
Era un acumulador de litio en su casa y amenazaba la salud de sus vecinos: guardaba 45 toneladas y terminó condenado
Un vecino de Otero de Herreros almacenaba ilegalmente residuos peligrosos en un entorno urbano; el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratificó una pena de prisión efectiva
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Lo que comenzó como una sospecha por movimientos inusuales de carga en una propiedad privada de la urbanización de Canalejas, en la localidad española de Otero de Herreros, culminó con una sentencia judicial sin precedentes en Europa por el manejo negligente de materiales peligrosos. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratificó recientemente la condena contra un hombre que convirtió su vivienda y diversas dependencias de su finca en un depósito clandestino de baterías de ion-litio. Según los reportes judiciales, el implicado deberá cumplir una pena de 18 meses de prisión por un delito contra el medio ambiente y los recursos naturales, además de afrontar una multa de €2.340.
La gravedad del caso, que tuvo sus inicios procesales en 2023, radica en el volumen y la peligrosidad del material acumulado. La Guardia Civil, encargada de desmantelar el operativo, halló cerca de 45 toneladas de residuos. Tras los peritajes técnicos, se precisó que el acopio consistía en 30.998 kilos de residuo bruto, acondicionados posteriormente en 29.573 kilos netos de desecho. La magnitud fue tal que, para el traslado del material, las autoridades debieron contratar a una firma especializada y movilizar seis camiones adaptados a la normativa ADR, destinada específicamente al transporte de cargas peligrosas.

El acusado intentó justificar su conducta ante la Justicia bajo el argumento de que las baterías no constituían residuos tóxicos, sino componentes funcionales destinados a un proyecto personal de autoconsumo fotovoltaico. No obstante, los magistrados de la Audiencia Provincial de Segovia, confirmados por el Tribunal Superior, rechazaron de plano esta postura. En la resolución judicial se remarcó que el estado de carga o la supuesta intención de darles una segunda vida útil no eximen al poseedor de cumplir con las habilitaciones administrativas. La clave del fallo fue que el imputado gestionaba material descartado por terceros sin ningún tipo de protocolo de seguridad ni autorización legal para operar con residuos peligrosos.
El riesgo para la salud pública y el entorno fue el factor determinante para la condena. Los peritos advirtieron que las baterías, muchas de ellas sulfatadas o físicamente deterioradas, convivían en el sótano y otras habitaciones con elementos combustibles. Esta combinación creaba una amenaza latente de incendios incontrolables, además de posibles fugas de gases tóxicos que habrían afectado directamente a los vecinos de la urbanización. Asimismo, el tribunal destacó la amenaza de una contaminación grave del suelo y de las napas subterráneas de agua en la zona de Segovia.

La sentencia, además del cumplimiento de la pena de prisión, impone al condenado una inhabilitación de 20 meses para realizar cualquier actividad vinculada al sector de la recolección, depósito o venta de residuos peligrosos. El fallo también contempla que el hombre deberá hacerse cargo de los elevados costos financieros derivados del traslado, saneamiento y disposición final del material decomisado. Mientras tanto, la defensa mantiene la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque el fallo actual ya establece la responsabilidad directa del acusado en la puesta en peligro de la seguridad colectiva.
Este hallazgo encendió las alarmas sobre la gestión de residuos tecnológicos, un sector que requiere controles cada vez más estrictos. Este caso evidencia la necesidad de reforzar la fiscalización sobre el manejo del litio, un componente de alta inflamabilidad y potencial contaminante. La condena sirve como un precedente legal relevante sobre los límites del almacenamiento domiciliario, que deja en claro que el ejercicio de actividades privadas no puede contravenir las normas de seguridad ambiental ni poner en riesgo la integridad física de terceros.
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