Habrá nuevos controles en la administración de consorcios
Las empresas deberán anotarse en un registro que se cruzará con datos fiscales
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Los consorcios de los edificios porteños caerán desde hoy bajo nuevas lupas oficiales, en un intento por controlar una actividad que moviliza entre $ 3000 y $ 5000 millones por año y que afecta en forma directa al 85% de quienes viven en la ciudad.
La Dirección de Defensa y Protección al Consumidor porteña habilitará hoy el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, de carácter obligatorio para todos los que cobran por administrar un consorcio.
Los datos que se viertan en el registro serán cotejados en una segunda etapa con los declarados ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Dirección de Rentas porteña, tras la firma de sendos convenios ya acordados de palabra.
"No hay nada firmado aún, pero es un hecho que la AFIP va a participar en los controles de los consorcios. Apoyamos la iniciativa y se colaborará en el cruce de datos obtenidos", indicó a LA NACION una alta fuente del ente recaudador.
Para eso, los más de 6000 administradores que trabajan en la ciudad, según Defensa del Consumidor, deberán completar un formulario disponible en www.buenosaires.gov.ar. Sólo así podrán administrar los más de 60.000 consorcios porteños.
Los administradores deberán contar con un CUIT para inscribirse y "no podrán tener antecedentes penales ni estar inhabilitados para ejercer el comercio o ser fallidos", explicaron desde Defensa del Consumidor. Tampoco podrán contratar en negro, ya que sólo podrán operar con proveedores -plomeros y gasistas, por ejemplo- que tengan título o matrícula, y tener seguros de riesgo de trabajo para su personal.
El registro será público y de libre acceso, por lo que cualquier inquilino o propietario podrá verificar si su administrador está en regla. Se fijó un cronograma escalonado de inscripción, según el número en que termine el CUIT del administrador.
Primero pasarán por el registro aquellos cuyos CUIT terminen en 0, 1 y 2, que podrán inscribirse entre el 11 de agosto y el 10 de septiembre. Y los últimos, con CUIT que terminan entre 6 y 9, deberán hacerlo entre el 13 de octubre y el 11 de noviembre.
Además de abonar $ 10 para obtener el certificado, los administradores deberán adjuntar varios documentos:
- Constancia de inscripción ante la AFIP.
- Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (para verificar si tiene antecedentes penales).
- Informe del Registro de Juicios Universales (para cotejar si está quebrado, concursado o fallido).
- Constancias de los cursos de capacitación completados.
- Copia del título o de la matrícula profesional.
- Constitución de domicilio especial en la ciudad de Buenos Aires.
- Si se trata de una persona jurídica: copia del contrato social, del acta de designación de autoridades y poder conferido al tramitante.
Registros en disputa
El registro no es bien recibido por todos. La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias mantiene desde 1974 su propio registro para transparentar la administración, con inspecciones periódicas incluidas. "Nuestro registro, aunque voluntario, es más exigente. Tenemos serias dudas sobre un registro donde podrá inscribirse hasta un analfabeto si acompaña los documentos requeridos. Y desconfiamos del Estado, cuando no puede cumplir con sus tareas de contralor actuales. Por ejemplo, sobre las condiciones de los ascensores", graficó el secretario de la Cámara, Cristóbal Ruano. "¿Está el Estado en condiciones de controlar 100.000 edificios o es simplemente que se busca un mero rédito electoralista? Porque, además, se exige acompañar datos que se superponen con los requeridos por otros organismos públicos. ¿Para qué está entonces la AFIP, por ejemplo?", desafió.
La normativa prevé que los administradores deberán presentar una "declaración jurada anual", que será evaluada como "informe" de su actividad en los 12 meses previos, con el detalle de "la lista de consorcios en los cuales desempeña sus tareas".
También deberá incluir copias de los pagos de aportes y contribuciones previsionales, seguridad social y sindicales, pagos de servicios, tasas, impuestos y contribuciones para las partes comunes, pólizas de incendio y constancias de adopción de medidas de seguridad, entre otras. Y, además, un certificado de que se carece de antecedentes penales.
Las infracciones previstas ante incumplimientos de los administradores incluyen multas, suspensiones de hasta 6 meses y exclusión del registro y, por tanto, de la actividad.
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