La CNV derogó una restricción cambiaria que pesaba sobre las sociedades de bolsa
La medida dejó atrás una limitación impuesta durante la volatilidad electoral; permite recomponer posiciones en dólares dentro de ciertos límites patrimoniales
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La Comisión Nacional de Valores (CNV) dio un paso más en su estrategia por desarmar las restricciones que todavía pesan sobre el mercado financiero local. En esta ocasión, readecuó las exigencias regulatorias para las sociedades de bolsa y agentes de negociación que les impedían vender valores negociables en dólares utilizando sus propias carteras cuando tenían un financiamiento en pesos, una medida que se tomó durante las elecciones legislativas del año pasado.
A través de la Resolución General N°1152, este miércoles se dejó sin efecto el Criterio Interpretativo N° 99, flexibilizando los controles que se establecieron en momentos de mayor tensión cambiaria. Según explicaron desde la entidad regulatoria, la decisión se tomó “en el marco del proceso de normalización y flexibilización del mercado de capitales que impulsa y en concordancia con el contexto económico financiero imperante”.
Esta normativa remueve un torniquete operativo que afectaba directamente el funcionamiento diario de los intermediarios financieros. Hasta el momento, las sociedades de bolsa veían limitado su margen para vender bonos o acciones en dólares si en paralelo mantenían posiciones tomadoras en cauciones, pases o cualquier otra herramienta de financiamiento de corto plazo en moneda local en el mercado de capitales, incluso si resultaban comprendidas en el concepto de cartera propia.
De esta manera, se evitaba que los operadores se apalancaran en pesos de forma barata —con tasas que estaban por debajo de los créditos que ofrecían los bancos— y luego se dolarizaran, presionando así sobre las cotizaciones financieras. La medida se había tomado en septiembre del año pasado, en plena crisis financiera generada por las elecciones legislativas, y generó revuelo entre los operadores, lo que obligó a la CNV a salir esa misma noche con una aclaración.

En aquel entonces, se explicó que el Criterio N°99 reemplazaba por completo al Criterio N°98 y que la restricción operaba exclusivamente sobre la cantidad neta de moneda extranjera a liquidar, que no podía generar un saldo a cobrar en el conjunto de esas cuentas y subcuentas. En paralelo, se destacó que no aplicaba para la venta del stock de bonos anteriores a su dictado. Pero nueve meses después, y con el mercado cambiario en calma, este criterio quedó finalmente derogado.
Además de convalidar la excepción intradiaria que ya contemplaba el esquema previo, la CNV incorporó este miércoles una nueva excepción con respecto a esta limitación y les permitirá a las sociedades de bolsa y a los agentes de negociación vender activos con liquidación en dólares con el fin de recomponer su posición en moneda extranjera.
Este nuevo margen tendrá como tope el equivalente el 15% de su patrimonio neto, calculado una vez descontado el patrimonio mínimo exigido por la regulación vigente, y quedará sujeto a un determinado límite diario de volumen.
“Clarificamos las excepciones existentes para ALyC y los agentes de negociación y agregamos nuevos supuestos procurando, siempre dentro de la normativa vigente, no afectar las operaciones de los agentes”, dijo el presidente de la CNV, Roberto Silva.
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