud, Desarrollo Económico, Desarrollo Social y Justicia y Seguridad, y por el jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta.
La medida, que ya había sido adelantada por el jefe de gobierno mediante la red social Twitter hace diez días, generó el rechazo en fuerzas políticas de la oposición y en organizaciones sociales que defienden las interrupciones de embarazos en los casos contemplados en el artículo 86 del Código Penal.
Puntualmente, la ley vetada regulaba los casos no punibles cuando corría riesgo la vida o la salud de la mujer o la adolescente, o cuando el embarazo provenía de una violación y admitía como válido el consentimiento a partir de los 14 años de edad y no fijaba un plazo máximo de semanas de gestación para la realización de la práctica. En el texto del decreto, el jefe comunal sostiene que la ley aprobada en la Legislatura, "tal como ha sido redactada, contiene prescripciones que exceden los lineamientos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación".
Además, dice que el texto de la norma vetada "desconoce la homogeneidad del sistema jurídico establecido por la Constitución Nacional y contraría expresas disposiciones constitucionales y del derecho de fondo, en especial teniendo en cuenta que se mantiene la calificación penal".
"La eventual incorporación al régimen jurídico de la Ciudad de un texto normativo que colisiona reiteradamente con el ordenamiento constitucional nacional importaría generar una multiplicación de conflictos, de muy probable judicialización, lo que por otra parte contraría los criterios que surgen de la exhortación que ha efectuado la Corte", destaca. Agrega que "por similares razones debe evitarse la vigencia de una norma que presenta contradicciones, y cuya efectiva implementación impedirá el cumplimiento de los fines perseguidos por la ley, así como de los estándares establecidos por el Máximo Tribunal".
Además, rechaza el artículo que admitía como válido el consentimiento a partir de los 14 años de edad para realizar la práctica, al sostener que "ello resulta manifiestamente contradictorio con las disposiciones del Código Civil, que establece que los menores adultos son incapaces relativos para la realización de los actos de la vida civil".




