¿Cómo ser jubilado y sobrevivir al kirchnerismo?
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Antes de que se aprobara la nueva fórmula de movilidad jubilatoria en diciembre de 2020, votada por el kirchnerismo junto con el bloque del Diputado José Luis Ramón y otros peronistas, califiqué a esa fórmula como una ruleta. Los jubilados perdían la previsibilidad que daba la inclusión del IPC (Índice de Precios al Consumidor) en la fórmula, y “ganaban” la incertidumbre de iniciar una “sociedad” con el Estado: según cuál fuera la recaudación de impuestos de la AFIP, los jubilados tendrían mayores o menores aumentos. Los resultados de los dos primeros incrementos del año con la nueva fórmula demuestran que la bolilla cayó en el cero. Y todos los jubilados perdieron.
A partir del cambio realizado en diciembre, la ley 27.609 derogó la fórmula anterior que establecía aumentos según la inflación (70%) y la variación de los salarios (30%), y estableció una nueva que está conformada en un 50% por los aumentos salariales y en otro 50% por la recaudación de impuestos con destino a la Anses. La ley anterior, la 27.426, había sido aprobada en diciembre de 2017, bajo una lluvia de 14 toneladas de piedras.
El aumento otorgado en marzo de este año se calculó sobre la base de la variación de los indicadores en el último trimestre de 2020, y ascendió al 8,07%. En ese período, la variación del IPC, es decir la inflación, fue del 11,33%. Si se hubiera aplicado la fórmula de la ley derogada sobre los indicadores de ese cuarto trimestre, el incremento habría sido del 10,33%.
El segundo aumento, que se pagará en junio, consideró las variables del primer trimestre de este año, y ascenderá al 12,12%. La inflación allí fue del 12,95%. Y si se hubiera aplicado la vieja fórmula considerando los indicadores de ese primer trimestre, el aumento habría sido del 13,08%.
Estos números permiten sacar dos conclusiones. La primera, es que -como era evidente- la nueva fórmula no cumple con el mandato constitucional. El objetivo de la movilidad es mantener en el tiempo el valor del haber jubilatorio. Esa es la interpretación que la Corte Suprema de Justicia ha realizado del artículo 14 bis de la Constitución Nacional, en los precedentes “Sánchez” y “Badaro”. Básicamente, los aumentos por movilidad deben permitirle al jubilado mantener el estándar de vida, para lo cual la jurisprudencia ha considerado que los aumentos no deben apartarse del índice de precios ni de los incrementos salariales.
Los dos aumentos de la nueva fórmula acumulados ascienden al 21,17% frente a una inflación del 25,75%. En apenas seis meses la movilidad se apartó 4,58% de la inflación. Es cierto que la movilidad debe ser evaluada en períodos no tan cortos, pero estos magros resultados no hacen más que confirmar la deficiencia conceptual de atar a los jubilados a la imprevisibilidad de la recaudación de impuestos, parámetro que no satisface la exigencia constitucional.
La segunda conclusión es el contraste entre la transparencia de la fórmula que contemplaba la Ley 27.426, y la opacidad de la actual. Gracias a su transparencia, hoy sabemos cuáles habrían sido los aumentos con la fórmula anterior, mientras que ni siquiera podemos controlar cómo se han calculado los de marzo y junio recientes, por la reticencia del Gobierno a publicar esa información.
Esa transparencia nos permite saber que si el actual Gobierno hubiera continuado aplicando la Ley 27.426, en junio el haber mínimo sería de $23.644, en vez de $23.064; el haber medio de $36.792 en vez de $34.680; y el máximo de $173.220 en vez de $155.203.
Esas diferencias perdidas por cada jubilado como consecuencia de las decisiones tomadas desde que asumió Alberto Fernández, significan un ahorro para el Estado de $216.000 millones. La escalofriante cifra del ajuste surge de calcular la evolución del haber promedio en febrero de 2020, multiplicado por la cantidad de beneficios de entonces. Si se considerara la histórica reducción en la cantidad de beneficios que se produjo este último año, el número sería aún mayor.
Si la comparación se hiciera con la inflación, las diferencias serían aún más grandes; en parte, porque el Gobierno se salteó la movilidad que correspondería a las variaciones del tercer trimestre de 2020. Desde que el Presidente comenzó a otorgar aumentos por decreto hasta junio de este año, los haberes han sufrido una disminución del valor real del 18% en el caso del haber mínimo, y del 28% en el caso del máximo.
Esta política de ajuste a este colectivo vulnerable no puede sorprender a nadie. Ha sido la marca registrada de todos los gobiernos del kirchnerismo. Entre 2002 y 2015 se calculaban mal todas las jubilaciones para pagar haberes más bajos, e incluso durante casi 5 años, entre 2002 y 2006, no se otorgó movilidad alguna, frente a una inflación del 91%. Obviamente, esa política de reducción de los haberes de millones de jubilados fue declarada inconstitucional por la Corte Suprema y generó cientos de miles de juicios.
Ni los largos 8 años que tenían que esperar los jubilados para cobrar sus juicios, ni los miles que se quedaban en el camino, conmovieron a Cristina Fernández de Kirchner cuando en 2010 vetó la ley que se había aprobado para pagarle a los jubilados sin necesidad de hacer juicio. Fue recién con la Reparación Histórica, a partir del año 2016, que el Estado implementó una solución al problema: 1,4 millones de jubilados recibieron en promedio un aumento del 37%.
Las pérdidas sufridas por los jubilados durante los gobiernos kirchneristas demuestran lo difícil que es transitar estos períodos para los adultos mayores. Aunque no para todos. La vicepresidenta es una jubilada vip. Entre la Anses, el Procurador del Tesoro Carlos Zannini, un fiscal de Justicia Legítima, y un juez subrogante, avalaron el pago de una segunda asignación de privilegio, lo que se encuentra prohibido por la ley. Como la Anses sí se conmovió con esta jubilada “vip”, le pagó el juicio incluso sin que exista sentencia firme. Un beneficio del que no goza el resto de los jubilados.
La Cámara Federal de Seguridad Social debe decidir el resultado de ese juicio, en el cual todos los que intervienen avalan el reclamo de la actora, y nadie parece estar defendiendo los intereses del Estado. Por ese motivo, a la intervención de un grupo de diputados, se sumó ahora la asociación civil Bases Republicanas, que solo pretende que la justicia ordene cumplir lo que establece el artículo 5 de la ley 24.018, y ratifique la incompatibilidad de percibir dos asignaciones de privilegio. De lo contrario, la vicepresidenta continuará cobrando $2 Millones por mes, y le espera un retroactivo de más de $100 Millones. Algo que, además de ilegal, es inmoral.
En un país en el que en plena pandemia el Gobierno instauró impuestos reclamando solidaridad a los argentinos, no se puede negar que Cristina Fernández de Kirchner es “solidaria”. Solo que lo es con la plata de los jubilados, no con la suya. La ironía esconde en realidad la doble vara con la que la vicepresidenta utiliza su poder: privilegios para ella, reducción de haberes para los jubilados.
(*) Abogado, exsecretario de Seguridad Social y exdirector general de la Anses








