Elecciones en México 2024: cuánto me deben pagar si trabajo el 2 de junio
Las leyes federales determinan los beneficios para los empleados que trabajen en días de descanso obligatorio y aquellos no laborables; cómo se hace el cálculo
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Las elecciones en México para elegir presidente y otros cargos federales se llevarán a cabo este domingo. Para quienes laboran el día de las votaciones, las leyes de ese país establecen una serie de compensaciones e indican cuánto debe pagar el empleador si su personal trabaja el 2 de junio.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) señala en el Artículo 74 que es día de descanso obligatorio “el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”. La legislación también indica que el día de descanso obligatorio es un derecho que tiene el trabajador a disfrutar conforme al calendario.
Cuánto me deben pagar si trabajo el 2 de junio, día de las elecciones
El día festivo, o día feriado, es aquel que no es día laborable y se considera como descanso obligatorio, por esa razón la ley determina compensaciones en caso de trabajar. De acuerdo con la norma, los empleados tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un sueldo doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá cubrir el doble del salario diario normal más el doble.
Como un ejemplo, si el trabajador gana un sueldo diario de 300 pesos, deberá recibir ese salario más 600 pesos, un total de 900 pesos por el día trabajado. Además, al tratarse de un domingo, en el caso del 2 de junio, el empleado deberá recibir un extra. Al respecto, la ley dice: “Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un 25%, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”.
¿Es legal pedirme que trabaje el domingo?
En estos casos, la legislación determina que los trabajadores y los patrones deberán determinar el número de empleados que deban prestar sus servicios, y el personal quedará obligado a laborar. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje.
¿Los trabajadores que laboren ese día tienen derecho a ejercer su voto?
La ley del trabajo de México también contempla esta situación en sus artículos, y determina que todas y todos los trabajadores podrán tomarse el tiempo para ir a ejercer su voto. Luego de haber participado en los comicios electorales, podrán dirigirse a sus lugares de trabajo siempre y cuando no formen parte del proceso electoral, como puede ser el caso de los funcionarios de casilla.
Asimismo, la Constitución de México indica que los patrones o empleadores tienen la obligación de conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales, a los que se refiere el artículo 5º, cuando esas actividades deban cumplirse dentro de sus horas de trabajo.
¿Qué pasa si no me pagan día de trabajo?
El trabajador podrá acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde un abogado le brindará asesoría legal, gratuita y personalizada. Tendrá un año para reclamar el pago completo.
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