El cambio en una ley de Virginia que impone penas más duras para los conductores a partir de julio
Se aprobaron cambios en los límites de velocidad máxima y en el procedimiento ante accidentes que involucran animales
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Desde el 1° de julio de 2024 están en vigencia en Virginia dos leyes que modifican ciertas normas anteriores relacionadas con la conducción de vehículos con foco en las velocidades máximas permitidas en zonas urbanas y los procedimientos que se deben realizar frente a accidentes con animales.
Las normas, que luego de su tratamiento legislativo en el Senado y la Cámara de Representantes han sido promulgadas por el gobernador del estado Glenn Youngkin, producen una baja sustancial en el límite máximo de velocidad permitido para áreas urbanas, llevándolo de 40 kilómetros por hora a 24 kilómetros por hora. Además, se incluye la posibilidad de reclamar como pieza de caza a los pavos, osos, ciervos o alces que puedan resultar golpeados mientras se está conduciendo.
Modificación de los límites de velocidad máxima
Desde julio se modificaron los límites de velocidad máxima establecidos para áreas urbanas, comerciales y carretera estatales a un máximo de 24 kilómetros por hora. La normativa permite que las ciudades del estado modifiquen sus leyes sobre velocidad máxima en las zonas referidas, pudiendo establecer un nuevo límite máximo en la cifra aprobada, aunque la potestad de realizar esos cambios depende de las autoridades locales.
La modificación supone un cambio sustantivo en torno a las velocidades máximas permitidas, que antes eran de 40 kilómetros por hora en zonas escolares, de comercios y residenciales, en 56 kilómetros por hora en carreteras sin pavimentar y en 88 kilómetros por hora para otras carreteras, según la información referida por el Departamento de Vehículos Motorizados de Virginia.

De acuerdo con los nuevos límites, siguen vigentes las reglas que establecen que cualquier persona que conduzca a 30 kilómetros por hora o más por encima del límite de velocidad puede ser imputada por conducción imprudente. Esto puede resultar en una multa, la suspensión de la licencia y una pena que incluya encarcelamiento.
También continúa vigente la norma que prevé la imposición de una multa adicional de 100 dólares a las personas condenadas por conducir a una velocidad entre 130 y 137 kilómetros por hora en zonas donde el máximo establecido sea de 105 kilómetros por hora.
Finalmente, aun cuando se considera ilegal la utilización de radares detectores en el estado, el departamento de vehículos motorizados advierte que en ciertas zonas escolares puede existir un control por foto automático. De existir, el dispositivo será señalizado a través de carteles con el mensaje “Speed Photo Enforced” (Control de velocidad por foto) o similar.
Modificación del procedimiento ante un accidente que involucre animales
La segunda norma que modifica las leyes vigentes al 1 de julio se refiere al procedimiento que los conductores de vehículos deben realizar frente a un accidente en el que se produzca un encuentro con un pavo, un oso, un ciervo o un alce que resulte golpeado. Al respecto la norma mantiene la obligación de notificar a la policía de conservación para que examine al animal, pero agrega la opción de que la persona que conduciendo haya golpeado a cualquiera de las 4 especies pueda reclamar la pieza como si lo hubiera “matado para cazar”, según información referida por Univisión al respecto.
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