Ventajas en los haberes de las AFJP
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Frente a jubilaciones prometidas por el régimen de reparto en las que el monto a percibir llegaría a un 67,8% del salario cobrado en la etapa activa, el sistema de capitalización estaría en condiciones de otorgar -aun con una quita en la deuda estatal- un nivel de haberes que se ubicaría, como mínimo, por arriba del 80% en relación con el sueldo del trabajador.
Así surge de las conclusiones de un trabajo elaborado por el economista Carlos Melconian, presentado en un encuentro organizado por la Unión de AFJP. Según la proyección, para una persona de 39 años y un salario de $ 1000, que aportó 10 años al sistema anterior a 1994, la jubilación que le tocaría en el Estado sería de $ 678. Si está afiliado a una AFJP, la prestación se elevaría a $ 923, sin quita en la deuda, y se ubicaría en $ 826 en caso de que, sobre los fondos acumulados a la fecha, tuviera que soportar una reducción de un 30% por efecto de la reestructuración de los títulos en default. Esos resultados suponen un rendimiento futuro para los ahorros de un 4% anual promedio. Si esta última variable se eleva a un 8%, la prestación de capitalización llegaría a $ 1609 sin quita y a $ 1349 con reestructuración mediante.
Melconian dedicó parte de su disertación a tratar de desterrar lo que calificó de algunos mitos sobre el sistema. Dijo, por ejemplo, que las AFJP no son más caras que entidades similares de países como Chile, México y Uruguay, y aclaró que, si se observan las comisiones como porcentaje de los aportes pagados, hoy ese índice es más alto de lo que debería ser, ya que temporalmente el descuento salarial está rebajado del 11 al 7%. Sin embargo, el economista señaló que ese costo para los afiliados podría bajar si se redujeran "determinados gastos", como las comisiones por ventas y los gastos de promoción.
Dijo que debería separarse más claramente cuál es el costo de la comisión pura (lo que cobran las administradoras por su actividad) y cuál el del seguro de vida que se contrata para pagar eventuales pensiones por muerte o invalidez.






