El Senasa eximió de parte de los trámites a vacunas virales no vesiculares habilitadas bajo el régimen de equivalencia
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El Gobierno avanzó con una nueva flexibilización regulatoria para el mercado de vacunas veterinarias destinadas al ganado bovino. A través de la resolución 504/2026 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), publicada este jueves en el Boletín Oficial, se amplió el alcance del régimen de autorización por equivalencia para vacunas virales no vesiculares, un mecanismo que permite reconocer evaluaciones sanitarias realizadas por organismos reguladores de otros países.
La norma, firmada por la presidenta del Senasa, María Beatriz “Pilu” Giraudo, incorpora un artículo a la resolución 61/2026 y establece que determinadas vacunas virales no vesiculares para bovinos que ingresen mediante el procedimiento de autorización por equivalencia quedarán exceptuadas de requisitos previstos en el régimen específico de registro local.
La medida fue celebrada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien sostuvo en su cuenta de X que el objetivo es evitar la duplicación de controles cuando un producto ya fue evaluado por una autoridad sanitaria reconocida. “Ahora, si una autoridad sanitaria reconocida ya evaluó la vacuna, el Estado argentino no repite el trabajo”, afirmó el funcionario.
Según explicó, “las vacunas no vesiculares ya autorizadas por equivalencia quedan exentas del circuito de registro local”. No obstante, aclaró que la simplificación administrativa no implica la eliminación de todos los controles. “Se elimina la duplicación pero no el resguardo: se mantienen los controles que dependen de nuestra realidad, como la cepa circulante en el país, la bioseguridad y la aprobación de organismos genéticamente modificados por la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (Conabia)”, precisó.
MÁS FACILIDADES PARA VACUNAS ANIMALES. La Resolución 504/2026 de @SenasaAR, con firma de su Presidenta @PiluGiraudo, extiende los alcances de la Resolución 61/26 que permitió la comercialización vacunas virales bovinas. Ahora, si una autoridad sanitaria reconocida ya evaluó la… pic.twitter.com/WkVLvxST6k
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) June 11, 2026
La resolución se inscribe en una serie de cambios impulsados por el Gobierno para simplificar los procedimientos de aprobación de insumos agropecuarios. En los considerandos, el Senasa especifica que la modificación busca “armonizar los procedimientos de autorización por equivalencia” y se fundamenta en los lineamientos oficiales orientados a “promover el desarrollo de las cadenas productivas y el fomento del libre comercio, y asegurar la libre competencia”.
La publicación en el Boletín Oficial destaca: “Autorización por equivalencia. Excepciones. Quedan exceptuadas de los requisitos establecidos en el presente acto las vacunas virales no vesiculares para bovinos alcanzadas por el artículo precedente, que estén encuadradas en el proceso de autorización por equivalencia establecido mediante las Resoluciones...“.

El esquema de autorización por equivalencia había sido establecido previamente mediante la resolución 333/2025 y sus normas complementarias. Ese régimen habilitó el reconocimiento de productos veterinarios registrados en una serie de países considerados de referencia sanitaria, en la que se reducían tiempos y costos asociados a los procesos de aprobación en la Argentina.
Apenas cuatro días después, el Senasa introdujo otras modificaciones relevantes en la resolución 338/2025, tal como se hace referencia en la última resolución del organismo. El principal cambio que se hizo fue que los expedientes de autorización por equivalencia no podrían exceder los 30 días corridos. También modificó artículos de la resolución original para ampliar el alcance del sistema y reforzar la apertura comercial. En los fundamentos, el organismo señaló expresamente que buscaba otorgar “mayor apertura y libertad” e incorporar países con estándares equivalentes a los argentinos.
En tanto que la resolución 525/2025 se enfocó en la incorporación del Mercosur. Esta fue la norma que terminó de consolidar el esquema. Según la información oficial, estableció requisitos específicos para los productos veterinarios elaborados en los países socios fundadores del Mercosur y complementó el régimen creado por la resolución 333/2025, que fue una de las desregulaciones más comentadas del Senasa porque estableció que determinados productos veterinarios registrados en países considerados de alta vigilancia sanitaria podían ser aprobados en la Argentina mediante un procedimiento abreviado.
En el primer momento se definieron estos países: Estados Unidos, Japón, Suecia, Suiza, Israel, Canadá, Austria, Alemania, Francia, Reino Unido, Países Bajos, Bélgica, Uruguay, Dinamarca, España e Italia, pero después se añadió a Brasil dentro de este grupo. Esto incluyó todo tipo de productos veterinarios, por ende alcanzó la vacuna antiaftosa.
Con estos nuevos cambios dentro del nuevo régimen, en el Gobierno sostienen que la decisión permitirá ampliar la oferta de vacunas disponibles para los productores ganaderos y aumentar la competencia entre laboratorios. “Más opciones para el productor. Menos trámite redundante. Mismo estatus sanitario”, afirmó Sturzenegger en su publicación, quien enmarcó la medida dentro de la estrategia oficial de desregulación. “Paso a paso avanzamos hacia el país más libre que nos pide el presidente Milei”, agregó.

En rigor, hasta ahora, una vacuna bovina podía ingresar mediante el régimen de equivalencia creado por las resoluciones 333, 338 y 525. Sin embargo, las vacunas virales no vesiculares estaban alcanzadas por la resolución 61/2026, que les imponía un marco regulatorio específico.
La resolución 504/2026 incorpora el artículo 6 bis y establece que las vacunas bovinas no vesiculares que ya ingresen por equivalencia quedan exceptuadas de los requisitos previstos en la resolución 61/2026. Es decir, deja de aplicarse una capa adicional de trámites y controles administrativos locales, aunque siguen vigentes las verificaciones vinculadas con cepas circulantes, bioseguridad y organismos genéticamente modificados.
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