
Advierten que el leasing no servirá para comprar viviendas
Analistas dicen que es un instrumento dirigido a empresas, no a particulares
1 minuto de lectura'

Si finalmente el esquema de créditos hipotecarios más accesibles que anunció el Gobierno logra despejar las dudas que aún subsisten en el mercado, el también anunciado sistema de leasing para viviendas -contrato con opción de compra- no logrará imponerse. Es decir, si uno crece y se consolida se fagocita al otro.
Esa es la conclusión más relevante a la que llegan varios profesionales consultados por LA NACION para opinar sobre ese tipo de contrato.
Actualmente, en la Argentina no existe ningún impedimento para que se pueda acceder a un inmueble con esa modalidad. El leasing está reglamentado por la ley 25.248 y allí se lo define como un contrato en el que una persona entrega a otra un bien (que puede ser mueble o inmueble) para que lo use, a cambio de un pago de una cuota y le confiere una opción de compra por un precio determinado.
Ahora bien, si existe el instrumento, ¿porqué no se usa para viviendas?
"El leasing de viviendas familiares no existe en ningún lugar del mundo. Sólo se utiliza para financiación de empresas", dijo José Nelson, especialista en mercado inmobiliario y socio del estudio Hope Duggan & Silva.
Nelson explicó que las empresas lo usan porque existen algunos beneficios impositivos. "Para viviendas familiares es impensado que se use porque las personas, a diferencia de las empresas, cambian. Por ejemplo, si una persona se muere, el dador del leasing debería lidiar con los sucesores. Además, si no paga, es mucho más difícil que pueda pedirse el desalojo de una persona que, además de pagar el alquiler, ya ha abonado un porcentaje del precio del inmueble", destacó Nelson.
En realidad, el instrumento se utiliza en varios sectores, como las maquinarias de producción, los autos y los aviones. "Se usa mucho en sectores donde los bienes se van depreciando. Por ejemplo, un mercado muy activo es el de las fotocopiadoras porque les conviene a los dos: al que lo toma y al que lo entrega", dijo Alejandro Borda, del estudio Borda.
En este caso, dijo el especialista en contratos, quien paga una cuota de la máquina es posible que no ejerza la opción. "Probablemente renueve el leasing y cambie la máquina por otra nueva", indicó.
Otro de los puntos que arroja dudas es el costo del contrato. "Además de un alquiler, hay que pagar un spread por la vivienda. Es decir, que la cuota es más cara que la del crédito hipotecario común y, obviamente, más cara que el alquiler", agregó el abogado Hernán Slemenson, socio del estudio Marval, O Farrell & Mairal.
Según su visión, "para los inmuebles, el leasing no tendría aplicación práctica porque es preferible tener un crédito hipotecario que es un instrumento mucho más conocido".
También la cuestión impositiva tiene sus bemoles en el contrato. Para el abogado tributarista Tomás Wilson Rae, el pago del IVA se difiere, es decir, que se va pagando con cada pago del canon. "Otro punto que lo torna atractivo para las empresas es que permite que el pago del canon se puede deducir de impuesto a las ganancias y en el caso de bienes personales, no está grabado hasta que se ejerce la opción de compra", dijo el profesional.


