Ropa, vehículos y tabaco lideran la lista de incautaciones a pasajeros en Ezeiza
LA NACION hizo un pedido de acceso a la información pública para saber cuáles fueron los principales productos que no pasaron el filtro de la Aduana en la terminal aérea más importante del país
8 minutos de lectura'
Javier Milei lleva su liberalismo al extremo. Lo profesaba antes de entrar a la política nacional, siguió siendo su defensor al desembarcar en la Casa Rosada y hasta se convirtió en un embajador planetario de esa línea de pensamiento en cada conversación bilateral con sus pares o exposición frente a líderes mundiales.
La gestión de La Libertad Avanza apuesta a la apertura comercial como uno de los faros. Pero no todo pasa por la Aduana libertaria. Un conjunto de productos —algunos de ellos insólitos— queda atrapado en el filtro de regulaciones y leyes frente a los intentos, muchos de ellos intrépidos, de traspasar los escáneres del Aeropuerto de Ezeiza.
LA NACION hizo una revisión exhaustiva de cuáles son esos bienes que, con mayor frecuencia, quedaron varados durante el mileísmo en esa terminal, la principal conexión del país con el mundo, desde el primer día de la gestión actual hasta el 17 de julio de 2025. Camisetas de selecciones de fútbol o carteras de lujo, electrónicos a borbotones, perros vivos, un sonar submarino, chalecos antibalas o vaginas artificiales (como se denomina a dispositivos estándar en reproducción animal) son algunos ejemplos de lo que el personal de Aduana terminó frenando en la frontera de Ezeiza. Son los datos que surgen de un pedido de Acceso a la Información Pública que respondió ARCA.
¿Cuál es hoy el principal filtro legal? Las normas generales del régimen de equipaje son el Código Aduanero y la RG 3751/94 y sus modificaciones, contaron en el Gobierno. Según informa públicamente ARCA, bajo ese modelo está prohibido traer mercadería que no constituya equipaje; armas de fuego, inflamables y explosivos, y otras de importación vetada por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal y vegetal, entre otras.

En ese sentido, en la Aduana dieron cuenta de cuáles son las directrices generales, pero indicaron que no pueden dar información de casos específicos porque rige el secreto de sumario establecido para las infracciones por el Código Aduanero.
¿Qué buscaron pasar los argentinos por el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y no llegaron al otro lado de la salida? La respuesta es reveladora: quienes tuvieron mayores dificultades para ingresar mercadería al país son los viajeros que intentaron entrar indumentaria.
De las 783 incautaciones hechas en el período mencionado, 345 casos involucraban prendas de vestir, según muestran los datos oficiales. La cifra es persistente en el listado al que accedió este medio: ropa, calzado y accesorios aparecen una y otra vez en los equipajes, como si se tratara de un negocio de bajo riesgo y alta rotación.
Hay un dato que puede resultar tranquilizador, sin embargo, para aquellos turistas a los que les gusta viajar a destinos con precios finales más bajos que la Argentina, como Miami, China o Santiago de Chile, por citar algunos. La Aduana de Ezeiza tiende a incautar productos similares porque sospecha que fueron ingresados al país sin pagar impuestos para fines comerciales (es decir, para su venta). Aquellos que son para consumo personal no tienen problemas en la terminal.
En la Aduana contaron además a LA NACION que es habitual que quienes intentan ingresar ropa a través del régimen de equipaje —en infracción porque tiene finalidad comercial, como se mencionó— también entren prendas falsificadas, lo que viola la Resolución General AFIP N° 4571/19 y la ley N° 26.458, que prohíbe la importación de mercaderías falsificadas. “Generalmente, los artículos son remeras y pantalones deportivos de selecciones de fútbol y de equipos internacionales”, contaron a este medio, y agregaron: “También, de manera esporádica, se detectan mercaderías del rubro de la marroquinería e indumentaria de alta gama con fraude marcario”.
Detrás de la indumentaria, de hecho, se consolida un segundo bloque de productos vinculados al mundo automotor y de la movilidad, que incluye accesorios de autos y motos, repuestos y neumáticos para ambos tipos de vehículos.
El negocio del tabaco también tiene una parada difícil en el Ministro Pistarini. Se lleva el tercer lugar del ranking de incautaciones a pasajeros, según los datos oficiales. Solo en el caso de los habanos, se realizaron 31 procedimientos durante este gobierno.
Un tercer grupo lo conforman bienes de consumo masivo o recreativo, que suelen presentarse como compras “personales”, pero que, por su volumen o recurrencia, terminan encuadradas como intentos de ingreso irregular.
Durante la gestión libertaria hubo 16 casos en Ezeiza que involucraron incautaciones de juguetes y solo cinco de celulares. Tienen la particularidad de que suelen ser fáciles de transportar. Al igual que en los casos anteriores, las alarmas se encienden cuando se traen muchos productos del mismo tipo.
Un ejemplo: en enero de 2014, la Dirección General de Aduanas frenó el ingreso ilegal en Ezeiza de artículos electrónicos en un operativo. El vuelo llegaba de Beijing (China). Ante respuestas “contradictorias” del pasajero, el escáner reveló que las dos valijas que traía el ciudadano chino estaban repletas de artículos electrónicos, incluyendo 28 relojes digitales Huawei, 15 correas para relojes, 15 auriculares Huawei FreeBuds, 15 dispositivos de memoria tipo pendrive SanDisk y cuatro minicomputadoras Lenovo.
¿Qué se puede traer de tecnología al país? Un teléfono y una notebook o una tablet. También ropa y objetos “sin fines comerciales, de uso personal”. La franquicia es de US$500 en el equipaje y de US$500 en el free shop de llegada. “En el caso de menores de 16 años, la franquicia corresponde al 50%; cuando los viajeros constituyan un grupo familiar —matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados—, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta”, estimaron en ARCA. Si el valor del objeto a ingresar supera la franquicia, se deberá abonar un arancel equivalente al 50% del excedente.
En la Aduana señalaron que, en la legislación aduanera, el equipaje es un régimen de carácter especial, por lo que admite un tratamiento tributario y de prohibiciones e intervenciones distinto al régimen general de importación; Se deben cumplir algunos requisitos establecidos, básicamente normas que regulan el uso o consumo personal —según las circunstancias del viaje del pasajero— y fundamentalmente que la cantidad, calidad, especie y valor de las mercaderías no permitan suponer finalidad comercial. Si la mercadería no cumple las normas establecidas en el régimen, la Aduana se encontrará facultada para secuestrar la mercadería hasta su regularización aduanera o bien disponer su comiso, en caso de que sea de importación prohibida.
Incautaciones insólitas
Más allá de las incautaciones habituales, la lista de objetos retenidos en Ezeiza revela un catálogo de hallazgos que rozan lo insólito. Entre los casos más llamativos figura la detección de perros vivos transportados como equipaje, una situación que no solo infringe la normativa vigente, sino que además plantea riesgos sanitarios y de bienestar animal difíciles de justificar en un traslado personal. Fuentes oficiales precisaron que esos ingresos están prohibidos si no cumplen con las normas para el caso del Senasa (resolución N° 17/15, precisaron).
El apartado biológico y médico también aporta episodios curiosos. En distintos operativos se secuestraron vaginas artificiales, kits de inseminación y accesorios para tratamientos reproductivos, junto con ampollas de morfina, vacunas y material quirúrgico, insumos pensados para ámbitos profesionales y cadenas de frío controladas, no para circular en valijas de pasajeros. Estos ingresos están regulados hoy por Anmat o el Iname, dependiendo del caso particular. Claramente, la presencia de este tipo de elementos abre interrogantes sobre su origen, su destino y los controles previos que lograron eludir.
La tecnología también aportó escenas poco frecuentes. Entre los objetos retenidos aparece incluso un sonar submarino, o sea, un equipo de detección bajo el agua. A eso se suman drones de alta gama, cámaras de vigilancia y hasta una máquina contadora de billetes, artefactos que, por su valor y uso habitual, suelen activar alertas adicionales.
Otro capítulo lo conforman los artículos de lujo y colección, donde lo curioso convive con lo valioso. Se incautaron diamantes y lingotes (ambos regulados por la Resolución General 5659/2025) y monedas (podrían estar bajo el paraguas de la ley N° 25.743 de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico), así como obras de arte —que, según el decreto 1037/2024, requieren la presentación de un formulario especial— y coleccionables específicos, donde aparecen desde cartas de Pokémon y Digimon hasta vinilos, cómics y autos a escala. Se trata de objetos que pueden parecer inofensivos, pero que en muchos casos concentran un alto valor económico y circulan fuera de los canales formales de declaración.
Finalmente, el listado se completa con hallazgos que oscilan entre lo llamativo y lo inexplicable: chalecos antibalas —que requieren intervención previa del Renar y están regulados por la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429—, motores fuera de borda, piezas de karting, pero también elementos domésticos o de ocio que descolocan por su simpleza, como perillas de cajón, insumos de repostería —que deben contar con aval del INAL— o frascos de cosméticos.







