ARCA exige más información sobre las compras con tarjetas de crédito y débito para ajustar el control en los pagos por servicios digitales
Las entidades emisoras de tarjetas deberán reportar más datos sobre consumos en el exterior, lo cual despertó críticas entre tributaristas sobre un presunto exceso de información pero desde el fisco aclararon que la medida busca ajustar la aplicación del IVA
4 minutos de lectura'

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) busca que no se le escape nada. Por eso, dispuso nuevas exigencias para el reporte de consumos en el exterior con tarjetas emitidas en el país. Antes de la Resolución General 5662/2025, publicada en el Boletín Oficial, introduce cambios en el Anexo IV de la normativa vigente, ampliando los detalles que las entidades emisoras deben reportar a la agencia recaudadora.
El texto de la norma indica que esta medida, adoptada en virtud de la experiencia recogida en la aplicación del régimen actual, busca optimizar el control fiscal y mejorar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los sujetos alcanzados. Entre las modificaciones, se amplía el detalle de la información a suministrar sobre consumos en el exterior, incluyendo la identificación del comercio, el código de rubro y el número de identificación del establecimiento donde se realizó la transacción. Con anterioridad ya solicitaba el número de tarjeta, la fecha de la operación, montos, identificación del país donde se realizó la compra, el nombre del comercio y su rubro.
“El régimen de información sobre consumos con tarjeta no debería existir”, indicó el abogado Diego Fraga, quien aludió a un supuesto exceso en los datos a los que tiene acceso ARCA. Por su parte, el tributarista César Litvin opinó: “Sin dudas implica un mayor nivel de información sobre el consumo del individuo, donde el régimen puede ventilar aspectos importantes – e incluso puede invadir la intimidad del contribuyente ya que expone el estilo de vida y los hábitos de consumo. El Fisco deberá contar con una protección adicional para estos tipos de datos sobre el consumo personal”.
La Resolución despertó comentarios negativos. En consecuencia, desde ARCA salieron a aclarar que no se agregó demasiada información a la que ya se solicitaba. “La norma incorpora un dato que ayuda a identificar con precisión si la operación se realizó con un proveedor del exterior o no, y en función de eso aplicar el IVA a los servicios digitales, únicamente en estos casos”, explicaron.
A su vez, esgrimieron que se tomó esta decisión para evitar crear un nuevo régimen de información para pagos de servicios digitales, tales como plataformas de streamings o espacio en la nube. “Esta norma brinda certeza a la identificación y seguridad en el cálculo del impuesto”, completaron en alusión al IVA.
La norma también alcanza a los titulares adicionales y beneficiarios de extensiones de tarjetas emitidas en el país. En estos casos, además de la información ya mencionada, se deberá incluir el número de tarjeta del titular principal y el del adicional, permitiendo así un mayor seguimiento de los consumos efectuados por terceros vinculados a una cuenta principal.

El detalle de la Resolución muestra que, además de los códigos de rubros comerciales a informar, estos se establecerán según el sistema Merchant Category Code (MCC). Se trata de yb estándar, utilizado a nivel internacional, que permite clasificar a los negocios según su actividad, lo que facilitará el análisis de los patrones de consumo en el exterior.
Todo esto no es de aplicación inmediata sino que las nuevas disposiciones entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y serán aplicables a las obligaciones cuyo vencimiento se produzca a partir del 1 de julio de 2025. De esta manera, las entidades emisoras contarán con un plazo para adecuar sus sistemas y garantizar el cumplimiento de los nuevos requerimientos.
En este marco, las entidades financieras y administradoras de tarjetas deberán implementar mecanismos para registrar y reportar de manera precisa cada operación, lo que podría implicar ajustes en sus sistemas de gestión y una mayor coordinación con los organismos de control. La incorporación de identificadores comerciales específicos y la ampliación del detalle sobre cada transacción podría facilitar la detección de inconsistencias o maniobras irregulares.
Temas
Otras noticias de Boletín Oficial
- 1
Real hoy: a cuánto cotiza la moneda brasilera oficial y blue este viernes 14 de marzo
- 2
Cuándo cobro la Tarjeta Alimentar en marzo 2025: montos y fechas de pago
- 3
Inflación de febrero: uno por uno, cómo es el IPC en los países de América Latina y qué lugar ocupa la Argentina
- 4
Juan Carlos de Pablo: qué opina el economista del supuesto atraso cambiario, la fecha de salida del cepo y el acuerdo con el FMI