Buenas noticias para venezolanos y cubanos: fallo bloquea políticas del Uscis que impactan en el asilo
La decisión permite reactivar expedientes vinculados a diversos beneficios migratorios para miles de extranjeros
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Una corte federal de Estados Unidos emitió un fallo que modifica el escenario para miles de inmigrantes venezolanos y cubanos que tenían sus trámites detenidos ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés). La resolución declaró inválidas varias políticas implementadas durante el gobierno de Donald Trump que habían suspendido el análisis de beneficios migratorios legales.
La Justicia bloqueó la suspensión de solicitudes migratorias para venezolanos y cubanos
La medida judicial, emitida el 5 de junio, fue tomada por el juez John McConnell, del Tribunal de Distrito de Rhode Island, quien concluyó que las restricciones impuestas carecían de sustento legal suficiente y no se ajustaban a las disposiciones establecidas por la legislación federal.

Una de las políticas anuladas es la que había paralizado todas las solicitudes migratorias de una lista de 39 países, entre los que se incluían Venezuela y Cuba. Entre otros estatus afectados, los extranjeros de estas naciones no podían tramitar el asilo en EE.UU.
“Al promulgar sus últimas políticas de inmigración, el Uscis reclama una autoridad legal y reglamentaria que no posee; toma decisiones sin las explicaciones razonadas que debe proporcionar; actúa sin tener en cuenta los intereses de confianza de los solicitantes que debe considerar; y justifica sus acciones con pretextos de ‘seguridad nacional’ que enmascaran sentimientos antiinmigrantes ”, argumentó McConnell en la resolución.
Qué medidas del Uscis fueron anuladas por el tribunal
La sentencia judicial invalidó cuatro políticas principales:
- La primera era una pausa general en la adjudicación de solicitudes de asilo y retención de remoción, aplicada sin importar la nacionalidad del solicitante.
- La segunda consistía en un “bloqueo de beneficios” que impedía emitir decisiones finales sobre tarjetas de residencia, permisos de trabajo y procesos de naturalización para personas provenientes de los 39 países considerados de “alto riesgo”.
- También quedó anulada una política de “re-revisión exhaustiva”, que obligaba a revisar nuevamente beneficios ya aprobados para ciertos solicitantes.
- La cuarta fue una guía que instruía a los oficiales a considerar el país de origen como un factor negativo relevante al evaluar trámites discrecionales.

El juez McConnell sostuvo que el Uscis utilizó de forma indebida la autoridad presidencial prevista en la Sección 212(f) de la ley migratoria. Aclaró que esa facultad permite restringir la entrada, pero no autoriza a negar o paralizar beneficios migratorios internos para personas que ya se encuentran en EE.UU.
La resolución indicó además que las leyes aprobadas por el Congreso establecen obligaciones concretas para adjudicar solicitudes de asilo y naturalización, por lo que las pausas indefinidas implementadas por la agencia contradecían esos mandatos.
El tribunal también señaló que las medidas generaban un trato diferenciado basado en la nacionalidad, algo incompatible con las disposiciones federales que prohíben la discriminación en la emisión de beneficios migratorios.
El tribunal subrayó que este caso es un “ejemplo perfecto” de inmigrantes que sí “siguieron la ley e hicieron las cosas de la manera correcta”. El juez detalló que estos solicitantes cumplieron con todos los requisitos legales.
El impacto del fallo para venezolanos y cubanos
Venezuela y Cuba figuraban entre los países sujetos a restricciones parciales dentro del esquema de veto de viaje. Aunque el Uscis había comenzado a reactivar algunos casos de manera limitada, numerosos expedientes seguían sin resolución.
Con la anulación de estas políticas, la agencia ya no puede utilizar el origen nacional como base para mantener suspendidas solicitudes de asilo, residencia permanente, permisos de trabajo o ciudadanía. La decisión judicial busca que los trámites vuelvan a procesarse conforme a los procedimientos ordinarios establecidos por la legislación migratoria estadounidense.
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