Cambio de manos: la CNV modificó una normativa para allanar el proceso de privatizaciones vía mercado de capitales
No habrá necesidad de hacer una oferta pública de adquisición obligatoria cuando el Estado transfiera menos del 50% de su participación accionaria a un adquiriente privado; además, simplificó algunos trámites
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La Comisión Nacional de Valores allanó el camino para las privatizaciones de las compañías públicas a través del mercado de capitales. El organismo aclaró algunas disposiciones aplicables a la oferta pública de adquisición obligatoria (OPA) para eliminar algunas “barreras regulatorias” que dificultaban el proceso para transferir parte de las participaciones accionarias del Estado a un adquiriente privado.
Según explicaron desde el ente regulador, en otras circunstancias, a los accionistas minoristas se les otorgan derechos ante ciertos cambios sustanciales en el control o en la estructura accionaria que puedan afectar la dirección estratégica de las sociedades o sus expectativas económicas. Este proceso se realiza mediante la oferta pública de adquisición obligatoria.
Sin embargo, mediante la Resolución General N°1037, el directorio decidió modificar la normativa. La nueva regulación habilita la trasferencia, igual o inferior al 50% de participaciones accionarias por parte del Estado Nacional, de forma directa o indirecta, o a través de sociedades controladas correspondientes a empresas del sector de energía o gas, a un adquiriente privado sin necesidad de realizar una oferta pública de adquisición obligatoria.
Eso sí, se agrega que esto podrá hacer siempre que el adquiriente privado asuma la misma posición del vendedor en un convenio de accionistas preexistentes, sin alterar la participación de dicha sociedad. La modificación normativa contempla la situación en la que un nuevo accionista asume la posición del accionista vendedor, manteniéndose intacta la participación accionaria de la sociedad controlante en la emisora afectada e incluye la adhesión del nuevo accionista a los acuerdos preexistentes, si los hubiera.
De esta manera, se asegura la continuidad en la gobernanza y operación, tanto de la sociedad controlante como de la emisora. Por eso, no será obligatorio efectuar una OPA, ya que, al no existir un cambio efectivo en el control, no se justifica la necesidad de activar el mecanismo, según explicaron. El objetivo es eliminar barreras regulatorias “que no aportan valor al propósito de protección del interés público”, y facilitar el proceso de privatizaciones.
“La normativa dictada impulsa el equilibrio entre el interés público, la protección de los inversores y la necesidad de fomentar un entorno jurídico adecuado para la transferencia de activos por parte del Estado Nacional. Continuamos trabajando en línea con los objetivos del Gobierno Nacional, día a día, como lo hemos hecho desde el inicio de la gestión”, dijo al respecto Roberto Silva, presidente de la CNV.
De acuerdo con un comunicado oficial de la CNV, esta modificación para la transferencia de participaciones accionarias tiende a favorecer “objetivos estratégicos del Estado Nacional”, como la reconfiguración de su participación en sectores claves, particularmente en energía y gas, “fundamentales para la economía nacional”.
Modificación para los accionistas del mercado
Este jueves, el directorio de la CNV también modificó el régimen especial de información de tenencias accionarias en emisoras que revistan la calidad de “mercados” bajo oferta pública. Con el fin de “garantizar una mayor eficiencia”, se modificaron los criterios y los plazos de presentación de esta información, en línea con las modificaciones que se habían introducido con la resolución general N°1035 al régimen general de tenencias.
La nueva normativa establece que, en adelante, los accionistas de los mercados deberán informar a la Comisión Nacional sobre cualquier variación en su participación accionaria solo cuando esta alcance múltiplo del 2%, según quedó plasmado en la resolución general N°1036.
“Esto simplifica y facilita el proceso de presentación de la información”, explicaron.
A su vez, se estableció un plazo de diez días hábiles para hacerlo, que permitirá a los inversores preparar sus presentaciones, lo que eliminó el requisito de inmediatez. Por otro lado, la CNV habilitará un medio electrónico para la presentación en forma instantánea de la información para los casos que no correspondan su envío por la Autopista de Información Financiera (AIF), lo que ayudará a reducir costos asociados al envío y facilitar el cumplimiento de los plazos establecidos.
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